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PROYECTO DE TP


Expediente 2864-D-2007
Sumario: CONTRATO DE TRABAJO, LEY 20744: MODIFICACION DEL ARTICULO 179 (DESCANSOS DE LA MADRE TRABAJADORA PARA AMAMANTAR A SU HIJO).
Fecha: 13/06/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 69
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Art. 1°. -Sustitúyase el artículo 179 de la ley 20.744 de Contrato de Trabajo que quedará redactado de la siguiente manera:
Toda trabajadora madre de lactante dispondrá de tres descansos de media hora para amamantar a su hijo en el transcurso de la jornada de trabajo, por un periodo no superior a un año posterior a la fecha de nacimiento salvo que por razones médicas sea necesario que la madre amamante a su hijo por un lapso más prolongado. Se reducirán a dos los descansos cuando la jornada laboral no supere las seis horas.
En caso de tener su hogar a una distancia de su lugar de trabajo que le impida amamantar de la manera prevista en este artículo y que el establecimiento donde presta servicios no tenga habilitadas salas maternales, podrá optar por trabajar media jornada por un periodo no superior a los seis meses.
En los establecimientos donde preste servicios el número mínimo de trabajadores que determine la reglamentación, el empleador deberá habilitar salas maternales y guarderías para niños hasta la edad y en las condiciones que oportunamente se establezcan.
Art. 2º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


En estos últimos años, sobre todo en nuestro país, ha crecido notablemente el numero de mujeres que trabajan durante su embarazo y que se reintegran a su actividad poco tiempo después del nacimiento de su bebe.
Algunas de ellas lo hacen por motivos económicos, otras por realización personal, sea cual sea el motivo, las madres tienen dificultades para criar a sus hijos como quisieran, manteniendo su lactancia materna.
Estos bebes son los más necesitados de mayor contacto con su mamá, quien no solo les aporta el alimento físico necesario para ser una personita saludable, sino que reciben emocionalmente la protección y amor maternal necesario para el desarrollo y maduración psíquica posterior aún a su infancia.
Nuestra actual legislación ofrece solamente una reducción horaria de dos periodos de media hora de licencia por lactancia materna, lo que hace que al tener distancias largas con su casa, una madre se separa de su bebe a veces hasta nueve horas diarias. Esto no solo atenta contra la salud de mamá-bebe sino que entorpece el trabajo ya que quien esta angustiado, cansado y con falta de sueño, no puede realizar su tarea laboral correctamente.
Cabe recordar que hubo un proyecto de fomento a la lactancia natural en el año 1992 que consideraba lo siguiente: "que la salud materno infantil debe ser objeto de preocupación y cuidado por parte del Estado a fin de brindar igualdad de oportunidades y posibilidades a todos los niños y sus familias y que la leche materna es el único alimento adecuado para el sano crecimiento del lactante hasta el sexto mes de vida constituyendo la base biológica, fisiológica y emocional para el desarrollo normal del niño".
Actualmente la situación a la que debe enfrentar una madre que trabaja es de tal angustia que llega a un destete prematuro, atentando de esta manera contra la salud psicofísica y emocional de lo que más ama: su hijo. Por eso creemos necesario modificar la legislación al respecto a fin de que una madre trabaje eficientemente aportando un mayor rédito para la institución donde trabaja.
Por todo lo expuesto, solicito a mis pares quieran tener a bien, acompañar este proyecto de ley, a fin de conciliar el trabajo y la familia.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MARTINEZ, JULIO CESAR LA RIOJA UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia)
FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA