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PROYECTO DE TP


Expediente 2841-D-2009
Sumario: SOLICITAR AL DEFENSOR DEL PUEBLO DE LA NACION SU INMEDIATA INTERVENCION EN DEFENSA DEL PATRIMONIO DE NUESTROS JUBILADOS, EN EL PROCESO DE ESTATIZACION DE LAS EMPRESAS DEL GRUPO "TECHINT" EN VENEZUELA, DONDE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL -ANSES- TIENE PARTICIPACION ACCIONARIA.
Fecha: 05/06/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 62
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


MERCOSUR. ESTATIZACION DE EMPRESAS ARGENTINAS EN VENEZUELA.
Solicitar al Defensor del Pueblo de la Nación su inmediata intervención en defensa del patrimonio de nuestros jubilados, en el proceso de estatización de las empresas del grupo Techint en Venezuela, donde la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) tiene participación accionaria.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El Defensor del Pueblo de la Nación, según nuestra Constitución Nacional: "es un órgano independiente instituido en el ámbito del Congreso de la Nación, que actuará con plena autonomía funcional, sin recibir instrucciones de ninguna autoridad. Su misión es la defensa y protección de los derechos humanos y demás derechos, garantías e intereses tutelados en esta Constitución y las leyes, ante hechos, actos u omisiones de la Administración; y el control del ejercicio de las funciones administrativas públicas.
El Defensor del Pueblo tiene legitimación procesal. Es designado y removido por el Congreso con el voto de las dos terceras partes de los miembros presentes de cada una de las Cámaras. Goza de las inmunidades y privilegios de los legisladores. Durará en su cargo cinco años, pudiendo ser nuevamente designado por una sola vez".....
Además, según la propia defensoría de la Nación, "su misión es la defensa y protección de los derechos humanos y los demás derechos, garantías e intereses tutelados en la Constitución y en las Leyes; y el control del ejercicio de las funciones administrativas públicas."
A tal efecto, puede realizar investigaciones conducentes al esclarecimiento de los actos, hechos u omisiones de la Administración Pública y sus agentes, ante violaciones a los Derechos Humanos y el ejercicio ilegítimo, defectuoso, irregular, abusivo, arbitrario, discriminatorio, negligente, gravemente inconveniente o inoportuno de sus funciones, incluyendo aquellos capaces de afectar los intereses difusos o colectivos; tiene legitimación procesal, es decir que está facultado para presentarse en sede judicial.
La Institución tiene los siguientes rasgos característicos:
No es un órgano del gobierno de turno, apéndice de algún partido político ni amortiguador de disputas políticas; es, sin lugar a dudas, una Institución de la República; Se caracteriza por su prudencia, lo cual no ha de ser entendido como sinónimo de complacencia con el poder; su perfil es el de colaborador crítico de la administración; no su contradictor efectista; etc.
En el ejercicio de las misiones que la Constitución Nacional y la Ley le encomiendan, el Defensor del Pueblo de la Nación podrá iniciar y proseguir de oficio o a petición del interesado cualquier investigación en todos aquellos casos originados por cualquier repartición de la Administración Pública Nacional (en todo el territorio del país) y las empresas prestadoras de servicios públicos, aún las privatizadas, en relación a los siguientes temas:
mal funcionamiento
ilegitimidad
falta de respuesta a reclamos efectuados
mala prestación, atención o trato
insuficiencia de información
violaciones a los derechos humanos, del usuario y del consumidor
cuestiones atinentes a la preservación del medio ambiente
El defensor del Pueblo de la Nación está facultado para realizar investigaciones, inspecciones, verificaciones, solicitar expedientes, informes, documentos, antecedentes, determinar la producción de toda otra medida probatoria o elemento que estime útil a los fines de la investigación.
Puede requerir la intervención de la justicia para obtener la remisión de toda la documentación que le hubiere sido negada.
También está facultado para proponer al Poder Legislativo y a la Administración Pública la modificación de aquellas normas cuyo cumplimiento riguroso pueda provocar situaciones injustas o perjudiciales.
El Defensor del Pueblo de la Nación dispone de un equipo interdisciplinario constituido por abogados, ingenieros, contadores, asistentes sociales, psicólogos, biólogos, ecólogos y geólogos, que analizan las actuaciones que se promueven ya sea de oficio o como consecuencia de la presentación de una queja, y elaboran propuestas sobre los cursos de acción a seguir mediante técnicas modernas de gestión y procesamiento de la información
Señor presidente, con la estatización de las AFJP, la Anses engrosó su participación accionaria en cerca de 40 compañías de entre las cuales figuran las del grupo Techint, tres de las cuales se encuentran sometidas a proceso de estatización en Venezuela.
Es por ello que se debe solicitar la intervención del Defensor del Pueblo de la Nación, en defensa de nuestros jubilados actuales y futuros.
Por tales motivos es que solicito a mis pares que me acompañen en el presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
VELARDE, MARTA SYLVIA SANTIAGO DEL ESTERO JUSTICIALISMO REPUBLICANO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO (Primera Competencia)