PROYECTO DE TP
Expediente 2837-D-2007
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LA LIQUIDACION DE LAS ACCIONES DEL PROGRAMA DE PROPIEDAD PARTICIPADA DE YPF.
Fecha: 12/06/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 68
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar que el Poder Ejecutivo
nacional, informe a través de los organismos que correspondan sobre las
siguientes cuestiones referidas al ex - Programa de Propiedad Participada de
YPF:
1. ¿Por qué razón se
ordenó la liquidación de las acciones del Programa de Propiedad Participada de
YPF, cuando aun subsisten numerosos litigios judiciales referidos a su
distribución?
2. ¿Cuántas acciones de
la empresa de referencia se encuentran aun afectadas al Programa de Propiedad
Participada de YPF?
3. ¿Con cuánto cuenta el
Fondo de Garantía y Reserva para cumplir con eventuales fallos desfavorables por
los juicios aun pendientes?
4. ¿En base a qué criterio
se estableció, en la Resolución 1023/06 del Ministerio de Economía y Producción,
mantener en la Cuenta Fondo de Reserva Transitorio la cantidad $ 22.812.864 y de
2.568.569 BODEN 2013?
5. ¿Qué medidas
cautelares fueron ordenadas por la justicia a partir de los diversos reclamos
efectuados por la distribución de los beneficios del programa de referencia, y cómo
fueron tomados en consideración en la distribución efectuada por la Resolución
1023/2006?
6. ¿En caso de que la
justicia ordene liquidaciones que superen los fondos afectados al referido
programa, cómo se prevé cumplir con esas obligaciones?
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Ley Nº 23.696 establece, mediante el
Programa de Propiedad Participada, una preferencia para la compra del 10% de
las acciones de las empresas privatizadas por parte de los respectivos
trabajadores.
En el caso particular de YPF la
implementación de dicho programa ha suscitado muchas controversias,
particularmente en lo referido a quienes son los beneficiarios. En el expediente
caratulado como "YPF S.A. S/Delitos de Acción Pública", los ex trabajadores de YPF
cuestionan no solamente la implementación del referido programa sino que incluso
cuestionan la legalidad del proceso privatizador, considerando que se encuentra
"viciada de nulidad"
Mediante el decreto 628/97 se
instruyó al Banco de la Nación Argentina a distribuir las acciones entre los
trabajadores registrados al 30 de Mayo de 1997 que acrediten relación laboral con
la empresa anterior al 7 de julio de 1993. Pero la privatización de la empresa fue
efectuada en 1 de abril de 1993, y su transformación en Sociedad Anónima fue
efectuada el 31 de diciembre de 1990.
Estas diferencias de fechas implican
profundos cambios en la formación del padrón de integrantes al Programa de
Propiedad Participada, dada la importante cantidad de desvinculaciones producidas
en el periodo, además de la incorporación los trabajadores contratados en el
periodo privado.
Lo controversial del padrón ya era
reconocido en el mismo momento de emisión del decreto 628/97, tal que la norma
crea un Fondo de Reserva Transitoria para cumplir con eventuales fallos
desfavorables.
La injusta conformación del padrón de
integrantes del programa fue parcialmente zanjada en el 2002, mediante le ley
25471, que reconoce el derecho para todos los trabajadores de YPF al 1º de enero
de 1991, por lo cual a la par implementó una indemnización para los excluidos,
que el Decreto 1077/03 estableció en $ 23.278.
Así la desprolija implementación del
programa ha distribuido injustamente el beneficio entre los entonces trabajadores
de YPF, razón por lo cual aun subsisten numerosos litigios judiciales
Pese ello la resolución 1023/06, del
27 de diciembre de 2006, desafectó las acciones remanentes en el Programa de
Propiedad Participada, y ordenó la distribución entre los beneficiarios registrados.
Por lo expuesto solicitamos apruebe la
presente resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
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MACALUSE, EDUARDO GABRIEL | BUENOS AIRES | ARI |
GARCIA, SUSANA ROSA | SANTA FE | ARI |
BISUTTI, DELIA BEATRIZ | CIUDAD de BUENOS AIRES | ARI |
QUIROZ, ELSA SIRIA | BUENOS AIRES | ARI |
RAIMUNDI, CARLOS | BUENOS AIRES | ARI |
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Comisión |
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