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PROYECTO DE TP


Expediente 2827-D-2008
Sumario: IMPLEMENTACION DE UN PROGRAMA ANUAL DE REBAJA DE LAS RETENCIONES A LAS EXPORTACIONES AGROPECUARIAS IMPUESTAS POR RESOLUCION ME 125/08 HASTA LLEGAR AL 0 %.
Fecha: 03/06/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 58
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Articulo 1º .- Establécese un Programa Anual de Rebaja de las Retenciones a las Exportaciones Agropecuarias impuestas por la Resolución ME nº 125/08, plazo durante el cual se reducirán paulatinamente hasta llegar al cero por ciento (0 %) a partir de la sanción de la presente Ley, conforme a la siguiente escala:
a) Diez por ciento (10%) durante el primer mes, a la exportación para consumo de las mercaderías comprendidas en la nomenclatura común del MERCOSUR (NCM) que a la fecha de entrada en vigencia de la presente se encuentran fijados en el 44%;
b) Diez por ciento (10%) durante el segundo mes, a la exportación para consumo de las mercaderías comprendidas en la nomenclatura común del MERCOSUR (NCM) que a la fecha de entrada en vigencia de la presente se encuentren fijados en el 44%;
c) Diez por ciento (10%) durante el tercer mes, a la exportación para consumo de las mercaderías comprendidas en la nomenclatura común del MERCOSUR (NCM) que a la fecha de entrada en vigencia de la presente se encuentren fijados en el 44%;
d) Diez por ciento (10%) durante el tercer mes, a la exportación para consumo de las mercaderías comprendidas en la nomenclatura común del MERCOSUR (NCM) que a la fecha de entrada en vigencia de la presente se encuentren fijados en el 44%;
e) Cinco por ciento (5%) durante el quinto mes, a la exportación para consumo de las mercaderías comprendidas en la nomenclatura común del MERCOSUR (NCM) que a la entrada en vigencia de la presente se encuentren fijados en el 44%.
Artículo 2º.- El H. Congreso es el órgano que la Constitución Nacional le impone el deber exclusivo de establecer los derechos de importación y exportación, quedando derogada toda legislación que hubiere delegado tal obligación en el Poder Ejecutivo, como así también los actos administrativos que se hubieren dictado en virtud de dicha delegación.
Artículo 3º.- De forma.-

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Hace aproximadamente dos meses, presenté un proyecto de Ley por el que se derogaban sendos artículos del Código Aduanero, como así también, la Resolución ME nº 250/08.
Fue a raíz del nivel confiscatorio, indiscriminado y abusivo del porcentaje de las retenciones a la exportación de los productos del agro, con la variante de hacerlas móviles, que el Poder Ejecutivo había dispuesto llevar acabo mediante la mencionada norma de segundo nivel jurídico.
Como hoy el Poder Judicial de distintas jurisdicciones está acogiendo favorablemente las acciones presentadas por algunos productores del sector agropecuario, ordenando devolver a los accionantes las diferencias entre el nivel de retenciones anteriormente fijados y los marcados por la Resolución 125/08 del Ministerio de Economía, declarando, además, la inconstitucionalidad de la norma en cuestión, estoy más convencido de la razón que me impulsó a volver a la Constitución Nacional, haciendo recobrar al Poder Legislativo su ineludible obligación de fijar los derechos a la importación y a la exportación.
Es por ello que he decidido apuntalar aquel proyecto con el presente, otorgando al Poder Ejecutivo la herramienta mas equitativa de derogar parte de las retenciones a los productos del agro que se exporten, mediante un sistema escalonado de manera decreciente hasta llegar a eliminarla en su totalidad.
En este contexto, he visto a un funcionario del Partido Justicialista verter ofensivas conclusiones sobre el sector productivo mas importante que tiene la economía argentina, pero no deseo abrir juicio alguno al respecto.
Solo manifestar que el portavoz que leyó el libelo fue el señor Jorge Capitanich, actual del Chaco, que cuando fue Senador Nacional, presentó un proyecto de similares características.
En efecto, se trató del expediente S-0075/03, con un plan quinquenal de derogación de las retenciones y perfectamente fundado en las normas constitucionales vigentes.
Por ello, este proyecto es también un humilde homenaje a la valentía de aquél legislador, hoy veleidoso, que tuvo la lucidez de presentarlo, no obstante que hoy creo que la ha perdido, lamentablemente.
Exhorto a mis colegas legisladores que me acompañen con su firma. Los de mi bloque, descarto que así lo harán; y los del bloque justicialista, también deberían hacerlo en recuerdo y homenaje de aquél senador que sin miedo actuó como debía, a pesar de ser hoy autoridad del Partido Justicialista.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GARCIA HAMILTON, JOSE IGNACIO TUCUMAN UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
AGRICULTURA Y GANADERIA (Primera Competencia)
ECONOMIA
PRESUPUESTO Y HACIENDA