PROYECTO DE TP
Expediente 2823-D-2009
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LAS PERSONAS QUE ENVIARON SU SOLICITUD DE EMPLEO A LA "ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - ANSES -", CON MOTIVO DE HABER PERDIDO SU TRABAJO POR HABERSE CREADO EL "SISTEMA INTEGRADO PREVISIONAL ARGENTINO", Y OTRAS CUESTIONES CONEXAS.
Fecha: 04/06/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 61
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional
que, a través del Señor Director Ejecutivo de la Administración Nacional de
Seguridad Social (ANSES) Sr. Amado Boudou, indique:
1. Cantidad de personas que enviaron
su solicitud a la Gerencia de Capacitación de la ANSES pidiendo ser incorporados
a las dependencias del Estado Nacional (conforme ley 26425, articulo 14), por
haber pedido su trabajo por motivos relativos a la creación del Sistema Integrado
Previsional Argentino.
2. Cantidad de personas que habiendo
presentado la solicitud mencionada en el punto anterior fueron efectivamente
incorporadas a las dependencias del Estado Nacional y precisar si mantuvieron o
no la antigüedad en el cargo.
3. Criterios que han sido tenidos en
cuenta para la aceptación o rechazo de dichas solicitudes
4. Si existe en cartera algún plan que
permita mejorar las perspectivas laborales de las personas mencionadas en el
acápite 1.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La necesidad de empleo es una de las
áreas mas vulnerables entuada en un contexto de crisis internacional y de
creciente deterioro de la situación económica interna. La ley 26425 sancionada en
noviembre de 2008 ha dado origen al Sistema Integrado Previsional Argentino
(SIPA). Al mismo tiempo significo la desvinculación de gran parte de empleados
de las Administradoras de Fondos de Jubilaciones y Pensiones creadas en la
década de los noventa.
La situación de extinción
de la relación laboral de los empleados de las Administradoras de Fondos de
Jubilaciones y Pensiones está prevista en el artículo 14 de dicha ley, la cual prevé
que "a través de las áreas competentes, y en los supuestos de extinción de la
relación laboral por despido directo dispuesto por la administradora de fondos de
jubilaciones y pensiones, se realizarán todos los actos necesarios para garantizar
el empleo de los dependientes no jerárquicos de las administradoras de fondos de
jubilaciones y pensiones que opten por incorporarse al Estado nacional en
cualquiera de sus dependencias que éste fije a tal fin, con reconocimiento de la
antigüedad a los efectos del goce de las licencias legales o convencionales." Sin
embargo y a mas de seis meses de sancionada la norma, hemos recibido
consultas de personas que aguardan una decisión sobre su situación particular en
cuanto a la solicitud de incorporación a las dependencias del Estado nacional o
casos en los cuales las respuestas han sido negativas.
Dado que consideramos que la
información es un derecho, un bien público y debe ser brindada por medios que
garanticen su accesibilidad para todas las personas y, al mismo tiempo, un
poderoso instrumento para que en este caso las personas que crean tienen su
derecho de trabajar vulnerado puedan reclamar por las vías correspondientes, es
que solicitamos a las autoridades de la ANSES nos informe sobre el estado de
situación de los sujetos incluidos en la mencionada norma.
Por lo expuesto, Señor Presidente, es
que solicitamos la aprobación del presente proyecto de resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
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PEREZ, ADRIAN | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
QUIROZ, ELSA SIRIA | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
SANCHEZ, FERNANDO | CIUDAD de BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
REYES, MARIA FERNANDA | CIUDAD de BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
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