PROYECTO DE TP
Expediente 2820-D-2014
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO NACIONAL SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LAS DIVERGENCIAS O CONFLICTOS QUE SE HAN OCASIONADO HASTA EL PRESENTE Y AQUELLOS QUE PUDIERAN PLANTEARSE EN EL FUTURO, CON PAISES LIMITROFES CON NUESTRO PAIS.
Fecha: 23/04/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 31
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional para que a
través del organismo que corresponda, proceda a informar a esta Cámara de Diputados de la
Nación, en forma documentada y pormenorizada, sobre los puntos que a continuación se
detallan:
1- ¿Qué medidas se han elaborado, adoptado e
implementado, en forma concreta, durante los últimos cinco años, en cuanto a los objetivos,
políticas y ejecución de planes, programas y proyectos concernientes a diversos aspectos
relacionados a la prevención de divergencias o conflictos que se han ocasionado hasta el
presente y aquellos que pudiera plantearse en el futuro con países limítrofes con nuestro
país?.
2- Detalle en forma puntualizada que recaudos
y acciones conjuntas, destinadas al fin supra indicado, se han acordado con los gobiernos de
los países limítrofes.
3- ¿Qué iniciativas u acciones concretas se han
venido llevando adelante desde el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto-Cancillería
respecto de la prevención de los mencionados conflictos?
4- ¿Cuáles son las acciones conjuntas que se
han venido implementando entre Nación y Provincias, orientadas a impedir dichos
conflictos?.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Sabido es que nuestro Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto tiene a su cargo las relaciones exteriores de la Nación y su representación ante los
Gobiernos extranjeros y Organismos Internacionales.
En ese marco, le corresponde la elaboración de
objetivos y de políticas y la ejecución de planes, programas y proyectos concernientes a
diversos aspectos que pueden sintetizarse en los siguientes:
- Políticos: la formulación y participación de la
República en los procesos de integración regional, su participación en Organismos
Internacionales en temas de interés global, como la gobernanza mundial, derechos humanos,
medio ambiente, el combate contra el delito transnacional (terrorismo, narcotráfico, trata de
personas, etc.)
- Jurídicos: la tramitación de tratados, la
intervención en controversias limítrofes y de soberanía y en litigios comerciales; y asuntos
relativos a la asistencia judicial internacional (rogatorias judiciales, pedidos de
extradición).
- Económicos y comerciales: la formulación y
conducción de los procesos de integración regional de los que participa la Argentina, así
como la participación en negociaciones económicas bilaterales y multilaterales. La Cancillería
tiene a su cargo la conducción del servicio comercial exterior e interviene en la política de
desarrollo de la inversión extranjera de carácter productivo en el país.
- Consulares: la protección y asistencia de los
ciudadanos e intereses de los argentinos en el exterior, así como el fortalecimiento de sus
vínculos con la República.
- Culto: tiene a su cargo las relaciones con todas
las organizaciones religiosas que funcionan en el país y mantiene un registro de las
mismas.
- Cooperación: entiende desde el punto de vista
de la política exterior, en la negociación de la cooperación internacional en distintos ámbitos
en coordinación con los respectivos ministerios y con los demás organismos nacionales que
tengan competencia en ellos. Promueve la elaboración de programas de cooperación Sur-Sur
a través del Fondo Argentino de Cooperación Horizontal.
- Culturales: promueve y difunde la imagen de
la República en el exterior, en los diversos aspectos de la cultura nacional.
Es competencia del Ministerio de Relaciones
Exteriores y Culto, por Decreto Nº 2082 del 07 de Diciembre de 2011, el asistir al Presidente
de la Nación y al Jefe de Gabinete de Ministros en orden a sus competencias, en todo lo
inherente a las relaciones exteriores de la Nación y su representación ante los gobiernos
extranjeros, la Santa Sede y las entidades internacionales en todos los campos del accionar
de la República, y en particular:
1. Entender en la determinación de los objetivos
y políticas del área de su competencia.
2. Ejecutar los planes, programas y proyectos
del área de su competencia elaborados conforme las directivas que imparta el Poder
Ejecutivo Nacional.
3. Entender, desde el punto de vista de la
política exterior, en todas las reuniones, congresos y conferencias de carácter internacional y
en las misiones especiales ante los gobiernos extranjeros, organismos y entidades
internacionales, así como en las instrucciones que corresponda impartir en cada caso, y su
ejecución.
4. Entender en las relaciones con el cuerpo
diplomático y consular extranjero, y con los representantes gubernamentales, de organismos
y entidades intergubernamentales en la República.
5. Entender, desde el punto de vista de la
política exterior, en la elaboración, registro e interpretación de los tratados, pactos,
convenios, protocolos, acuerdos, arreglos o cualquier otro instrumento de naturaleza
internacional, en todas las etapas de la negociación, adopción, adhesión, accesión y
denuncia.
6. Entender, desde el punto de vista de la
política exterior, en todo lo inherente a las actividades de las misiones especiales enviadas a
la República por los gobiernos extranjeros o por organismos o entidades
internacionales.
7. Entender en la protección y asistencia de los
ciudadanos e intereses de los argentinos en el exterior, así como fortalecer sus vínculos con
la República.
8. Intervenir, en su área, en las decisiones sobre
el uso de la fuerza armada, en las materias relacionadas con el estado de guerra y su
declaración, en la solución de las controversias internacionales, los ajustes de paz, la
aplicación de sanciones decididas por organismos internacionales competentes y otros actos
contemplados por el derecho internacional.
9. Entender en la política vinculada con las
operaciones de mantenimiento de la paz en el ámbito de las organizaciones internacionales y
como resultado de compromisos bilaterales adquiridos por la República, e intervenir en su
ejecución.
10. Entender en la política de desarme,
seguridad y antiterrorismo internacional.
11. Entender en la introducción y tránsito de
fuerzas extranjeras por el territorio de la República y la salida de fuerzas nacionales, sin
perjuicio de la competencia del Ministerio de Defensa.
12. Entender, desde el punto de vista de la
política exterior, en las materias referidas a la no proliferación de tecnologías sensitivas
vinculadas a las armas de destrucción en masa e intervenir en el control de exportaciones
sensitivas y material bélico.
13. Entender, desde el punto de vista de la
política exterior, en la tramitación de los tratados de arreglos concernientes a los límites
internacionales, y en el registro y difusión de los mapas oficiales de los límites de la
República.
14. Entender en la tramitación de rogatorias
judiciales, pedidos de extradición y en los asuntos relativos a la asistencia judicial
internacional.
15. Entender en la concesión del derecho de
asilo y el otorgamiento de la condición de refugiado.
16. Entender en la promoción y difusión de la
imagen de la República en el exterior, coordinando previamente con los organismos que
correspondan.
17. Entender en los aspectos políticos
económicos internacionales, en la formulación y conducción de los procesos de integración
de los que participa la República, como así también en el establecimiento y conducción de los
órganos comunitarios surgidos de dichos procesos, y en todo lo relativo a su convergencia
futura con otros procesos de integración, sin perjuicio de la intervención de las jurisdicciones
que tengan asignadas competencias en la materia.
18. Entender, desde el punto de vista de la
política exterior y en coordinación con los organismos nacionales, provinciales y regionales de
enlace, en el desarrollo de los procesos de integración física con los países limítrofes.
19. Intervenir en la política comercial en el
exterior, incluyendo la promoción y las negociaciones internacionales de naturaleza
comercial, así como en la conducción del servicio comercial exterior.
20. Entender, desde el punto de vista de la
política exterior, en las negociaciones económicas bilaterales con las naciones con las que la
República mantenga relaciones, así como en las negociaciones económicas multilaterales a
través de los organismos económicos internacionales, regionales y subregionales.
21. Entender en la promoción, organización y
participación en exposiciones, ferias, concursos, muestras y misiones de carácter económico,
oficiales y privadas, en el exterior, atendiendo a las orientaciones de política económica
global y sectorial que se definan.
22. Entender en las políticas y determinación de
acciones de asistencia humanitaria internacional, ayuda de emergencia y rehabilitación para
el desarrollo a nivel internacional, su implementación, financiación y ejecución, en
coordinación con los organismos competentes del sistema de las Naciones Unidas y otros
organismos internacionales.
23. Entender en todo lo relacionado con las
representaciones permanentes o transitorias de la República en el exterior.
24. Entender en la organización del Servicio
Exterior de la Nación y en el ingreso, capacitación, promoción y propuestas de ascensos de
sus integrantes que se realicen al Honorable Congreso de la Nación.
25. Entender en la legalización de documentos
para y del exterior.
26. Entender en la publicación del texto oficial
de los tratados y demás acuerdos internacionales concluidos por la Nación.
27. Entender, desde el punto de vista de la
política exterior, en la negociación de la cooperación internacional en los ámbitos educativos,
cultural, ambiental, económico, social, científico, técnico, tecnológico, nuclear, espacial,
laboral y jurídico, en coordinación con los respectivos ministerios y con los demás organismos
nacionales que tengan competencia en alguno de dichos ámbitos.
28. Intervenir, desde el punto de vista de la
política exterior, en la elaboración y ejecución de la política de migración e inmigración en el
plano internacional y en lo relacionado con la nacionalidad, derechos y obligaciones de los
extranjeros y su asimilación e integración con la comunidad nacional.
29. Entender en las negociaciones
internacionales y participar, desde el punto de vista de las relaciones exteriores en la
formulación y ejecución de las políticas sobre protección del medio ambiente, y de la
preservación del territorio terrestre y marítimo argentino y sus áreas adyacentes, así como
del espacio aéreo.
30. Entender, desde el punto de vista de la
política exterior, en todo lo relativo a la prevención y sanción de delitos internacionales.
31. Entender en las negociaciones
internacionales e intervenir en la formulación de políticas que conduzcan a convenios
bilaterales y multilaterales de cooperación internacional en materia de lucha contra el tráfico
ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas.
32. Entender en el reconocimiento de Estados,
Gobiernos y situaciones internacionales.
33. Entender en la aplicación del derecho
humanitario internacional en cooperación con los organismos especializados de Naciones
Unidas, con la Cruz Roja Internacional, así como también en la formulación y ejecución del
programa internacional denominado "Cascos Blancos".
34. Participar en la formulación de políticas,
elaboración de planes y programas, y en la representación del Estado nacional ante los
organismos internacionales en materia de Derechos Humanos y en aquellos relativos a la
condición y situación de la mujer, e intervenir en la reforma de la legislación nacional en
dichas materias.
35. Intervenir en todos los actos del Poder
Ejecutivo nacional que tengan conexión con la política exterior de la Nación o se vinculen con
los compromisos asumidos por la República.
36. Entender, conjuntamente con el Ministerio
de Defensa, en la planificación y dirección de la política antártica, como así también en la
implementación de los compromisos internacionales, e intervenir en la ejecución de la
actividad antártica.
37. Entender en las relaciones del Gobierno con
la Iglesia Católica, Apostólica y Romana; en la centralización de las gestiones que ante la
autoridad pública hicieren la Iglesia, personas y entidades del culto y en las acciones
correspondientes al otorgamiento de credenciales eclesiásticas.
38. Entender en las relaciones con todas las
organizaciones religiosas que funcionen en el país para garantizar el libre ejercicio del culto y
en el registro de las mismas.
39. Intervenir en la elaboración de las políticas
para el desarrollo de áreas y zonas de frontera y entender en su ejecución en el área de su
competencia.
40. Intervenir en la política de desarrollo de la
inversión extranjera de carácter productivo en el país, así como en la política de
internacionalización de las empresas argentinas en el exterior.
Por todo lo precedente expuesto, solicito a mis
pares que acompañen con sus firmas la aprobación del presente Proyecto de Resolución.-
Firmante | Distrito | Bloque |
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PORTELA, AGUSTIN ALBERTO | CORRIENTES | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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RELACIONES EXTERIORES Y CULTO (Primera Competencia) |