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PROYECTO DE TP


Expediente 2811-D-2013
Sumario: EXTENSION DE LA JORNADA EDUCATIVA, PREVISTA EN LAS LEYES 26206 Y 26075: SE ESTABLECE LA GARANTIA DEL ESTADO.
Fecha: 08/05/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 44
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


Extensión de Jornada Educativa
El H. Senado y la H. Cámara de Diputados de la Nación,
Art.1 -El Estado Nacional asume la responsabilidad de sostener y financiar los gastos que demande la realización de la extensión de la jornada educativa a 6 horas en los términos establecidos por el art 28 de la ley 26206 - Ley de Educación Nacional- y el art 2 inciso b de la ley 26075 - Ley de Financiamiento Educativo- en todo el territorio nacional.
Art.2- La inversión realizada por el Estado Nacional según lo establecido en el artículo 1 de la presente ley , aumentará la inversión que el mismo realiza conforme la ley 26075 de financiamiento educativo incrementando la participación de este y la inversión total, y no podrán ser devengados de la inversión que realiza el Estado Nacional y las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires conforme dicha ley, por cuanto constituyen un gasto adicional para solventar específicamente la instrumentación de la jornada extendida.
Art.3- El Estado Nacional destinará, a efectos de dar cumplimiento a lo establecido en los artículos 1y 2 de la presente ley, como mínimo el diez por ciento de lo recaudado anualmente en concepto de Impuesto a los Créditos y Débitos Bancarios.
Art.4-El gobierno nacional garantizará a las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el presupuesto básico para dar cumplimiento a la realización de la jornada extendida de acuerdo a lo establecido por el artículo 1 de la presente ley, y supervisará que los recursos otorgados sean destinados exclusivamente a tal fin por cada jurisdicción.
Art.5- El Ministerio de Educación de la Nación determinará en acuerdo con los gobiernos de las jurisdicciones, en el ámbito del Consejo Federal de Educación, las escuelas en las que se instrumentará el sistema de jornada extendida que deberán pertenecer al treinta por ciento de los sectores de menos recursos de cada provincia y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y el presupuesto a destinar a cada jurisdicción.
Art.6- El Ministerio de Educación de la Nación en acuerdo con el Consejo Federal de Educación y los ministerios de educación de cada provincia elaborara los programas y planes de estudio a desarrollar en las horas que correspondan a la extensión de la jornada educativa.
Art.7- La autoridad de aplicación de la presente ley será el Ministerio de Educación de la Nación.
Art. 8- De forma.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Es posible asumir el desafío de construir una sociedad mejor, más justa igualitaria y solidaria en una Argentina con crecimiento y desarrollo sustentable, pero para lograrlo es necesario determinar con claridad cuáles deben ser las prioridades a considerar. En este sentido es necesario reconocer a la educación como una herramienta fundamental en el proceso de transformación social.
El sistema educativo actual, que puede exhibir mejoras importantes desde el punto de vista del aumento de la matrícula, lamentablemente no puede asegurar la calidad educativa ni la reducción de la desigualdad de origen a partir del empleo de estrategias que permitan asegurar la permanencia y el egreso exitoso de los alumnos.
El fracaso escolar que sobreviene después de la repitencia y el posterior abandono temprano, parece haberse convertido en un núcleo duro muy difícil de modificar entre otras cosas porque se le asigna al alumno y al entorno familiar responsabilidades, que en muchos casos no están en posibilidades de asumir por innegables condiciones sociales culturales y económicas ajenas a su voluntad. De allí que es fundamental la activa participación del Estado.
En general las desigualdades subsisten y el sistema educativo de cada provincia repite la desigualdad de origen de los alumnos, lo que representa un verdadero fracaso que tiene graves consecuencias sociales, y una negativa influencia en el nivel de la calidad educativa.
La desigualdad en educación se da en dos planos condicionados por cuestiones estructurales.
Por un lado la importante desigualdad social que caracteriza nuestra realidad y afecta a un elevado porcentaje de nuestra población convirtiéndolo en los sectores más vulnerables de nuestra sociedad. En este sentido lamentablemente la educación repite y reproduce las desigualdades existentes. Los niños más pobres asisten a las escuelas más pobres en las que en general hasta se brinda una educación más pobre. Es un circuito que debe ser superado a partir de políticas específicas orientadas a mejorar las condiciones para los alumnos de sectores más vulnerables.
El otro plano o espacio en el que también se advierte una situación de desigualdad importante es el que se produce a partir de la diferencia de recursos con los que cuentan las distintas provincias, que hace que la inversión en educación padezca de una dispersión tan importante que en algunos estados provinciales por alumno llegue a ser más de cuatro veces lo que es en otros. Esta situación debe ser corregida con una fuerte presencia del Estado Nacional en respuesta a cuestiones principales de la educación de manera de garantizar una mayor equidad en la inversión educativa orientada a lograr un desarrollo más armónico en el conjunto de nuestra sociedad y en todo el territorio nacional.
Como consecuencia de estas dos formas de desigualdad, que se pueden apreciar con claridad, nos encontramos con una diferencia importante en los resultados de la educación que impacta negativamente en los hogares de menos recursos, sobre todo en los grandes centros urbanos como el gran Buenos Aires y en algunas provincias del norte.
Es sabido que los alumnos de los sectores más pobres repiten y abandonan la escuela más temprano, lo que representa un problema grave a resolver. De acuerdo a estadísticas elaboradas con seriedad, sólo la tercera parte de los alumnos que empiezan el primario terminan el secundario.
En consecuencia es clave prevenir el fracaso escolar con apoyo integral desde el primer grado.
En este sentido la jornada extendida de educación es un aporte de fundamental importancia para todos los alumnos de la escuela primaria pero sobre todo y muy especialmente para aquellos que provienen de sectores más vulnerables.
La extensión de la jornada educativa debe estar orientada a reforzar el aprendizaje a partir de un trabajo más personalizado de los docentes con los alumnos que permita alcanzar mejores resultados compensando debilidades y evitando el fracaso escolar sobre todo en los primeros años. Pero además en ese tiempo de extensión de la jornada, el niño debe tener la posibilidad de acceder a conocimientos que siendo extracurriculares son de gran importancia para el desarrollo personal y que en la mayoría de los casos a los alumnos provenientes de hogares de menos recursos les está impedido alcanzar. Estos conocimientos, entre los que se podría citar como ejemplo cultura, artes, deportes, idiomas, informática entre otros, sin duda mejoran el nivel de formación y se constituyen en un aporte importante que en la mayoría de los casos los niños de sectores no vulnerables tienen la oportunidad de alcanzar en el seno de su familia o en el medio en el que desarrollan su vida, no es el caso de los que provienen de los sectores más pobres de la sociedad a los que de manera imprescindible se les debe garantizar desde las políticas de Estado.
La jornada extendida, que representa un importante aporte en el proceso educativo, se convierte además en una trascendente política de inclusión, que puede ser un elemento integrador de fundamental importancia y de enorme potencial social.
La realización de la jornada extendida en las escuelas a las que asisten los alumnos pertenecientes a los sectores de menos recursos es además un factor de contención social importante, fundamental, que actúa en la conciencia del niño y de su entorno familiar que pueden reconocer la presencia del Estado brindándole más posibilidades, lo que seguramente será un aporte importante para reducir la sensación abandono que con razón padecen quienes están excluidos.
El solo hecho de contener en las escuelas durante más tiempo a los niños de las zonas más vulnerables para brindarles conocimiento, hace que los mismos en muchos casos permanezcan menos tiempo expuestos a un medio que les suele ser desfavorable, en el que se instalan con mucha facilidad las adicciones y contra el que el accionar familiar suele tener poco éxito.
Las políticas activas del estado dirigidas a los sectores más vulnerables no pueden limitarse al asistencialismo, deben ser por el contrario más profundas y transformadoras, tanto que en lugar de estar orientadas a resolver cuestiones de emergencia, deben propender decididamente a la igualdad, entendida esta como el logro del nivel socioeconómico y cultural que permita a todos alcanzar una vida que se desarrolle con dignidad. Mientras la sociedad exhiba injusticia, exclusión y marginación deberá tolerar violencia. Solo una sociedad más justa e igualitaria puede aspirar a vivir en paz.
Cualquier inversión en educación tiene una alta tasa de retorno que se manifiesta en la paz social como fruto de la superación de la pobreza a través del trabajo la capacitación y la conciencia ciudadana, la participación de todos en el mejoramiento de la familia y la sociedad.
La inversión necesaria para garantizar la realización de la jornada extendida para el treinta por ciento de los alumnos, pertenecientes a los sectores más postergados de la sociedad, es de acuerdo a serias estimaciones realizadas por distintas instituciones, muy menor a lo que podría imaginarse costaría dar respuesta a una política de tanta trascendencia social.
La orientación del gasto público define si la acción de gobierno es positivamente redistributiva o no.
Se estima en menos de 4.500 millones de pesos anuales para los primeros años la inversión necesaria para realizar la adecuación de infraestructura y el pago de salarios docentes y auxiliares para cubrir la extensión de la jornada, inversión que desciende en aproximadamente un veinticinco por ciento en los años subsiguientes por cuanto ya no son necesarios los gastos en infraestructura.
El monto expresado representa menos del diez por ciento de lo recaudado en el año 2012 en concepto de Impuesto a los Créditos y Débitos Bancarios.
Este impuesto cuestionado por vastos sectores de nuestra población, tiene su origen en la emergencia económica y a pesar de distintas propuestas en contrario, no es considerado coparticipable.
En consecuencia, que el Estado Nacional recurra a parte de recaudación del impuesto en cuestión, para financiar una política educativa tan importante como la que representa la jornada extendida de educación liberando a las provincias de realizar cualquier gasto en ese sentido, es un aporte importante a la distribución federal de los recursos y contribuye a resolver la importante desigualdad en la inversión por alumno que se realiza en las distintas provincias.
Que sea el gobierno nacional quien se haga cargo de la inversión contribuye a la promoción de un federalismo que supere las groseras asimetrías vigentes con más equilibradas distribución de competencias y recursos ente nación y provincias evitando que producto de la situación compleja de alguna provincias sus habitantes sean perjudicados.
Mejorar el nivel de la educación y en particular en los sectores de menos recursos es una propuesta ética que se opone a todas las formas de dominación, discriminación y exclusión.
Por todo lo expuesto es que solicitamos la aprobación del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BAZZE, MIGUEL ANGEL BUENOS AIRES UCR
ALFONSIN, RICARDO LUIS BUENOS AIRES UCR
STORANI, MARIA LUISA BUENOS AIRES UCR
MILMAN, GERARDO BUENOS AIRES GEN
GIUBERGIA, MIGUEL ANGEL JUJUY UCR
SACCA, LUIS FERNANDO TUCUMAN UCR
TUNESSI, JUAN PEDRO BUENOS AIRES UCR
BIELLA CALVET, BERNARDO JOSE SALTA UDESO SALTA
SANTIN, EDUARDO BUENOS AIRES UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
EDUCACION (Primera Competencia)
PRESUPUESTO Y HACIENDA