PROYECTO DE TP
Expediente 2807-D-2015
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LA APLICACION DE LA LEY 26860, DE EXTERIORIZACION VOLUNTARIA DE LA TENENCIA DE MONEDA EXTRANJERA EN EL PAIS Y EN EL EXTERIOR.
Fecha: 19/05/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 52
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo de la Nación que, por
intermedio del Ministerio de Economía y Finanzas Publicas, tenga a bien remitir a esta
Honorable Cámara un informe referido a la Exteriorización Voluntaria de la Tenencia de
Moneda Extranjera en el País y en el Exterior, conforme lo establecido por la Ley N° 26860,
conteniendo los siguientes puntos:
1) Cuales fueron los resultados obtenidos
mediante la implementación de recursos líquidos ociosos para el financiamiento de las
inversiones productivas y sociales;
2) Cuales fueron los montos designados al
financiamiento de inversiones productivas y sociales;
3) Indique de manera precisa cuales fueron los
sectores industriales y sociales alcanzados, especificando la denominación de cada programas
y, en qué porcentaje se le han asignado los montos establecidos en el punto 2;
4) Cuales fueron los vastos sectores de la
sociedad que lograron su inclusión social como resultado de la ley y sucesivas
prórrogas;
5) Teniendo presente las finalidades establecidas
en los Decretos Nros. 1503/13, 2170/13, 440/14, 1025/14, 2529/14 y 471/15 Indique la
relación entre los crecimientos trimestrales de los recursos líquidos ociosos y el
financiamiento de las inversiones productivas y sociales que motivaros las sucesivas
prórrogas.
6) Indique cuantas personas físicas y jurídicas
adhirieron a la presente ley y en que proporciones.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Desde su lanzamiento, hace más de un año,
en mayo de 2013 -a cargo de un equipo económico que fue erosionado casi en su totalidad-
el programa de Exteriorización Voluntaria de la Tenencia de Moneda Extranjera en el País y
en el Exterior fue extendido primero en octubre de 2013, luego en enero del año 2014;
posteriormente, tras cumplido el plazo volvió a ser prorrogado el 1° de abril de ese año. A su
vez, antes del 30 de junio caducaba la medida, concretamente el día 26 de junio de 2014, por
medio del Decreto 1025/14 se vino a establecerse otra prórroga de la ley 26.860, a la que
siguió otra mediante el decreto 2529/14 para finalmente, establecerse una séptima este año
mediante el Decreto 471/15, cuya vigencia es por tres meses a computar desde el 1° de abril
del año en curso.
Se habría recaudado hasta el momento previo a
la prórroga en curso apenas un 25% de lo que había calculado el Gobierno, ya que conforme
surge de las cifras oficiales, han ingresado unos US$ 1.400.000.000 (mil cuatrocientos
millones de dólares por un total de más de 25.600 certificados suscriptos) por dicho régimen,
sustancialmente inferior a los aproximadamente 4.000 millones de dólares que el Gobierno
buscaba.
Es fundamental recordar que al momento de
defender la iniciativa frente al Congreso Nacional, para sancionarla por ley, los funcionarios
del equipo económico habían pronosticado una medida exitosa que obtendría ingresos por
unos US$ 4000 millones.
Por otra parte, además del fracaso total del plan,
nunca funcionó el otro vértice necesario del blanqueo que tenía la finalidad de poner en
marcha un mercado secundario para los Cedines. Por ello, este instrumento no sirvió para
reactivar el mercado inmobiliario inmovilizado desde la instrumentación del cepo
cambiario.
Por su parte, los Baade no fueron la excepción,
ya que no se cumplieron las promesas de las empresas de suscribir este instrumento para
inversiones petroleras. Una de la razones de la falta de funcionamiento se ha debido al riesgo
de default o refinanciación en un escenario de cambio de gobierno.
El blanqueo sólo les sirve a los contribuyentes
que necesiten comprar un inmueble y el dinero no lo tengan justificado o a aquellos
contribuyentes a los cuales la AFIP les detectó, o estaba a punto de detectar importantes
diferencias de impuestos, dejando marginadas a aquellas personas que tienen pesos e
intensión de suscribir a la medida, obligándolas indirectamente a ingresar al circuito ilegal
para adquirir dólares.
Es evidente que el gobierno ha perdido de vista
que para lograr una repatriación exitosa, es fundamental brindarles a los interesados una
estabilidad normativa y seguridad jurídica, permitir el blanqueo de cualquier bien, ya sea en
el país o en el exterior, no permitir el blanqueo de dinero sucio, etc.
Así las cosas, los resultados de esta medida
están muy lejos del objetivo que se ha tenido en miras. Mas ese fracaso no parece ser
impedimento para el Poder Ejecutivo, que resolvió prorrogar por cuarta vez la exteriorización
voluntaria de tenencia de moneda extranjera en el país y en el exterior.
En las sucesivas prórrogas, el Poder Ejecutivo ha
sido preciso en los fundamentos y finalidades de esta medida, estableciendo que: "La
exteriorización de capitales permite emplear recursos líquidos ociosos para financiar
inversiones productivas y sociales que apuntalen el proceso de crecimiento, profundicen la
reindustrialización iniciada en 2003 y permitan la inclusión de vastos sectores de la
sociedad".
Conforme al fundamento y finalidad que se
propone en la iniciativa, es necesario conocer cuáles han sido los resultados que
determinaron las sucesivas prórrogas, como así también la manera en que se volcaron esos
ingresos y los diferentes sectores que han sido beneficiados.
Por ello solicito de mis pares me acompañen en
la sanción del presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
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CAMAÑO, GRACIELA | BUENOS AIRES | FRENTE RENOVADOR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia) |