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PROYECTO DE TP


Expediente 2799-D-2012
Sumario: DECLARAR DE UTILIDAD PUBLICA Y SUJETA A EXPROPIACION A LA COMPAÑIA DE VALORES SUDAMERICANA SOCIEDAD ANONIMA
Fecha: 07/05/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 42
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


DECLARAR DE UTILIDAD PUBLICA Y SUJETA A EXPROPIACION A LA COMPAÑÍA DE VALORES SUDAMERICANA S.A.
ARTICULO 1º.- Declárase de utilidad pública y sujeto a expropiación el patrimonio de la Compañía de Valores Sudamericana S.A., sus controlantes o controladas en forma directa o indirecta, cuya disposición resulte necesaria para el cumplimiento de lo establecido en el articulo 1º de la ley 21.622.
ARTÍCULO 2º.- Una vez producida la expropiación, los bienes pasaran formar parte del patrimonio de la Sociedad del Estado Casa de Moneda.
ARTÍCULO 3º.- La indemnización correspondiente se determinara según lo dispuesto en el artículo 10 de la ley 21.499, previa deducción de las deudas que por cualquier concepto mantuviere con el Estado Nacional.
Actuara como organismo valuador el Tribunal de Tasaciones de la Nación.
ARTICULO 4º.- No habiendo avenimiento, la Procuración del Tesoro de la Nación promoverá el juicio de expropiación respectivo.
ARTICULO 5º.- Para garantizar la continuidad del funcionamiento de la Compañía; el mantenimiento de las fuentes laborales y el resguardo de los bienes, en los términos de los artículos 57 y 59 de la Ley 21.499, el Poder Ejecutivo Nacional, ejercerá desde el momento de la entrada en vigencia de la presente ley todos los derechos que la expropiación le confiere.
ARTICULO 6º. - El Poder Ejecutivo realizará todos los actos necesarios para garantizar el empleo de los dependientes no jerárquicos que opten por incorporarse al Estado nacional en cualquiera de las dependencias que éste fije a tal fin, con reconocimiento de la antigüedad a los efectos del goce de las licencias legales o convencionales.
La incorporación al Estado se efectuará en los términos del artículo 230 de la Ley de Contrato de Trabajo.
ARTICULO 7º.- Comuniquese al Poder Ejecutivo Nacional

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El presente proyecto intenta encontrar una solución efectiva al problema de impresión de billetes, que atento lo que dispone la Ley Nº 21.622, corresponde ser llevada a cabo por la Casa de la Moneda
Este problema lleva ya varios años y es una muestra más de la falta de previsión e implementación de este gobierno de políticas previsibles y de administración eficiente.
La Auditoría General de la Nación (AGN) había advertido a la Casa de Moneda los problemas en su informe del 23 de abril de 2010, basado en su análisis de las gestiones de 2008 y 2009.
El informe sobre control interno y contable de 2010 dice que hallaron "desactualizado el inventario físico de los bienes de uso" de la entidad, que está pendiente la carga de datos al sistema y que resulta "muy dificultoso" compatibilizar el inventario contable porque no se pueden identificar los bienes, que incluyen desde las maquinarias para imprimir los billetes hasta el mobiliario del edificio.
Por eso le recomendaba actualizar todo el inventario "permitiendo una adecuada identificación que facilite su control y seguimiento e implementar definitivamente los procedimientos y circuitos formales para las altas y las bajas de materiales".
Esto quiere decir que desde el año 2009 el gobierno no se sabía exactamente con qué bienes de uso contaba la Casa de Moneda ni el estado de los mismos
La auditoría recomendaba una revisión periódica que permitiera prever la desvalorización u obsolescencia de los materiales, algo fundamental para que la entidad no quedara desactualizada y tuviera que contratar servicios de terceros.
Esta situación era sabida aun antes de este informe por el Banco Central de la República Argentina, ya que en el año 2005 se iniciaron actuaciones ((Expte 610004/05) donde se requería opinión sobre la posibilidad jurídica de la Casa de la Moneda de subcontratar la emisión de billetes, atento su falta de capacidad operativa.
Es decir que desde el año 2005 existe una firme voluntad de este gobierno no de poner en valor una empresa del estado como es la Casa de la Moneda y hacerla eficiente, sino tercerizar un servicio tan sensible como es la impresión de moneda de curso legal.
Como es de publico conocimiento a inicios de Octubre del año 2010 comenzó a manifestarse falta de billetes de 50 y 100 pesos debido a que la Casa de Moneda ( como era de esperar ) estaba fabricando al máximo de su capacidad y no podía cumplir a tiempo los requerimientos de billetes que le estaba haciendo el Banco Central (BCRA).
Dicha situación se agravo considerablemente por el fin de año , por lo cual el Banco Central aprobó en noviembre de ese año ( como ya pretendía en el año 2005) la compra de billetes de $100 pesos a una Unión Transitoria de Empresas (UTE), conformada por la Casa de la Moneda local y la Casa de la Moneda de Brasil.
Contemporáneamente a mediados de ese año la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), pide la quiebra de Ciccone por deudas tributarias que superaban los $ 59 millones, que el juez dictó el 15 de julio de 2010.
En esa oportunidad el titular de la AFIP, Ricardo Echegaray, deslizó que la empresa sería operada transitoriamente por el Estado, para lo que solicitaron al juez la continuidad de la explotación de la empresa a cargo de la Casa de Moneda.
Sin embargo, el juez no aceptó la propuesta del Estado y decidió alquilar la planta a la compañía Boldt.
El 3 de septiembre Vandembrole depositó $ 567.000, en efectivo, en la cuenta judicial. Ese mismo día, a fojas 9378, Ciccone pidió que levantaran su quiebra.
El 10 de septiembre, la empresa London Supply transfirió a nombre de Vandenbroele, como presidente de la misteriosa The Old Fund SA, otros $ 1,8 millones. Y la AFIP anunció a fojas 9696 su "expresa e incondicional conformidad" con el pedido de la quiebra.
El 24 de septiembre, el juez levantó la quiebra, que se tornó firme el 19 de octubre.
En noviembre de 2010, Amado Boudou, como ministro de Economía, envió una nota a la AFIP en la que se muestra favorable a que se entregue a la imprenta una moratoria especial, en nombre de las fuentes de trabajo.
En diciembre de 2010, la AFIP le dio ese plan de facilidades extraordinario a la nueva Ciccone, rebautizada Compañía de Valores Sudamericana (CVS). Le ofreció una tasa del 0,5% y más de 12 años de plazo.
Todos estos hechos son ahora motivo de investigación en la justicia penal.
Por su parte la Unidad de Información Financiera investiga los movimientos financieros y bancarios por más de $ 50 millones de la compañía The Old Fund, la sociedad que controla a la nueva Ciccone Calcográfica.
La pesquisa se centra, en el origen de los fondos que usó The Old Fund a mediados de 2010 para tomar el control de la nueva Ciccone, rebautizada como Compañía de Valores Sudamericana
También apunta a verificar el origen del dinero que destinaron Ciccone y The Old Fund durante el último año y medio para pagar los salarios y aportes de los trabajadores de la imprenta, por más de $ 2,5 millones por mes.
Detrás de The Old Fund, aparecen el fondo holandés Tierras International Investments CV, las firmas gemelas Stichting domiciliadas en Ginebra, Suiza, y la sociedad
uruguaya Dusbel SA.
Las cuatro sociedades muestran rasgos particulares. En el fondo holandés, se designó representante legal a Carlos Schneider, un retirado de la marina mercante de 75 años que cobra la jubilación mínima.
Tanto este fondo como las firmas Stichting, figuran como disueltas en el Registro de
Comercio de Amsterdam.
Dusbel SA,fue creada por dos uruguayos mencionados en el informe sobre lavado de 2001, y también en una alerta emitida por la Comisión de Valores española, a pesar de haber deslindado toda responsabilidad en dos estudios con sede en Montevideo, Etchegaray Albanell & Asociados, y BLG
Estas investigaciones en curso sobre supuestas actividades de lavado de dinero, los motivos que determinaron el cese de la quiebra, el origen de los fondos aportados para levantarla, las personas intervinientes en los traspasos accionarios instauran un manto de sospecha, que aumenta su gravedad cuando se tiene en cuenta la encomienda que ha de le, que no es mas ni menos que la impresión de moneda de curso legal.
Es claro de lo expuesto que desde el año 2005 el gobierno sabia que la capacidad de la Casa de la Moneda era insuficiente, por cuento evalúo la posibilidad jurídica de subcontratar la emisión de billetes, tomando una clara posición de no invertir en reequipar la empresa e intentar subcontratar.
Dicha posición se mantuvo en el tiempo tal como se desprende del informe de la Auditoria General de la Nación y del hecho concreto que finalmente se subcontrata a una empresa que se encuentra sospechada.
Una posición extraña por parte de un gobierno que dice que el estado es eficiente como empresario, que estatiza el agua, YPF, Aerolíneas Argentinas, pero somete a una privatización encubierta a la emisión de moneda, en detrimento de una empresa del Estado.
Una empresa que dejo deteriorar para que obligatoriamente deba asociarse a otra donde abundan los amigos del poder.
La Casa de Moneda alquiló la capacidad operativa de la CVS por una cifra millonaria , para imprimir quinientos (500) millones de billetes de 100 pesos en los próximos días en la planta de Don Torcuato.
Los valores de la operación son quinientos diez pesos ($ 510) cada 1000 billetes un dieciséis punto siete por ciento (16,7%) mas caro que lo que se acordó en 2011 para imprimir el dinero en Brasil.
Considero entonces, que la solución más conveniente es declarar de Utilidad Pública a la Compañía de Valores Sudamericana y proceder a su expropiación incorporándola, patrimonial y operativamente, a la Sociedad de Estado Casa de Moneda.
Esta decisión pondrá fin a onerosas subcontrataciones y revalorizará la capacidad de la empresa del estado que no debe depender de ninguna empresa privada ni de ninguna empresa pública extranjera para la impresión de moneda
La indemnización correspondiente se determinara según lo dispuesto en el artículo 10 de la ley 21.499, previa deducción de las deudas que por cualquier concepto mantuviere con el Estado Nacional y la tasación la realizara el Tribunal de Tasaciones de la Nación.
Se establece para garantizar la continuidad del funcionamiento de la Compañía; el mantenimiento de las fuentes laborales y el resguardo de los bienes, la ocupación temporaria afín que el Poder Ejecutivo Nacional, ejerza desde el momento de la entrada en vigencia de la ley todos los derechos que la expropiación le confiere.
Se dispone además , que el Poder Ejecutivo realice todos los actos necesarios para garantizar el empleo de los dependientes no jerárquicos que opten por incorporarse al Estado nacional en cualquiera de las dependencias que éste fije a tal fin, con reconocimiento de la antigüedad a los efectos del goce de las licencias legales o convencionales.
Por estas y por las demás razones que en oportunidad de su tratamiento expondré en el recinto, es que solicito la aprobación del presente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MILMAN, GERARDO BUENOS AIRES GEN
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ASUNTOS CONSTITUCIONALES (Primera Competencia)
LEGISLACION GENERAL
LEGISLACION DEL TRABAJO
PRESUPUESTO Y HACIENDA
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados RESOLUCION DE PRESIDENCIA - AMPLIACION DE GIRO A LA COMISION DE ASUNTOS CONSTITUCIONALES.