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PROYECTO DE TP


Expediente 2765-D-2012
Sumario: CITAR AL SEÑOR PRESIDENTE DE LA UNIDAD DE INFORMACION FINANCIERA, LICENCIADO JOSE SBATELLA, LA SEÑORA PRESIDENTE DEL BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA, LICENCIADA MERCEDES MARCO DEL PONT, EL SEÑOR ADMINISTRADOR DE LA ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS, DOCTOR RICARDO ECHEGARAY Y LA SEÑORA PRESIDENTA DE LA SOCIEDAD DEL ESTADO CASA DE MONEDA, LICENCIADA KATYA DAURA, ANTE EL PLENARIO DE LAS COMISIONES DE LEGISLACION PENAL, FINANZAS Y PRESUPUESTO Y HACIENDA A FIN DE BRINDAR EXPLICACIONES SOBRE LAS MEDIDAS ADOPTADAS EN RELACION A LA REHABILITACION DE LA EX-CICCONE CALCOGRAFICA S.A.
Fecha: 04/05/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 41
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar, en ejercicio de facultades reconocidas por el artículo 15 inc. 2 de la ley 25.246 y el artículo 10 inc. i) de la Carta Orgánica del Banco Central de la República Argentina, que el Sr. Presidente de la Unidad de Información Financiera, LIC. JOSÉ SBATELLA, la Sra. Presidente del BCRA, LIC. MERCEDES MARCÓ DEL PONT, el Sr. Administrador de la Administración Federal de Ingresos Públicos, DR. RICARDO ECHEGARAY y la Sra. Presidenta de la Sociedad del Estado Casa de la moneda, LIC. KATYA DAURA, comparezcan ante el plenario de las comisiones de Legislación Penal, Finanzas y Presupuesto y Hacienda a fin de brindar explicaciones sobre las medidas públicas adoptadas en relación a la rehabilitación de la ex Ciccone Calcográfica S.A., hoy Compañía de Valores Sudamericana S.A., y el posterior alquiler de su capacidad productiva.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Como es de público conocimiento, a fines del pasado 2011, distintos funcionarios del gobierno nacional, entre ellos al Sr. Vicepresidente de la Nación, Lic. Amado Boudou, fueron denunciados ante la justicia federal por haber incumplido sus deberes y valerse de su influencia para levantar la quiebra de Ciccone Calcográfica S.A, declarada por el Juzgado Comercial Nº 8, Secretaría 15, a cargo del juez Javier Cosentino, y favorecer así su adquisición por parte de allegados. Y desde entonces, se han sucedido informaciones que dan cuenta de la operatoria irregular de las distintas sociedades comerciales involucradas en el sorpresivo cambio de rumbo en el destino de Ciccone Calcográfica.
La primera de ellas es The Old Fund, que con el aporte millonario de la firma London Supply (1) , contratista del Estado Nacional (2) , adquirió en cuestión de semanas, alrededor del 70% de las acciones de Ciccone. Y que cuenta entre sus directivos al ya célebre Alejandro Vandenbroele y a Sergio Gustavo Martínez, que también sería allegado a Boudou (3) , habría comprado dos camionetas para apoyar su precandidatura a la Jefatura de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires e integró una sociedad anónima, que fijó su domicilio legal en la misma dirección que las dos firmas que BOUDOU reconoce como propias (4) .
The Old Fund, a su vez, pertenecería a la sociedad en comandita Tierras International Investments CV que fue fundada el 28 de agosto de 2007 con un capital comanditario de € 100 euros, no registra empleados, figura como dada de baja desde el 9 de enero de 2012 y contó entre sus socios a Stichting MP Services, que habría ingresado el 23 de agosto de 2007 y se retiró el 6 de julio de 2010. Esta última y Stichting LP Services, funcionan como holdings financieros, fueron registradas el 20 de octubre de 2006, comparten un domicilio ubicado en Ginebra (Suiza) y tuvieron casi los mismos directores, entre ellos, los argentinos Gonzalo Pascual y María Florencia Ribes.
Y a estas firmas se sumó, más tarde, la uruguaya Dusbel S.A que cuenta entre sus socios fundadores a dos abogados vinculados con operaciones financieras irregulares en España y con un caso de presunto lavado de dinero en la Argentina (5) . Y que, de acuerdo, a una declaración formulada por los directivos de The Old Fund ante una escribana, habría aportado $ 2,4 millones de dólares, de origen no detallado (6) , a cambio de la mitad de su paquete accionario, el 29 octubre de 2010 (7) . Al día de la fecha, sin embargo, la sociedad no habría siquiera concretado su inscripción ante la Inspección General de Justicia, ni ante la Dirección de Personas Jurídicas de la provincia de Buenos Aires (8) .
Resumiendo, las sociedades involucradas en la adquisición de Ciccone Calcográfica S.A presentan numerosos aspectos sospechosos, puntualmente, en lo referente a la procedencia de los fondos que emplean. Algunas de ellas, como vimos, incluso fueron constituidas en forma irregular o directamente no se encuentran inscriptas en el país. Y esto no les habría impedido rehabilitar una sociedad quebrada o celebrar contratos con el Estado Nacional, lo que sugiere la ausencia de una labor de fiscalización adecuada por parte de los organismos de control en un sector tan relevante para el país.
La AFIP y el BCRA, por caso, están obligados, en virtud del inc. 15 del art. 20 de la ley 25.246, a reportar y aplicar las medidas de diligencia debida previstas en dicha norma y reportar cualquier operación sospechosa. Ambas dependencias, además, tienen el deber de fiscalizar el cumplimiento de estas y otras disposiciones conforme surge de las resoluciones 220/11, 12/11 y 01/12 de la UIF e, incluso, cuentan con dependencias especialmente dedicadas a la materia como es el caso de la Dirección de Información Financiera, creada por la decisión 388/11 de la AFIP, y de la Gerencia Principal de Análisis y Seguimiento de Operaciones Especiales del BCRA.
Nada de esto, sin embargo, parece haber sucedido y podría decirse que no se han observado en el caso las precauciones exigibles. Al día de la fecha ni los funcionarios responsables, ni los directivos de las sociedades involucradas han ofrecido algún tipo de explicación al respecto. Y las autoridades de la Casa de la Moneda tampoco parecen haber reparado en estas circunstancias, al sugerir al BCRA la subcontratación de la ex Ciccone para la impresión de billetes. Ni las autoridades del BCRA lo han hecho al aprobar el esquema, sin exigir precisiones adicionales aún cuándo la contratación se encuentra sospechada de direccionamiento.
La ausencia de la UIF en este cuadro también resulta llamativa, atento que la tipología establecida para el lavado de activos provenientes de delitos contra la administración pública, fija como señales de alerta requisitos que, con distintos grados de certeza, se han verificado en este procedimiento como: la participación de personas políticamente expuestas, la utilización de sociedades constituidas en países de baja o nula tributación que, o no muestran actividad comercial aparente o están constituidas por personas cuyos ingresos no guardan relación con dicha operatoria y la identificación de parientes y allegados de una Persona Expuesta Políticamente como socios o directivos de empresas pantalla (9) .
En definitiva, parece claro que, por negligencia o voluntariamente, alguno o varios de los eslabones de la cadena de controles han fallado y que no sólo no se han adoptado medidas para remediar estas falencias, sino que se ha proseguido entablando relaciones con estas empresas. Y algunas de ellas, incluso, se han perfeccionado, tiempo después de que éstas irregularidades hubieran salido a la luz, a pesar de que todo sugiere que ha existido algún tipo de connivencia por parte de los funcionarios públicos intervinientes, no hay certeza sobre el origen de los fondos empleados y las firmas comprometidas ha irrumpido sorpresivamente en la escena.
Por estas razones, es que entendemos que resulta necesario convocar a los titulares de estos organismos para que concurran ante las comisiones de Legislación Penal, Finanzas y Presupuesto y Hacienda de esta Honorable Cámara a fin de prestar explicaciones acerca de todas aquellas medidas de carácter público, que hayan adoptado en relación al tema.
Invito a los colegas diputados y diputadas a que nos acompañen en esta iniciativa.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
GIL LAVEDRA, RICARDO RODOLFO CIUDAD de BUENOS AIRES UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION PENAL (Primera Competencia)
FINANZAS
PRESUPUESTO Y HACIENDA