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PROYECTO DE TP


Expediente 2759-D-2006
Sumario: DESAFECTACION DEL DOMINIO "NIC ARGENTINA" DE LA ORBITA DEL MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES, COMERCIO INTERNACIONAL Y CULTO, TRANSFIRIENDOLA A LA SECRETARIA DE COMUNICACIONES.
Fecha: 24/05/2006
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 57
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


ARTICULO 1º.- Desaféctase a NIC ARGENTINA de la órbita del Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto del Poder Ejecutivo Nacional.
ARTICULO 2º.- Transfiérase a NIC ARGENTINA a la Secretaría de Comunicaciones, Programa Nacional para la Sociedad de la Información.
ARTICULO 3º.- Presupuesto. Los gastos que demande el cumplimiento de la presente ley, serán atendidos con los créditos que anualmente determine la ley de presupuesto.
ARTICULO 4º.- Transfiérase la dotación de personal de planta, bienes muebles y equipamiento informático asignados a NIC ARGENTINA a la órbita de la Secretaría de Comunicaciones, Programa Nacional para la Sociedad de la Información.
ARTICULO 5º.- Facúltase al Jefe de Gabinete de Ministros para que en oportunidad de proceder a la distribución de los créditos del ejercicio 2004, realice las adecuaciones presupuestarias correspondientes.
ARTICULO 6º.- De forma.-

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El Decreto Nº 252/00 creó el Programa Nacional para la Sociedad de la Información; el Decreto Nº 243/01 dispuso en su artículo 1, que la SECRETARIA DE COMUNICACIONES tendría a su cargo la definición, coordinación y supervisión del mismo.
En base a la normativa citada, quedaron incluidas en el Programa Nacional para la Sociedad de la Información, las actividades vinculadas al diseño e implementación de políticas públicas destinadas a proveer a la universalización de Internet y otras redes digitales de datos, al desarrollo del comercio electrónico, a la formación de recursos humanos especializados en su gestión, al fomento de las inversiones y al desarrollo, en general, de las telecomunicaciones, la informática, la electrónica, el software y demás tecnologías afines.
Por otra parte, representada por la Secretaría de Comunicaciones, Argentina integra, entre otros organismos internacionales, el Consejo de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT) y es miembro de la Asociación Hispanoamericana de Centros de Investigación y Empresas de Telecomunicaciones. (AHCIET)
También es miembro de la Comisión Interamericana de Telecomunicaciones de la Organización de los Estados Americanos (CITEL/ OEA.)- La CITEL/OEA ha encarado un proceso de revisión de lineamientos (COM/CITEL RES. 163 (XIII-03)), en el marco de una revisión explícita e implícita de las políticas globales para la región, plasmadas en una nueva orientación de las Recomendaciones de la versión actual del denominado Libro Azul "POLÍTICAS DE TELECOMUNICACIONES PARA LAS AMÉRICAS".
Simultáneamente, Argentina como miembro del MERCOSUR, a través de la DECLARACIÓN DE BUENOS AIRES (MERCOSUR GRUPO DE TELECOMUNICACIONES) del 15 de abril de 2004, reconoce, entre otras consideraciones, la necesidad de los países de la región, entre ellos la República Argentina, de impulsar el desarrollo económico y social que permita un crecimiento con inclusión, para lo cual la infraestructura de las comunicaciones tiene claramente un rol estructurador y declaran:
a) Realizar en el ámbito del MERCOSUR y países asociados reuniones de consulta y acciones de coordinación para el desarrollo de las comunicaciones, permitiendo mejorar la infraestructura regional para el crecimiento con equidad de nuestras economías, incentivando las producciones locales e integrándolas regionalmente.
b) Establecer medidas en el área de comunicaciones que atiendan a las necesidades de nuestros países, promoviendo el desarrollo de nuestros complejos industriales, la red de pequeñas, medianas y grandes empresas del sector, proveedoras de insumos, fuente de inversión e innovación y generadoras de empleo genuino.
c) Promover la extensión de la infraestructura de las comunicaciones tendiendo a la universalización del servicio, permitiendo el acceso a todos sus habitantes y facilitando las transacciones a los pequeños y medianos productores regionales, ampliando sus mercados, y reduciendo la exclusión.
d) Incentivar la investigación y el desarrollo de productos y soluciones tecnológicas para el sector, intercambiando experiencias y estudios focalizados, tanto del sector público como del sector privado, universidades y centros de investigación y desarrollo, teniendo en cuenta las soluciones relevantes que ya existen en los países de la región para el acceso a áreas remotas y marginales y que han demostrado ser eficaces, observando el desarrollo de tecnologías adecuadas que contemplen los sistemas productivos de los complejos industriales regionales.
e) Facilitar la provisión de servicios satelitales que ofrezcan los países de la región, promoviendo nuevas aplicaciones tecnológicas y fomentando la integración científica y cultural de nuestros pueblos.
f) Facilitar el proceso de convergencia en la transmisión de datos y de voz, fomentando la conectividad entre las principales redes de comunicación, de acuerdo a los ordenamientos jurídicos nacionales, con la creación y desarrollo de las TICS, integración de los backbones a nivel regional, facilitando la conexión y ampliando el acceso a la red.
g) Promover en el ámbito regional un marco regulatorio para comunicaciones en general que establezca reglas claras, atendiendo al crecimiento y la extensión de los servicios, incentivando la inversión y la generación de demanda local y de reducción del costo de comunicación entre los Estados Miembros y Asociados.
h) Establecer acciones de coordinación y de apoyo de los organismos nacionales de control y regulación para converger en políticas comunes como, entre otras, de interconexión, de tecnologías y de metodologías de costos, cuando corresponda.
i) Analizar la problemática de la seguridad en las redes de telecomunicaciones, sus alternativas técnicas, para facilitar la generación de regulaciones nacionales y regionales que coadyuven a la prevención de delitos.
Todo lo reseñado conduce a la conclusión de que también la actividad inherente a la administración del dominio Argentina de Internet, debiera enmarcarse dentro de la órbita de la actividad de la Secretaría de Comunicaciones y el Programa mencionado en el encabezamiento.
Sin embargo, y sin mayor rigor lógico, esto no es así.
NIC Argentina es la sigla que, siguiendo las prácticas internacionales en la materia, identifica al Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto en su carácter de administrador del dominio Argentina de INTERNET.
NIC Argentina efectúa el registro de los nombres de dominio solicitados de acuerdo con las reglas, procedimientos, instrucciones y glosario terminológico vigentes.
Por las razones expuestas, y dada la evidente conexidad temática, es coherente y lógico que NIC ARGENTINA ejerza su rol dentro del ámbito de la Secretaría de Comunicaciones, Programa Nacional para la Sociedad de la Información.
Pido entonces de los señores Diputados, me acompañen con su voto en el siguiente proyecto de ley.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
ATANASOF, ALFREDO NESTOR BUENOS AIRES PERONISTA FEDERAL
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
COMUNICACIONES E INFORMATICA (Primera Competencia)
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO
PRESUPUESTO Y HACIENDA