PROYECTO DE TP
Expediente 2754-D-2010
Sumario: LEY 26509, SISTEMA NACIONAL PARA LA PREVENCION Y MITIGACION DE EMERGENCIAS Y DESASTRES AGROPECUARIOS: MODIFICACION DEL ARTICULO 17, SOBRE INTEGRACION DEL FONDO.
Fecha: 29/04/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 44
El Senado y Cámara de Diputados...
Modificación
del Fondo previsto en la Ley 26.509 del Sistema Nacional para
la Prevención y Mitigación de Emergencias y Desastres
Agropecuarios.
Art. 1 Reemplázase el
texto del art. 17 inc. 1 Título III de la Ley 26509 por siguiente: " Los
que se asignen anualmente por ley del presupuesto general para la
administración pública nacional. Los recursos del fondo permanente
deben ser como mínimo un monto anual equivalente a $
1.000.000.000( Pesos mil millones). Este monto deberá actualizarse
anualmente en base al Indice de Precios al Consumidor establecido
por el INDEC.
Art. 2 De forma.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
En el año 2009 se
sancionó la Ley 26.509, que entre sus novedades contempló la
creación de un Fondo de Emergencia para atender las situaciones
originadas por fenómenos extraordinarios que afectan periódicamente
a los productores agropecuarios en distintas zonas del país. Ha sido
un gran acierto la sanción del mencionado cuerpo legal, pues da
mayor tranquilidad y previsibilidad a nuestros productores cuando
ocurren estos fenómenos pues no deben someterse a la buena o mala
voluntad de algún funcionario de turno que otorgue o no beneficios a
los afectados.
El sector agropecuario
ha sido y es uno de los motores del desarrollo de nuestra economía,
aportando en porcentajes valores importantes.
En el año 2009 las
exportaciones llegaron a 55.750 millones de dólares, y las MOA (
Manufacturas de Origen Agropecuario) treparon a 21.550 millones de
dólares y sumados los PP (Productos Primarios) totalizan unos 28.532
millones de dólares, aproximadamente el 51 % de nuestras
exportaciones.
Estas simples cifras
demuestran la importancia del sector, al que debemos cuidar cuando
las cosas se complican.
El Fondo de 500
millones de dólares resulta insuficiente para paliar situaciones en todo
el territorio nacional.
Hay años, como por
ejemplo el 2003, donde una sola Provincia, Santa Fe, demandó, en
concepto de emergencias por las inundaciones sufridas, unos 850
millones de dólares. También hay situaciones donde distintas
provincias viven en un mismo año estados de emergencias y
desastres agropecuarios, ocasionadas a veces por fenómenos
distintos, y que demandan una asistencia. Un Fondo de 500 millones
de pesos es insuficiente entonces y por ello se necesita la ampliación
del existente, por lo menos al doble.
Por ello, Sr. Presidente,
solicito la aprobación del presente Proyecto de Ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
MARTINEZ, JULIO CESAR | LA RIOJA | UCR |
ORSOLINI, PABLO EDUARDO | CHACO | UCR |
CHEMES, JORGE OMAR | ENTRE RIOS | UCR |
FORTE, ULISES UMBERTO JOSE | LA PAMPA | UCR |
TUNESSI, JUAN PEDRO | BUENOS AIRES | UCR |
BURYAILE, RICARDO | FORMOSA | UCR |
BENEDETTI, ATILIO FRANCISCO SALVADOR | ENTRE RIOS | UCR |
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Comisión |
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