PROYECTO DE TP
Expediente 2748-D-2016
Sumario: EXPRESAR REPUDIO POR EL FALLO DEL TRIBUNAL ORAL EN LO CRIMINAL N° 23 DE LA CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES, AL CONSIDERAR QUE UNA ADOLESCENTE DE 15 AÑOS DIO SU CONSENTIMIENTO PARA SER VIOLADA.
Fecha: 17/05/2016
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 54
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Expresar repudio por el fallo del Tribunal Oral en lo Criminal N° 23 de la Capital Federal que consideró que una adolescente de 15 años que había sido violada en varias oportunidades, en realidad dio su consentimiento para ser ultrajada.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El Tribunal Oral Nro. 3 de Capital Federal dictó una sentencia donde se discute el abuso sexual de dos niñas de 13 y 15 años por parte de un hombre que se encargaba de trasladarlas a sus actividades escolares. Ambas jóvenes, habían mantenido silencio por las violencias sufridas, porque Víctor Alejandro Solís Chambi las mantenía amenazadas con que mataría a sus padres si hablaban. Los hechos por los que fue condenado ocurrieron a mediados de 2013. La sentencia fue firmada por los jueces Luis María Rizzi, en su carácter de presidente, y Javier Anzoátegui y Marcela Rodríguez.
En relación a abuso sexual de la niña de 13 años afirma que está probado que no hubo consentimiento. Sin embargo, al analizar la existencia del delito de violación de la niña de 15 años entiende que no hay certeza suficiente que permita concluir que hubo violación. Para el Tribunal, la mayor de las hermanas abusadas no superó la prueba de credibilidad, porque no actuó de la manera en que “debía actuar”, ni durante, ni luego de los hechos.
Luego de remarcar las dificultades que se presentan ante la escaza prueba en hechos de violencia, el magistrado agrega, “ello conspira contra la acreditación de los hechos, introduciendo dudas sobre si el abuso existió o no.” Su respuesta ante ello es, según sus propias palabras, “que el centro del debate debe ser entonces si el relato de la víctima es o no creíble”.
El consentimiento, para los jueces y la jueza que integran el tribunal, puede ocurrir luego de que el hombre logra vencer la resistencia de sus víctimas al abuso sexual.
El fallo muestra la forma en que operan los estereotipos de género, la misoginia y el machismo en perjuicio de los derechos de las mujeres. Se pone en duda de la palabra de la adolescente, cuando describe cómo fue sometida cada vez por el acusado a pesar de que el perito del Cuerpo Médico Forense Pablo María Legaspi señaló en su informe y fue corroborado en el juicio, que el testimonio de ella como el de su hermanita era verosímil y en ningún momento puso en duda sus dichos. El fallo fue apelado y se encuentra en la Cámara de Casación.
Es preocupante como algunos jueces siguen dictando sentencias machistas que en vez de hacer justicia ponen en el lugar de culpables a las mujeres, niñas y adolescentes, además de ser contrarios a los derechos consagrados en nuestra Constitución Nacional a través de pactos internacionales.
Es por los fundamentos expuestos con anterioridad, que pido a mis pares la aprobación del presente proyecto de resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
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CONTI, DIANA BEATRIZ | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
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13/09/2016 | DICTAMEN | Aprobado por unanimidad sin modificaciones |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
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Diputados | Orden del Dia 0620/2016 | 19/09/2016 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | APROBACION ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS; COMUNICADO EL 11/10/2016 | APROBADO |