PROYECTO DE TP
Expediente 2747-D-2011
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO NACIONAL SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON EL APROVISIONAMIENTO DE COMBUSTIBLE DE LOS BUQUES "NORMAND BALTIC" Y "NORMAN SKARVEN" EN EL PUERTO DE ENSENADA, PROVINCIA DE BUENOS AIRES, CON DESTINO A LAS ISLAS MALVINAS.
Fecha: 20/05/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 53
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional, para que
a través de los organismos que correspondan, se sirva informar acerca de las siguientes
cuestiones en torno al aprovisionamiento de combustible en el Puerto La Plata, Ensenada,
Provincia de Buenos Aires, a los buques denominados "Normand Baltic" y "Norman
Skarven":
1. ¿Ha ingresado el buque Normand Baltic al
Puerto de Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires, durante el pasado mes de enero?
En tal caso,
A. ¿Cuál fue el propósito?
B. ¿Cuál era su procedencia?
C. ¿Cuál era su destino?
D. ¿Cuál era la nacionalidad de su bandera
cuando se retiró del puerto de Mar del Plata?
E. ¿Cuál era la nacionalidad de su bandera
cuando ingresó al puerto La Plata, de Ensenada, Provincia de Buenos Aires?
2. La Argentina ha firmado el convenio de
Ginebra de 1958 sobre Alta Mar en cuyo artículo 6to se dispone que:
"1. Los buques navegarán con la bandera de un
solo Estado y, salvo en los casos excepcionales previstos de un modo expreso en los Tratados internacionales
o en los presentes artículos, estarán sometidos, en alta mar, a la jurisdicción exclusiva de dicho Estado. No se
podrá efectuar ningún cambio de bandera durante un viaje ni en una escala, excepto como resultado de un
cambio efectivo de la propiedad o en el registro.
2. El buque que navegue bajo las banderas de dos
o más Estados, utilizándolas a su conveniencia, no podrá ampararse en ninguna de esas nacionalidades
frente a un tercer Estado y podrá ser considerado como buque sin nacionalidad."
Sin embargo, nuestro país no ratificó el
convenio a pesar de que Noruega tampoco lo ratificó pero sí lo hizo Reino Unido de Gran
Bretaña e Irlanda del Norte. ¿Por qué nuestro país no ratificó dicha Convención y cómo
ello afectó el presunto cambio de bandera del buque Normand Baltic de bandera británica
a bandera noruega?
3. ¿Han solicitado los buques
"Normand Baltic" y "Norman Skarven" autorización para ingresar al Puerto La Plata,
Ensenada, Provincia de Buenos Aires? En tal caso,
a. ¿En qué fecha lo han realizado?
b. ¿Quién ha solicitado la
autorización?
c. ¿Cuál es el propósito de su estadía?
d. Los solicitantes, ¿han presentado hoja
de ruta de los barcos?
e. ¿De qué origen son los barcos? (país de
procedencia).
f. Nombre de los propietarios.
4. Con respecto a las autoridades argentinas
correspondientes:
a. ¿Estaban anoticiados sobre el
propósito de la estadía de estos barcos?
b. ¿Han autorizado la estadía y
aprovisionamiento de los barcos? En tal caso:
i. ¿en qué fecha y por qué plazo?
ii. Institución que la ha emitido.
iii. Nombre, apellido y cargo del
funcionario.
5. ¿Cuáles fueron las medidas
implementadas por el Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto
en relación a este tema? ¿y de la autoridad máxima del puerto?
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Durante el día de hoy, 20 de mayo de 2011, se
ha dado a conocer públicamente en diferentes medios de prensa y así también lo han
confirmado las autoridades de la Municipalidad de Ensenada, que dos buques ingleses con
bandera noruega, denominados "Normand Baltic" y "Norman Skarven", que estarían
afectados a una misión exploratoria de búsqueda de petróleo en la cuenca oeste de las
Islas Malvinas, se aprovisionarían de combustible en el Puerto de Ensenada.
Asimismo, según otros medios de prensa, el
buque "Normand Baltic" ingresó al Puerto de Mar del Plata donde recibió el repudio de
sectores locales por lo cual navegó hacia el puerto de Montevideo de donde regresó al
Puerto de Ensenada con bandera noruega.
De comprobarse, el hecho es de una gravedad
absoluta. La realización de acciones de carácter de explotación y exploración de recursos
naturales con la utilización de buques británicos constituye una provocación y afrenta a
las intenciones de solución pacífica y diplomática que pregonamos para la cuestión de las
Islas Malvinas, las Georgias del Sur y las Sándwich del Sur, y los espacios marítimos
aledaños.
El objetivo del presente pedido de informes es
acceder a información fundamental sobre el proceder de los propietarios de los buques y
de las autoridades locales y nacionales. Como representantes del pueblo argentino,
tenemos el deber, de implementar todas las medidas que consideremos apropiadas, en un
marco diplomático y pacífico, de condena de este hecho y defensa de la soberanía
argentina.
El Canciller argentino, Héctor Timerman,
afirmó "Los dos barcos noruegos q están en Ensenada son contratados por YPF para dar
servicio en exploración petrolera argentina", negando las aseveraciones que indican el
origen británico de los buques y el fin de su actividad. Es inobjetable la urgencia del
esclarecimiento de lo sucedido.
Esta acción se contradice con la política
expuesta por la Cancillería que dispone sanciones a empresas extranjeras (incluyendo
armadores) que sean contratados para la exploración de hidrocarburos en el área de
Malvinas. Asimismo, este consentimiento se contradice con la permanente manifestación
de que la explotación de hidrocarburos costa afuera puede producir peligros ecológicos
irreversibles y con la reivindicación de la soberanía sobre las Islas Malvinas al aceptar que
sean contratados empleados por Gran Bretaña (conforme a la bandera del buque en
cuestión) para explorar y explotar recursos económicos argentinos.
Asimismo resulta inadmisible el silencio de la
Cancillería en torno a estos acontecimientos. Las quejas y denuncias deben ser realizadas
en el menor tiempo posible ante todos los organismos regionales e internacionales que
correspondieren.
El Gobierno argentino debe continuar y
afianzar su reclamo pacífico por vías diplomáticas a nivel regional e internacional, sujeto a
los principios y normativas del derecho internacional, por la recuperación del ejercicio
inalienable e irrenunciable de soberanía plena en las Islas Malvinas, las Georgias del Sur y
las Sándwich del Sur, y los espacios marítimos aledaños.
Es por todo lo expuesto Sr. Presidente, que
solicitamos la aprobación de este proyecto de resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
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GIL LAVEDRA, RICARDO RODOLFO | CIUDAD de BUENOS AIRES | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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