PROYECTO DE TP
Expediente 2746-D-2007
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LA NO APLICACION DE LA INSTANCIA OBLIGATORIA DE CONCILIACION EN EL CONFLICTO LABORAL ENTRE LA EMPRESA "CASINO BUENOS AIRES SA" Y EL "SINDICATO OBREROS MARITIMOS UNIDOS - SOMU -".
Fecha: 06/06/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 65
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo Nacional
que a través del organismo que corresponda informe lo siguiente:
1- Por qué motivo no aplicó la
instancia obligatoria de conciliación en el conflicto colectivo laboral existente entre
la empresa CASINO BUENOS AIRES S.A. y el SINDICATO OBRERO MARÍTIMOS
UNIDOS -SOMU-, ante la denuncia de la existencia de una nueva causa que lo
motivaba, formalizada por el -SOMU- durante los primeros días del mes de mayo
del presente año;
2- Por qué no intimó a la empresa a
abonar los salarios correspondientes al mes de mayo de 2007, correspondientes al
personal de juegos de azar, que no pudieron prestar servicios por encontrarse la
empresa cerrada por decisión de la misma, quienes en forma directa y a través de
su entidad sindical expresaron que se encontraban a su disposición para prestar
sus tareas normales y habituales;
3- Por qué motivo el señor Jefe de
Gabinete del señor Ministro, Dr. Norberto CIAVARINO suscribió un acta con el
cuerpo de delegados de la empresa CASINO BUENOS AIRES S.A., correspondientes
al nucleamiento del SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR,
ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACIÓN Y AFINES DE LA REPÚBLICA
ARGENTINA, en la cual expresó su comprensión por la preocupación de los
trabajadores por el cierre de la empresa y la falta de pago de salarios y el
Ministerio a su cargo no llevó a cabo ninguna gestión tendiente a revertir dicha
situación;
4- Sí ante los graves hechos
ocurridos el día 5 de junio, que enfrentó a un grupo de trabajadores y agentes de
la policía federal, desarrolló alguna acción tendiente a averiguar las causas de
dicha situación y que relación guardaban con el conflicto que motiva el presente
pedido de informes;
5-Para que identifique e informe la
cantidad de trabajadores, detenidos y heridos durante la lamentable jornada del
día 5 de junio de 2007, frente al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social
y situación actual.
6-En uso de que facultad legal,
personal dependiente del Dpto de Seguridad Federal, se hizo presente en la citada
noche del 5 de junio, en la Comisaría 1ra de la Policía Federal fotografiando a los
trabajadores detenidos.
5- Por que motivo remitió los
antecedentes del conflicto laboral entre la empresa CASINO BUENOS AIRES S.A. y
la entidad sindical SOMU a la CONFEDERACIÓN GENERAL DEL TRABAJO -Comisión
Arbitral-, sí de los propios términos del proveído de su elevación, surge que no se
encuentra cabalmente acreditada la existencia de un conflicto de encuadramiento
sindical entre ALEARA y SOMU;
6- Qué se sirva informar sobre el
contenido de la actividad negocial y remitir copia de los acuerdos celebrados por
SOMU y ALEARA con la empresa CASINO BUENOS AIRES S.A. con posterioridad al
mes de abril del año 2006 y de sus correspondientes actos homologatorios.
7- Los antecedentes normativos de
creación y funcionamiento del CENTRO ÚNICO DE CONTRATACIÓN DE HOMBRES
DE MAR -CUCGEMARA- y se sirva identificar quién o quiénes se encuentran a
cargo de su gestión.
8- Que rol cumple el sindicato
obreros marítimos unidos en la gestión del CENTRO ÚNICO DE CONTRATACIÓN
DE HOMBRES DE MAR -CUCGEMARA-.
9- Si el Ministerio de Trabajo,
Empleo y Seguridad Social ha recibido denuncias vinculadas con el funcionamiento
de dicho centro.
10- Que acciones ha desarrollado
Lotería Nacional S.E. a fin de resguardar el interés público -percepción del canon-
no generado por el cierre de las salas de CASINO BUENOS AIRES S.A..
11- Que empresas se encuentran
autorizadas a explotar las salas del CASINO BUENOS AIRES S.A..
12- Si Lotería Nacional S.E. ha
autorizado a una Unión Transitoria de Empresas la explotación del emprendimiento
originalmente a cargo de la Empresa CASINO BUENOS AIRES S.A..
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Me veo en la obligación de propiciar
el presente pedido de informes, atento la denuncia que un grupo de jóvenes
trabajadores y sus padres me formularon con relación a la inacción del
MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, con relación al
conflicto colectivo laboral existente en la empresa CASINO BUENOS AIRES
S.A..
Conforme la información que se me
brindó, la empresa en cuestión a principios del mes de diciembre de 2007 suscribió
un acuerdo salarial con el SINDICATO OBREROS MARÍTIMOS UNIDOS -SOMU-,
acuerdo que fue desconocido por dicha entidad a los tres días de haberlo ratificado
por ante la autoridad laboral.
El SOMU en su reclamo perseguía
mejoras salariales y del régimen de jornada laboral e instó un paro en la empresa
referida, con amenazas de extender el mismo al conjunto de la actividad
marítima.
La autoridad laboral nacional ante la
situación de conflicto existente convocó a las partes y sometió el referido conflicto,
en base a las causas referidas, a la instancia obligatoria de conciliación.
La negociación se desarrolló sin éxito
y a la finalización del plazo de negociación instada por el MINISTERIO DE
TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, el SOMU introdujo una nueva causa
como justificativa de su reclamo. Cuestiona la legitimidad de la representación del
otro sindicato con actuación en la empresa. Me refiero concretamente al
SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO,
ESPARCIMIENTO, RECREACIÓN Y AFINES DE LA REPÚBLICA ARGENTINA -
ALEARA-.
La empresa, con base en este nuevo
reclamo del SOMU, dispuso el cierre y no ha instado "curiosamente" el
encauzamiento del conflicto con arreglo a las disposiciones de la Ley 14786, de
conciliación obligatoria, ante la existencia de una nueva causa justificativa del
conflicto.
Como consecuencia del cierre, los
trabajadores hace 36 días que no pueden ingresar a la empresa y sólo han
percibido entre dos y tres días de salario correspondientes al mes de mayo
ppdo..
La angustia de los trabajadores la
hemos podido palpar en las calles de la ciudad, ya que los mismos se encuentran
movilizados desde hace varios días. Incluso, no puedo dejar de señalar el
lamentable hecho ocurrido frente a las puertas del MINISTERIO DE TRABAJO,
EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL el día 5 de junio ppdo.. Los trabajadores y agentes
de la Policía Federal se enfrentaron, cuando los primeros le reclamaban al Jefe de
Gabinete de Asesores del Ministro de Trabajo, Dr. Norberto CIAVARINO acerca de
la falta de cumplimiento del compromiso que él personalmente había asumido
frente a los trabajadores, en el sentido de gestionar la reapertura de la empresa y
el pago de salarios del pasado mes de mayo.
Entre 8 y 9 trabajadores fueron
detenidos en el marco de su reclamo y algunos de ellos sufrieron heridas como
consecuencia del accionar policial.
El conflicto subyacente que la
empresa se encarga de justificar como un conflicto intersindical, no es tal, ya que
la cuestión entre las entidades sindicales fue, primero, materia de discusión por
ante la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, concretamente ante la Sala I
de dicho fuero, que falló a favor de la legitimidad de ALEARA y luego entre las
propias entidades sindicales, a través de un acuerdo de autocomposición de
intereses.
Incluso, luego las propias entidades
sindicales sujetaron el desarrollo de su actividad negocial con la empresa a las
categorías por ésas acordadas en el marco del acuerdo de autocomposición
suscripto. Acuerdos homologados por el MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y
SEGURIDAD SOCIAL.
Según las versiones circulantes, la
situación que se presenta como laboral, podría estar referida a cuestiones de otra
naturaleza. Concretamente comerciales, entre las empresas que hoy integrarían la
Unión Transitoria de Empresas, que habrían sido autorizadas por LOTERÍA
NACIONAL S.E. a llevar adelante la explotación de la concesión del Casino
existente en Darsena Sur del Puerto de Buenos Aires.
La omisión en la que ha incurrido la
autoridad laboral nacional, en el ejercicio de facultades que le son propias en
materia de encauzamiento de conflictos, considero que ha dado lugar a la falta de
pago de los salarios de los trabajadores, la puesta en riesgo de su estabilidad
laboral futura y los lamentables hechos del 5 de junio del presente año.
Por las razones expuestas,
solicitamos de los señores Diputados de la Nación, la aprobación del presente
Proyecto de Resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
RITONDO, CRISTIAN ADRIAN | CIUDAD de BUENOS AIRES | PROPUESTA PERONISTA |
BERTOL, PAULA MARIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | PRO |
PINEDO, FEDERICO | CIUDAD de BUENOS AIRES | PRO |
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Comisión |
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