PROYECTO DE TP
Expediente 2745-D-2006
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE LA CANTIDAD DE TRAMITES PARA RECIBIR LA RESIDENCIA PERMANENTE DENTRO DEL "PROGRAMA NACIONAL DE NORMALIZACION DOCUMENTARIA MIGRATORIA PARA EXTRANJEROS NATIVOS DE LOS ESTADOS PARTE DEL MERCOSUR".
Fecha: 24/05/2006
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 57
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Dirigirse al Poder Ejecutivo Nacional, para que a través del Ministerio del Interior y Derechos Humanos y los organismos que correspondan se sirva informar:
1. Cuál ha sido la cantidad de trámites para recibir la residencia permanente que se han iniciado desde la puesta en marcha del Programa Nacional de Normalización Documentaria Migratoria para extranjeros nativos de los Estados Parte del MERCADO COMUN DEL SUR (MERCOSUR) y sus Estados, discriminados por nacionalidad de origen.
2. Cuál ha sido la cantidad de "Formularios de Regularización Migratoria" que han sido recibidos desde la puesta en marcha del Programa antes citado, discriminados por nacionalidad de origen.
3. Cuál ha sido la cantidad de certificados de residencia precaria que se han otorgado discriminados por nacionalidad de origen.
4. Cuál ha sido el porcentaje de los trámites solicitados por los puntos 1 y 2 de la presente, que han sido realizados en alguna de las Instituciones Sociales Colaboradoras.
5. Si se ha implementado alguna excepción a la garantía de gratuidad, que implique el pago del certificado de antecedentes penales emitidos por el Registro Nacional de Reincidencia para los beneficiarios de esta norma, o bien en carácter de contribución voluntaria u otra forma que implique algún tipo de erogación de parte de los requirentes.
6. El motivo por el cual se exige a los beneficiarios del Programa una declaración jurada en la que manifieste "contar con los medios suficientes para su subsistencia en la Republica Argentina".
7. Cuáles son los mecanismos de control de la ejecución operativa descentralizada que se realiza mediante Instituciones Sociales Colaboradoras, de acuerdo a los dispuesto por el artículo 12 de la disposición de la Direccion Nacional de Migraciones 53.253/2005 y su anexo.
8. Cuáles son las sanciones previstas para aquellas instituciones que no cumplan lo dispuesto respecto a sus obligaciones.
9. Si tiene conocimiento de irregularidades acerca de las obligaciones de las Instituciones Sociales Colaboradoras en lo que respecta a la gratuidad de la entrega del Formulario de Regularización Migratoria.
10. Cuales han sido los controles realizados, desde la puesta en marcha del Programa y hasta la fecha, de las actividades ejecutadas por dichas instituciones y en caso de haberlas hecho, si ha habido sanciones aplicadas.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La Ley de Migraciones Nº 25.871 en su artículo 17 establece que el Estado proveerá lo conducente a la adopción e implementación de medidas tendientes a regularizar la situación migratoria de los extranjeros.
El artículo 28 de la misma prevé que el principio de igualdad de trato no se considerará afectado por la posibilidad que tiene el Estado de establecer esquemas diferenciados de tratamiento entre los países que con la República Argentina forman parte de una región, respecto de aquellos países que resulten terceros dentro del proceso de regionalización, priorizando las medidas necesarias para el logro del objetivo final de la libre circulación de personas en el MERCOSUR.
La situación que afrontan los inmigrantes ilegales, de público conocimiento luego de la tragedia de los talleres de "esclavos" de Caballito, puso en evidencia las deficiencias de los Programas migratorios y la ausencia del Estado para una muy importante franja de habitantes que, sin causa racional alguna, son condenados a la marginalidad, al trabajo en negro y no pueden acceder a ninguno de los beneficios de la seguridad social. Todas sus actividades son irregulares por necesidad, incluso alquilar la más pequeña de las viviendas. Su inexistencia jurídica los hace víctimas de todo tipo de delitos, la privación de la libertad, desde la mera explotación hasta la casi total esclavitud. En muchos de ellos la situación se agrava por razones de sexo o de edad.
De acuerdo a datos de la Dirección Nacional de Migraciones se calcula que entre 1992 y 2003 ingresaron a la Argentina, como mínimo, 504.000 posibles inmigrantes y se otorgaron en el mismo período un promedio de 13.187 radicaciones anuales. Por lo tanto han quedado en situación ilegal 345.000 personas, aunque calculando posibles atrasos, esta cifra se eleva a aproximadamente 750.000 personas hasta mediados del 2003.
Desde el inicio de la gestión actual, la Dirección ha otorgado 130 mil radicaciones, lo que no ataca un problema de tanta magnitud como el descripto.
Asimismo la participación de indocumentados en el mercado del trabajo genera que el ingreso a los puestos de trabajo sea en negro y por el valor de su remuneración y no por su idoneidad. El trabajo en negro, sabemos, provoca inevitablemente una baja salarial y no generan tributo alguno a la sociedad.
Los decretos del Poder Ejecutivo Nº 836/2004 y 578/2005 dispusieron la creación e implementación del Programa Nacional de Normalización Documentaria Migratoria, orientado a la ejecución de medidas encaminadas a la inserción e integración de la población migrante, a través de la facilitación de acceso a la residencia.
El Decreto Nº 578 de fecha 2 de junio de 2005, se instruyó a la Dirección Nacional de Migraciones a implementar en el marco del citado Programa, la regularización migratoria de los extranjeros nativos de los Estados Parte del MERCOSUR y sus Estados Asociados.
En tal sentido, la Dirección Nacional de Migraciones puso en funcionamiento el Programa mencionado a través de la Disposición DNM Nº 53.253/2005, que permitió iniciar, a los nativos de los Estados Partes y Asociados del MERCOSUR (Brasil, Bolivia, Colombia, Chile, Ecuador, Paraguay, Perú, Uruguay y Venezuela), la regularización de su situación migratoria.
Sin embargo, la puesta en marcha de mecanismos de solución a estos problemas, ha acarreado una serie de denuncias que se han hecho públicas. La ejecución descentralizada del Programa a través de lo que la norma denomina "Instituciones Sociales Colaboradoras" ha originado posiblemente un nuevo negocio para con los inmigrantes irregulares.
De acuerdo a lo previsto, se requiere una serie de formas para poder ser acreditada como Institución Social Colaboradora del Programa, pero no conocemos los mecanismos de control previstos de las mismas.
Este pedido de informes al Poder Ejecutivo Nacional y por su intermedio al Ministro del Interior se funda en las numerosas denuncias que han hecho particulares afectados por esta norma que deben "abonar" en algunas de las Instituciones Sociales Colaboradoras una cifra de dinero para poder recibir el "Formulario de Regularización Migratoria".
Por ello solicitamos, en primer lugar un avance preliminar de las gestiones realizadas hasta la fecha y cuantas de ellas se han realizado de manera descentralizada (a través de las instituciones sociales previamente descriptas).
Asimismo solicitamos se detallen los mecanismos de control previstos para las actividades de las mismas (que actúan como una extensión del estado nacional) y las sanciones previstas para quienes no cumplan o abusen de las normas.
También es necesario conocer, si se han realizado controles, de que tipo han sido y cuales las sanciones ordenadas.
Los derechos de los habitantes extranjeros sin documentación, violados hasta hoy hasta el hartazgo, pueden ser nuevamente violados en un negocio que el estado nacional debe prevenir.
Por último, dos cuestiones anexas, son solicitadas a las autoridades que correspondan. La primera tiene que ver con los papeles solicitados a quienes tramitan la regularización. Entre ellos está el certificado de antecedentes penales emitido por el Registro Nacional de Reincidencia. En virtud de la precariedad y vulnerabilidad en la que viven hasta su regularización, creemos que es conveniente que la tasa por dicho certificado sea gratuita y por ello solicitamos nos informen si se ha implementado una medida de este tipo.
En segundo lugar, el trámite requiere de una declaración jurada en la que el beneficiario manifieste "contar con los medios suficientes para su subsistencia en la Republica Argentina". En un país en el que más de la mitad de los ciudadanos no cuentan con los medios necesarios para vivir dignamente, es netamente discriminador solicitar a los beneficiarios que, como es de publico conocimiento, trabajan en su inmensa mayoría en condiciones precarias, en negro y con salarios bajísimos, solicitarles una declaración jurada de este tipo.
Afrontar esta situación irregular es un gesto de madurez política, pero cuando el estado no ve que al hacerlo permite negocios privados y atenta nuevamente contra la dignidad del ser humano, ahora, con el objetivo de sacarlos de la situación de irregularidad, hace de su política migratoria un gesto de demagogia vacía de valores y como una simple respuesta política a la tragedia de diciembre pasado.
La política migratoria no debiera ser una respuesta a las tragedias, sino un principio rector de un estado serio. Por todo esto, y porque realmente nos interesa el desarrollo de un programa serio de regularización de los inmigrantes, solicitamos a nuestros pares apoyen este pedido de informes.
Firmante | Distrito | Bloque |
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RAIMUNDI, CARLOS | BUENOS AIRES | ARI |
MAFFEI, MARTA OLINDA | BUENOS AIRES | ARI |
BISUTTI, DELIA BEATRIZ | CIUDAD de BUENOS AIRES | ARI |
GONZALEZ, MARIA AMERICA | CIUDAD de BUENOS AIRES | ARI |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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POBLACION Y DESARROLLO HUMANO (Primera Competencia) |
MERCOSUR |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
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09/08/2006 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia sin modificaciones |
07/09/2006 | CONTINUACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |