PROYECTO DE TP
Expediente 2722-D-2015
Sumario: DECLARAR DE INTERES DE LA H. CAMARA LA " X EDICION DE LA FIESTA PROVINCIAL DEL PEON RURAL ", A REALIZARSE LOS DIAS 9 Y 10 DE MAYO DE 2015 EN LA CIUDAD DE CONCEPCION DEL YAGUARETE CORA, PROVINCIA DE CORRIENTES.
Fecha: 14/05/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 49
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Declarar de interés de esta
Honorable Cámara a la "X EDICIÓN DE LA FIESTA PROVINCIAL DEL PEON
RURAL", a realizarse el 9 y 10 de mayo del corriente, en el Predio del Peón
Rural de la Ciudad de Concepción del Yaguareté Corá (Provincia de Corrientes).
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Los días 9 y 10 de mayo se
desarrollará en Concepción del Yaguareté Corá, la décima edición de la Fiesta
del Peón Rural, un evento en el que se destaca la vida y el trabajo del hombre
de campo. Las actividades, que incluirán una misa, pruebas de destrezas
gauchas, elección de reina, música y baile, tendrán lugar en el predio
acondicionado especialmente para esta ocasión.
Esta fiesta busca rendir un
merecido homenaje al peón rural, verdadero trabajador del campo, que
anónimamente hace a la grandeza del país y de la provincia.
El evento en el que representantes
de cada departamento y de los distintos establecimientos rurales, exponen en
distintas competencias, sus destrezas, su capacidad de trabajo y sobre todo ese
fervor que caracteriza a estos hombres que desandan su vida cumpliendo los
duros y exigentes trabajo de la actividad productiva rural.
La Fiesta del Peón Rural que se ha
convertido en un evento de gran suceso popular y en un verdadero atractivo
turístico de la zona, agregando un aporte extraordinario a todos aquellos que
esta posee por los privilegios que le otorgó la naturaleza y por su rica historia
cultural y socio-religiosa.
Por ello solicito el acompañamiento
de mis pares con su firma al presente Proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
RUBIN, CARLOS GUSTAVO | CORRIENTES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia) |