PROYECTO DE TP
Expediente 2717-D-2014
Sumario: IMPUESTO A LAS GANANCIAS - LEY 20628 -. MODIFICACION DEL ARTICULO 81, SOBRE DEDUCCION POR ALQUILER DE INMUEBLE DESTINADO A VIVIENDA UNICA DE OCUPACION PERMANENTE.
Fecha: 22/04/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 30
El Senado y Cámara de Diputados...
MODIFICACION DE LA LEY DE
IMPUESTOS A LAS GANANCIAS SOBRE DEDUCCIONES DEL IMPORTE POR EL
ALQUILER DESTINADO A VIVIENDA UNICA DE OCUPACION
PERMANENTE.
Artículo 1º.- Incorpórese al artículo
81 de la Ley de Impuesto a las Ganancias N° 20.628 (T.O.) el siguiente
inciso:
"i) el importe abonado en concepto de
alquiler del inmueble destinado a vivienda única de ocupación permanente.
La deducción se hará efectiva en la forma y
modalidad que el Organismo Recaudador determine, con un tope no menor al permitido en
la deducción de interese hipotecarios.
Artículo 2º.- El Poder Ejecutivo Nacional
adoptará las medidas necesarias para la implementación de lo dispuesto en el Artículos 1°
de la presente normativa.
Artículo 3º.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
En la Argentina el derecho a la vivienda
adecuada es reconocido por la Constitucional Nacional en su Art. 14 bis y en la Declaración
Universal de Derechos Humanos y a La Declaración Americana de los Derechos y Deberes
del Hombre y a una serie de convenios internacionales de Derechos Humanos que
reconocen el derecho a una vivienda adecuada.
Todos los ciudadanos tenemos el derecho y la
necesidad de acceder a una vivienda digna y el Estado es quien debe garantizar y promover
medidas de acción positiva que las satisfagan.
Si bien muchos ciudadanos en esta última
década han tenido la posibilidad de acceder a un crédito hipotecario para concretar la
vivienda propia y pueden deducir del impuesto a las Ganancias los intereses del mismo,
todavía hay una amplia proporción de la población que se ve obligada a incurrir al gasto de
alquiler. A diferencia de los propietarios , actualmente los inquilinos, que suelen ser una
franja más vulnerable, no tienen la opción de deducir el gasto de alquiler, generando una
importante inequidad en este tributo.
Según el censo 2010 aproximadamente el
16% de los hogares del país son "hogares inquilinos" y más de la mitad de sus jefes de
hogares son jóvenes en entre 17 y 36 años, actualmente esta proporción se ha ido
incrementando hasta llegar casi al 30% en la actualidad.
Además, en los últimos años se ha ido
avanzando en la incorporación de otras deducciones, como el servicio doméstico, abriendo
el camino para agregar a las mismas aquéllos gastos que sean indispensables para el
desarrollo ciudadano.
Reconociendo a la vivienda como una
necesidad básica de la población resulta imprescindible incorporar al gasto en alquiler
como parte de las deducciones del impuesto, como lo es la cobertura en salud.
La deducción del gasto en alquiler significaría
además el aumento del ingreso disponible para el contribuyente que se volcaría al consumo
y así al incremento del impuesto al valor agregado, vía por la cual el fisco podría recuperar
parte de la recaudación que dejaría de percibir por la deducción. Otro beneficio que traería
la deducción es la declaración de los alquileres ya que el inquilino solicitaría que se realice
el contrato formalmente para poder acceder a la deducción del impuesto, lo cual también
beneficiaria al fisco al incluirlos en el Impuesto a los Bienes Personales.
Por lo expuesto, y en virtud de promover el
derecho a la vivienda en el marco de las dificultades para acceder a una vivienda propia,
solicitamos se acompañe el presente proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
KOSINER, PABLO FRANCISCO JUAN | SALTA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
VILARIÑO, JOSE ANTONIO | SALTA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
GIANNETTASIO, GRACIELA MARIA | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
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Comisión |
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