PROYECTO DE TP
Expediente 2707-D-2009
Sumario: JORNADA LABORAL DE LOS TRABAJADORES. BENEFICIOS PARA LOS QUE CUMPLAN SU JORNADA LABORAL ENTRE LAS TRECE HORAS DEL DIA SABADO Y LAS VEINTICUATRO HORAS DEL DIA DOMINGO.
Fecha: 01/06/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 58
El Senado y Cámara de Diputados...
JORNADA LABORAL DE LOS
TRABAJADORES LOS DIAS SABADOS DESDE LAS 13 HORAS Y EL DOMINGO.-
Artículo 1.- El trabajador que
realice tareas dentro del lapso comprendido entre las trece horas del día sábado
y las veinticuatro horas del día domingo tendrá derecho a:
1) Percibir la retribución habitual
correspondiente;
2) Gozar durante la semana
siguiente del descanso semanal correspondiente, el que no podrá ser
fraccionado ni acumulado;
3) Cobrar el adicional equivalente
al valor de las hora extra correspondiente si la hubiere según la ley de contrato
de trabajo;
4) El personal que de acuerdo con
la diagramación de su horario trabaje el día sábado después de las trece horas
y/o el domingo y goce de su franco semanal otro día de la semana, tendrá
derecho a percibir un adicional por las horas trabajadas durante el sábado
después de las trece horas y las veinticuatro horas del día domingo del ciento
cincuenta por ciento (150%) acumulativo a lo establecido en el punto 1 y
3;
Atendiendo a las particulares
características de la industria, queda convenido que en los supuestos en que
excepcionalmente sea imposible el cumplimiento del inciso 2, las horas
trabajadas en el día en que el mismo debió cumplirse se abonarán al trabajador
con el recargo del inciso 4.-
Articulo 2.- De Forma.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La bandera de 8 horas de trabajo,
8 horas de descanso y 8 horas de recreación fueron las consignas que
movilizaron a millones de trabajadores en todo el mundo, dando origen a las
luchas por mejores y más dignas condiciones laborales. Por ellas dejaron sus
vidas miles de trabajadoras y trabajadores y cuando hasta hace escaso tiempo
parecía una conquista que jamás se desconocería, en la actualidad a través de
las horas extras y ampliación de la jornada, la misma se transformó en una
ilusión.-
El descanso semanal también se
transformó en una conquista laboral, planteada en nuestro país en el Nuevo
Derecho por el Diputado Nacional del Partido Socialista Dr. Alfredo Palacios,
quien en el año 1907 logra su reconocimiento legal al lograr que el Congreso
Nacional la transforme en ley.-
Desde dicho año todo trabajador
pasó a tener un día de descanso en la semana, esencialmente el día domingo, y
el mismo quedó legalizado con mayor amplitud por el artículo 204 de la ley de
Contrato de Trabajo, la que prohibió "la ocupación del trabajador desde las 13
horas del día sábado hasta las 24 horas del día siguiente, salvo en los casos de
excepción previstos en el artículo precedente y los que las leyes o
reglamentaciones prevean...".-
El descanso tiene dos claros
objetivos: el reparativo o recuperatorio en su físico y, el del tiempo libre,
buscando en este último el derecho al tiempo propio y el de la dedicación a su
familia, a la recreación, etc..-
El descanso como objetivo
reparativo o recuperatorio tiende al descanso físico y mental, a evitar
accidentes en el trabajo, a resguardar la salud de los trabajadores y por ello los
límites a la jornada diaria, como al descanso semanal.-
Pero no fue casual que el mismo
recayera en el día domingo como una regla general, dado que dicho día fue
instaurado inicialmente por motivos religiosos, y a posteriori, que quedara como
una norma en la mayoría de los actos de la sociedad.-
Por ley el descanso del trabajador
debería ser desde el sábado a las 13 horas, que es también el día de descanso
de la juventud en edad escolar, es el día en que la familia puede reencontrarse
para su recreación colectiva, y especialmente el domingo que es el día en que
la familia usualmente se reúne para su esparcimiento y recreación.-
Pero lamentablemente, lo que la
regla general debía ser el día del descanso y el trabajo la excepción, la gran
cantidad de excepciones a la misma han invertido la excepción que hoy es la
regla y, el descanso lo da el empleador el día de su conveniencia.-
No desconocemos que existen
actividades laborales donde se torna imprescidible el trabajo en día domingo,
casos contemplados en nuestras leyes laborales, pero es necesario volver a
defender el principio de descanso semanal y fundamentalmente el día
domingo.-
Conjuntamente con el descanso al
trabajador, es imperioso defender la institución familia, haciendo que si los
cónyuges trabajan gocen de su descanso el mismo día y, a su vez, el día que
los hijos no tienen actividades escolares, para integrar en el descanso al grupo
familiar.-
Defender el descanso del
trabajador y proteger a la familia, son dos objetivos de este proyecto,
sobretodo en momentos en que se ve como se desintegra esta institución, con
aumentos importantes de delincuencia juvenil, con deserción escolar, con
drogadicción y alcoholismo.-
Debemos dejar de mirar
exclusivamente en la finalidad económica empresarial, y cuidar de la salud del
trabajador, y defender la integración familiar.-
Para el logro de los fines
mencionados y como coadyubante de creación de nuevas fuentes de trabajo, se
busca que el costo de hora del trabajador durante el día que debe gozar de su
descanso se transforme en excesivamente oneroso y de esa manera se deba
prescindir del mismo y en caso de transformarse en necesario, se apele a
nuevos trabajadores que se encuentren desocupados.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
CUCCOVILLO, RICARDO OSCAR | BUENOS AIRES | PARTIDO SOCIALISTA |
ZANCADA, PABLO V. | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia) |
INDUSTRIA |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
12/08/2009 | CONTINUACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |
26/08/2009 | CONTINUACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | RESOLUCION DE PRESIDENCIA - SE SUPRIME EL GIRO A LA COMISION DE INDUSTRIA. | 18/11/2009 |