PROYECTO DE TP
Expediente 2706-D-2011
Sumario: DECLARAR DE INTERES DE LA HONORABLE CAMARA EL "19° CONGRESO INTERPROVINCIAL DE ENTIDADES VECINALES - 11° INTERNACIONAL, 7° MERCOSUR Y 4° LATINOAMERICANO -", A REALIZARSE DEL 18 AL 21 DE NOVIEMBRE DE 2011, EN LA CIUDAD CAPITAL DE LA PROVINCIA DE JUJUY.
Fecha: 18/05/2011
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 51
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Declarar de interés de esta Honorable
Cámara, el 19° Congreso Interprovincial de Entidades Vecinales, (11°
Internacional, 7° Mercosur y 4° Latinoamericano) a realizarse del 18 al 21 de
Noviembre en la ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El Congreso cuya declaración
de interés se promueve a través de esta iniciativa, constituye un espacio de
discusión y de intercambio sobre temas vinculados a las organizaciones vecinales.
Estas organizaciones
constituyen el motor que da impulso a la acción participativa y consecuentemente
al compromiso con las necesidades locales que se traduce en acciones eficaces
para resolver los problemas en la comunidad.
En el año 2010 este evento
fue realizado en la localidad de Villa María de la provincia de Córdoba y la activa
participación de la delegación jujeña, motivó la decisión de elegirla como sede para
la nueva reunión a celebrarse en el presente año.
Entre los preparativos del
Congreso, se convocó a un concurso para la elección del logotipo que
representaría el encuentro en San Salvador de Jujuy y el motivo ganador se
integra con piezas de rompecabezas que representan la unión entre los centros
vecinales y la fecundidad del intercambio entre ellos, enmarcados en los cerros
que hacen a la identidad y cultura jujeñas, con predominio cromático de la gama
de los marrones que simboliza la tierra, representando el vínculo y el arraigo con lo
local que constituye el fundamento de la participación.
En esta oportunidad, se
realizaran diversos talleres: Entes reguladores y Defensa al consumidor; Ecología y
Medio Ambiente; Herramientas para la mejora del empleo y la producción;
Vecinalismo, Gestión y Participación Ciudadana; Seguridad pública y protección
ciudadana; Niñez, Adolescencia y Familia; Educación popular y reinserción
educativa; Pueblos Originarios.
Los Centros Vecinales
constituyen el vehículo que permite la conexión real, cercana y directa entre los
ciudadanos y sus representantes y por ello representan un espacio básico e
indispensable en nuestra estructura democrática.
El compromiso participativo y
democrático de sus miembros, produce un efecto multiplicador que va difundiendo
la vocación ciudadana en sus entornos, favoreciendo el desarrollo de una
conciencia cívica acerca del rol protagónico que asiste a los vecinos en el abordaje
de los problemas que les son propios.
Son
varias las constituciones que aseguran la participación de los vecinos. En el caso
que nos ocupa la Constitución de la provincia de Jujuy establece: Art. 180. -
Participación vecinal El gobierno municipal asegurará la mayor y eficaz
participación de los vecinos en la gestión de los intereses públicos,
debiendo la ley y la carta orgánica incluir y reglamentar los derechos que
hagan efectiva esa garantía.
El Dr.
ANTONIO M. HERNANDEZ, Director del Instituto de Federalismo de la Academia
Nacional de Derecho y Ciencias Sociales de Córdoba y Presidente Honorario de la
Asociación Argentina de Derecho Constitucional, al referirse a los centros vecinales
expresa: "Estas instituciones locales realizan una tarea inestimable de mediación
entre las autoridades municipales y los vecinos de los barrios para buscar la
satisfacción de las necesidades humanas y el bien común. Sus funciones se
vinculan con la gestión municipal a través del control de los servicios públicos, la
ejecución de obras públicas, la colaboración en tareas sociales o educativas, la
formulación de planes, la emisión de opiniones y con todo aquello que aliente la
actividad cívica y la participación comunitaria." (Hernandez, Antonio M. "La
importancia de los centros vecinales y su personería jurídica. www.acader.org.ar )
La declaración de interés de
este Congreso, constituirá un estímulo e impulso para el desarrollo del mismo y
contribuirá a la puesta en valor de las actividades locales desde esta Honorable
Cámara de Diputados de la Nación.
Por las razones expuestas
solicito a mis pares la aprobación del presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
FIAD, MARIO RAYMUNDO | JUJUY | UCR |
GIUBERGIA, MIGUEL ANGEL | JUJUY | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
ASUNTOS MUNICIPALES (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
02/11/2011 | DICTAMEN | Aprobado por unanimidad sin modificaciones en los términos del articulo 114 del reglamento de la H. Cámara |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 2790/2011 | ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION, BAE 35/2011; ARTICULO 108 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION | 10/11/2011 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | APROBACION ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS; COMUNICADO EL 01/12/2011 | APROBADO |