PROYECTO DE TP
Expediente 2701-D-2013
Sumario: "SERVICIO DE COMUNICACION NO VERBAL": CREACION EN EL AMBITO DE LA SECRETARIA PARLAMENTARIA DE LA H. CAMARA.
Fecha: 06/05/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 42
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Crear el "Servicio de
Comunicación No Verbal" en la Secretaría Parlamentaria de esta
Honorable Cámara, el cual tendrá a su cargo los servicios de
interpretación en lengua de señas, tanto para las sesiones como para las
reuniones de comisión cuyas autoridades lo requieran. Asimismo, será la
responsable de los servicios de subtitulación y de "closed caption" para
la transmisión de las actividades de esta Casa.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Nuestra Constitución
Nacional establece como derecho básico de todos los ciudadanos, la
igualdad ante la ley, que representa la igualdad de oportunidades para
todos los habitantes. Con la reforma de 1994, la misma en su artículo
75, inciso 23 establece (en cuanto a las Atribuciones del Congreso):
"legislar y promover medidas de acción positiva que garanticen la
igualdad real de oportunidades y de trato, y el pleno goce y ejercicio de
los derechos reconocidos por esta Constitución y por los tratados
internacionales vigentes sobre, derechos humanos, en particular
respecto de los niños, las mujeres, los ancianos y las personas con
discapacidad....".
Es por ello que siguiendo
este precepto constitucional básico y en concurrencia con la ley 23.592
dirigida a remover toda forma de discriminación, es que se hace
extensiva la aplicabilidad de la norma en este proyecto de ley que
intenta otorgar la igualdad de oportunidades a la población de sordos e
hipoacúsicos.
Las lenguas de señas son
sistemas lingüísticos verdaderos, compatibles a las lenguas habladas
tanto a nivel funcional como estructural. Mientras las lenguas habladas
se comunican a través de la producción y percepción de sonidos, las
lenguas de señas se basan en medios visuales. El significado se
vehiculiza especialmente a través de señas manuales y formas
convencionales de expresiones faciales y corporales. Los lingüistas han
analizado estructuras esenciales, reglas y funciones de las lenguas de
señas nacionales descriptas, y demostraron que son lenguas complejas
que poseen gramáticas sofisticadas e inventarios muy vastos en señas
léxicas.
Las lenguas de señas han
probado ser mucha más que solo sistemas lingüísticos abstractos. Una
investigación psico y sociolingüística de pedagogía lingüística ha
demostrado que el uso de la lengua de señas promueve el desarrollo
emocional, social y mental del niño sordo, facilita la formación de
conceptos, el desarrollo apropiado de la adquisición de conocimientos, la
instalación de valores sociales y normas de comportamiento y un alto
grado de competencia comunicativa en todo sentido.
Señor Presidente con la
aprobación de la presente el Estado habrá garantizado dar una mejor
calidad de vida para un sector tan postergado de nuestra comunidad
permitiéndole una correcta comunicación con sus representantes del
Poder Legislativo, por ello le pido a mis pares aprueben el presente
proyecto de resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
PIEMONTE, HECTOR HORACIO | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO (Primera Competencia) |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |