PROYECTO DE TP
Expediente 2695-D-2009
Sumario: REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS: MODIFICACION DEL ARTICULO 109, SOBRE REUNIONES DE LAS COMISIONES.
Fecha: 01/06/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 58
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Artículo 1: Modificar el artículo 109 del
Reglamento de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, el que quedará
redactado de la siguiente manera:
Las comisiones deben reunirse como
mínimo una vez cada quince días durante el periodo ordinario de sesiones, sin
perjuicio de las convocatorias a reuniones que se realicen por considerarse
necesarias, de conformidad con lo establecido por el artículo 106. Las reuniones
de comisión se harán siempre en horas que no coincidan con las de sesión de la
Cámara.
Las citaciones sólo podrán ser
dispuestas por el Secretario de la Comisión a pedido del Presidente de la misma o
ante el requerimiento de la mayoría de sus miembros. .En ella se consignará los
asuntos a tratar y se garantizará el conocimiento de los mismos mediante el envío
de la documentación correspondiente.
Ante la omisión de esta periodicidad
por más de dos meses, dicha citación podrá realizarse además a solicitud del
Vicepresidente de la comisión.
A pedido de por lo menos tres
diputados integrantes de una comisión, deberán incorporarse al temario a
considerar por la misma los asuntos entrados que ellos indiquen.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Una responsabilidad primordial de las
instituciones políticas y de sus integrantes es desarrollar estrategias que permitan
un incremento de la confianza de los ciudadanos en el Congreso y sus
representantes.
En este sentido, la crisis de
representación política del 2001 ha puesto en evidencia que es necesario revertir
la imagen negativa que tienen los ciudadanos sobre el funcionamiento del Poder
Legislativo a través de mejoras concretas. Se trata de una cuestión fundamental
que hace al fortalecimiento del régimen democrático y a los niveles de satisfacción
respecto de él que posee la ciudadanía.
En los últimos años, nuestra Cámara
ha llevado adelante distintas reformas tendientes a mejorar el vinculo
representante - representado, a través de dinamizar y hacer mas transparente la
gestión parlamentaria, reformas tales como son las votaciones nominales, el
acuerdo con el Senado para la apertura de la oficina de Atención Ciudadana, la
publicidad de la agenda de las comisiones, la reducción del uso de la palabra en
las sesiones, entre otras. El proyecto que aquí presentamos se propone continuar
con esta línea y presentar una modificación del reglamento sobre el
funcionamiento actual de la Cámara, en particular del trabajo en comisiones. Esta
modificación se presenta en sintonía con avances que se han realizado al
respecto en otros cuerpos legislativos pares como la Cámara de Diputados de
Uruguay, el Honorable Senado de la Nación Argentina y la Legislatura de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entre otros. El primer cuerpo legislativo fija en
su reglamento que la citación a las comisiones fuera de su régimen ordinario
puede ser dispuesta por el Presidente o Vicepresidente o a solicitud firmada por
la mayoría del cuerpo. Los otros dos cuerpos mencionados incluyen en sus
regulaciones internas la fijación de al menos dos reuniones mensuales durante los
periodos ordinarios.
El trabajo de las comisiones si bien no
tiene gran repercusión pública constituye el motor principal de funcionamiento del
Congreso pues es el ámbito deliberativo primogénito donde se analizan y se
trabajan técnicamente los proyectos presentados por los legisladores para luego
ser llevados al recinto.
Es nuestro objetivo encontrar una
dinámica previsible y regular del funcionamiento de las comisiones permitiendo
que sus miembros tengan instancias de iniciativa cuando circunstancias ordinarias
no habilitaran su funcionamiento. Por eso planteamos la introducción de al menos
dos instancias de reuniones de comisión al mes y la posibilidad de que si el
Presidente de la comisión - a través del Secretario Administrativo -, no convocara
a reuniones pero fuera la voluntad de la mayoría de sus miembros hacerlo,
quedan habilitados a convocar y fijar temario si lo solicitan al Secretario. Asimismo
y si en el plazo de dos meses no se cumple con la mencionada periodicidad, se
habilita al Vicepresidente de la comisión a convocar reunión y fijar agenda.
Es necesario encontrar una mecánica
de funcionamiento que permita que lleguen a analizarse proyectos más allá de los
establecidos por la agenda del Poder Ejecutivo Nacional. A ello apunta nuestra
contribución con este proyecto. En términos generales en nuestro país (y en
America Latina) desde el periodo de apertura democrática, la actividad legislativa
en todas sus fases (iniciativa, discusión, deliberación) se ha transformado en el
fruto de una intervención conjunta del Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo. Sin
embargo no es por ello pertinente dejar librado, solo a uno de esos dos poderes
(PE), la responsabilidad legislativa permitiendo que monopolice la agenda de
cuestiones que se discute, sobre todo cuando ambos cuerpos somos portadores y
representantes de la voluntad popular.
Este no es temor menor, si se toma en
cuenta que en el período 126 de sesiones, solo 30 de un total de 119 leyes son de
iniciativa de la Cámara de Diputados, lo que supone sólo un 25,2 % frente a un
Poder Ejecutivo que en este último periodo (126 de sesiones) reúne el 56, 2 % de
la iniciativa aprobada. (Fuente: Secretaría Parlamentaria, Dirección de Información
Parlamentaria, Honorable Cámara de Diputados). A modo de comparación, La
iniciativa legislativa del Poder Ejecutivo fue del 52,4% en el período 1983-1989 y
del 46% en el período 1989-95, en tanto que, según datos de Mustapic y Goretti (1)
, el promedio para el período 1854-1989 fue del 49,5% (sin leyes de pensión).
No pretendemos con este proyecto
abandonar el rol institucional político que manda al Poder Legislativo ser el aliado
principal del Poder Ejecutivo en la elaboración de sus herramientas de gobierno.
Lo que nos motiva, en cambio, es el interés de aportar a establecer aquellos
mecanismos que nos permitan responder por nosotros mismos y de manera más
cotidiana a los mandatos constitucionales que tenemos como cuerpo deliberativo.
En el entendimiento de que este
proyecto de resolución no hace más que confirmar nuestro rol en la realización
como Estado de los derechos fundamentales de todos y todas las personas que
habitan en nuestro país, aportando a una democracia participativa y sólida,
solicitamos a nuestros pares la aprobación de esta iniciativa.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
PEREZ, ADRIAN | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
RODRIGUEZ, MARCELA VIRGINIA | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
REYES, MARIA FERNANDA | CIUDAD de BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI - GEN - UPT |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO (Primera Competencia) |