PROYECTO DE TP
Expediente 2673-D-2013
Sumario: DECLARAR DE INTERES DE LA H. CAMARA EL "PLENARIO NACIONAL DE PROFESIONALES DE TURISMO DE LA REPUBLICA ARGENTINA", A REALIZARSE EL DIA 5 DE JULIO DE 2013 EN LA CIUDAD CAPITAL DE LA PROVINCIA DE MENDOZA.
Fecha: 03/05/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 41
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Declarar de Interés Turístico de esta
Honorable Cámara el "Plenario Nacional de Profesionales de Turismo de la
República Argentina", a realizarse el día 5 de julio de 2013 en la Ciudad de
Mendoza.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Las actividades turísticas en nuestro
país, han crecido significativamente en los últimos años, y con el adecuado marco
normativo a partir de la Ley Nacional de Turismo Nº 25997 que establece el Plan
Estratégico de Desarrollo Turístico 2020, por la intensa promoción e inversión
tanto de la actividad privada como del mismo Estado.
Acompañando a ello fueron
aparecieron una importante cantidad de casas de estudio formadoras en todo el
país, que imparten conocimientos técnicos y científicos a la capacitación de los
distintos profesionales de la actividad turística en todos sus niveles y
especialidades.
Los organismos internacionales --
entre ellos la Organización Mundial del Turismo (OMT)-- insisten permanentemente
en la importancia de garantizar la profesionalización de la actividad, ya que ella es
una gran dinamizadora en las economías regionales y de las naciones y redunda
en forma directa en la preservación del medio ambiente, el cual recibe los
impactos minimizados debido a la contribución de dichos profesionales para su
mantenimiento.
Las actividades profesionales deben
ser garantizadas, evaluadas y controladas por quienes cuenten con el conocimiento
técnico y científico correspondiente, con el objeto de garantizar estándares de
calidad acordes a las realidades actuales.
El diseño curricular y caracterización
de los perfiles profesionales en Turismo debe estar acorde a las líneas
internacionales y nacionales que diseña el plan estratégico, por lo que la
evaluación y un profundo tratamiento de este tema; es un punto estratégico para
la prestación de servicios turísticos de calidad, pero sustancialmente para
consolidar y fortalecer el desarrollo turístico sustentable y con inclusión
social.
Las Entidades que agrupan
profesionales en todo el territorio nacional tienen como finalidad la defensa, el
progreso y la jerarquización de la profesión, tendientes a asegurar la calidad y la
sustentabilidad del sector; tender a la regulación del ejercicio profesional de los
"Profesionales en Turismo", se abocan también a mejorar el desempeño de sus
fines y velar por el desarrollo social y humano de las personas que componen el
universo de los profesionales de turismo.
Actualmente en diversas provincias de
la republica Argentina, se llevan a cabo acciones concretas de los profesionales con
el fin de iniciar los procesos provinciales de colegiación; ante la expansión de la
actividad y la necesidad de que los actores directos asuman obligaciones y
responsabilidades formalmente, se hace imprescindible evaluar y analizar el
contenido curricular y científico y el desempeño profesional de todos los argentinos
que concluyeron las etapas de formación como de todas aquellas curriculas que
actualmente están en vigencia en las casas de estudios. Asimismo se hace
prioritario redefinir y actualizar a los fines de reinsertar nuevas prácticas
profesionales al sector acordes a los requerimientos contemporáneos y futuros que
se vislumbran en la actividad.
Los profesionales necesitan tener
tiempos y espacios formales de análisis, evaluación y propuestas sobre este tema
central hacia las autoridades, empresarios, prestadores, dirigentes y casa de
estudios que componen el sector turístico en su conjunto para aportar al desarrollo
adecuado de la actividad; delimitando claramente los ámbitos de aplicación, el uso
del título, el acceso a las habilitaciones, los derechos, deberes y prohibiciones de
los profesionales en turismo entre otros aspectos que conformarán la herramienta
necesaria para el desempeño de la profesión.
Los Plenarios son parte de una
metodología vigente para actuar, ante la urgencia, como órgano de consulta y
asesoramiento de organismos públicos y privados sobre aspectos técnicos -
profesionales de la actividad turística, la cual abarca un sinnúmero de
especialidades tan disimiles como cautivantes.
El Poder Legislativo, es el espacio
natural de los ciudadanos con el que se interactúa con el Estado, para el diseño y
creación de instrumentos que pregonen actos tendientes a la jerarquización de la
profesión y su actividad.
Fundamentos Jurídicos / Legales
Hay copiosa legislación en la que se
reconoce el ejercicio de la profesión turística como necesario para el desarrollo del
sector. La ley 18829, el Decreto 2182/72, las abundantes resoluciones de la
Secretaría de Turismo de la Nación, de las cuales destacamos la 763/92, que al
decir del Dr. Diego Benítez, mereció destacados comentarios del mundo
jurídico, la Resolución 752/84 y muy recientemente, la Ley Nacional de Turismo,
25997.
La asignación de responsabilidades y
obligaciones formalmente se funda en entre otras cosas en estas consideraciones:
"...una cosa es la economía del turismo como estuvimos escuchando, el marketing,
pero otra cosa es el respeto de los derechos de los turistas. Porque un turista
puede sentirse muy cómodo, puede sentirse en los mejores hoteles, pero una de
las cosas fundamentales es que sienta respeto por sus derechos. La jurisprudencia
que nosotros volcamos acá y que sigue saliendo demuestra que se violan
constantemente los derechos de los turistas en la Argentina. Esta es una realidad
absolutamente incontestable desde los tribunales. Eso significa que tenemos que
empezar a hablar de la responsabilidad frente a los turistas, la responsabilidad de
los profesionales, la responsabilidad de los empresarios, la responsabilidad de los
políticos" (Dr. Carlos Ghersi - I Convención del Foro de Profesionales en Turismo -
2003)
El turismo, si bien es mentado reiteradamente, aún por la Organización
Mundial de Turismo como una industria, pertenece sin duda al sector terciario, de
los servicios. En ellos, la calidad es un componente esencial que recorre todas las
disciplinas involucradas en su prestación, lo que requiere una alta capacitación de
los recursos humanos involucrados. La Argentina ha sido pionera en la creación de
carreras universitarias mediante las cuales se formaron generaciones de
profesionales del turismo.
Es de destacar que en los comienzos
del trazado de una política turística nacional, las profesiones tradicionales
cumplieron el rol de mentoras y planificadoras de los principales desarrollos
turísticos, así como de docentes en las carreras de turismo en todo el país, tanto
de régimen privado como del público. Poco a poco los licenciados en turismo
comenzaron a abrirse camino y a afianzarse mediante la experiencia, a lo largo de
los años, como una profesión que ha madurado y debe liderar los procesos de
desarrollo turístico acompañado por otras profesiones. Río Negro, Misiones, La
Rioja, Jujuy y Tucumán cuentan con Colegios de Profesionales en Turismo creados
por leyes provinciales. Estas provincias, en ejercicio de facultades no delegadas a
la Nación, han resuelto regular el ejercicio de la profesión en turismo. La formación
de un Colegio implicaría el reconocimiento por parte de la sociedad, de la función
social del Profesional en Turismo. Precisamente, el sentido de la obligatoriedad en
cuanto a la matriculación, está fundado en que la profesión afecta los derechos
fundamentales de las personas y se ejerce bajo el principio de sometimiento a su
ciencia y conciencia.
Obviamente, el vislumbrar la
creación de colegios de profesionales en turismo, genera resistencia. El
reconocimiento de las atribuciones a nuevos profesionales, por aplicación de los
principios propios del sistema, que tiende a la exclusividad del ejercicio, se hace a
su costa, de manera que se pierde la posibilidad de actuación en un sector o
tienen que compartir competencias que antes monopolizaban.
En la profesión en turismo está en
juego el derecho de las personas a tener acceso al empleo de su tiempo libre para
fines de ocio y viajes. El Código de Ética de la Organización Mundial del Turismo,
entidad integrante de la Organización de Naciones Unidas, del cual forma parte la
Argentina, exige al profesional en turismo ser veraz en la información sobre los
lugares de destino y las condiciones de viaje, el estricto cumplimiento de los
contratos, velar por la seguridad y la prevención de accidentes, la protección
sanitaria y la higiene alimentaria de quienes recurran a sus servicios; preocuparse
por la existencia de seguros y sistemas de asistencia adecuados. El Código
contempla asimismo que el profesional contribuya al pleno desarrollo cultural y
espiritual de los turistas y que permita el ejercicio de sus prácticas religiosas
durante los desplazamientos. Igualmente, que se imponga limitaciones cuando sus
actividades se ejerzan en espacios particularmente vulnerables.
Es por todo lo anteriormente
expuesto, que solicito a mis pares me acompañen en este proyecto de
resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
GONZALEZ, JUAN DANTE | MENDOZA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
TURISMO (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
29/05/2013 | DICTAMEN | Aprobado por unanimidad con modificaciones en los términos del articulo 114 del reglamento de la H. Cámara |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 2024/2013 | CON MODIFICACIONES; ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION, BAE 13/2013 | 05/06/2013 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | APROBACION ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H CAMARA DE DIPUTADOS; COMUNICADO EL 28/06/2013 | APROBADO |