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PROYECTO DE TP


Expediente 2664-D-2007
Sumario: INCLUSION DE ALUMNOS CON NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES- NEE - EN EL SISTEMA EDUCATIVO COMUN, ADAPTACION EDILICIA DE LAS ESCUELAS INTEGRADORAS.
Fecha: 05/06/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 63
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


ARTICULO 1º: La presente ley tiene por objeto la inclusión obligatoria en la Educación Común a los alumnos con NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES (NEE), garantizando la continuidad en el Sistema Educativo.
CAPITULO II
INTEGRACION
ARTICULO 2º: Intégrese a los alumnos con NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES (NEE) en los niveles físico, funcional y social. Entendiendo por integración física el espacio compartido, integración funcional la disposición de los medios y recursos existentes, e integración social la que se produce por interacciones espontáneas y vínculos afectivos.
ARTICULO 3º: Reemplácese la denominación de ESCUELA COMÚN por ESCUELA INTEGRADORA, las que deberán ser asistidas por el asesoramiento de un Gabinete Pedagógico interdisciplinario idóneo para tal fin.
ARTICULO 4º: Créanse y/o restitúyanse los Gabinetes Pedagógicos Interdisciplinarios a fin de garantizar la asistencia formal y continúa del proceso de enseñanza - aprendizaje de los alumnos con NECESIDADES EDUCATIVAS ESPECIALES (NEE).
ARTICULO 5º: Adáptese ediliciamente la ESCUELA INTEGRADORA a los requerimientos físicos de los alumnos con NEE.
ARTICULO 6º: Impleméntese en las Escuelas Integradoras las siguientes modalidades de funcionamiento:
- Sala Común sin asesoramiento especial.
- Sala Común con asesoramiento especial.
- Tutorías.
- Consultorías.
ARTICULO 7º: Impleméntese en las ESCUELAS INTEGRADORAS un registro de los acuerdos o convenios entre padres de alumnos con NEE, Institución y familia. Los mismos contendrán la información de los avances y/o retrocesos aportados por los docentes y especialistas que asistan a dichos alumnos.
ARTICULO 8º: Capacítese a los docentes en todos los niveles y modalidades, a fin de garantizar la continuidad en el proceso enseñanza - aprendizaje de los alumnos con NEE.
ARTICULO 9º: Inclúyase en los Planes de Estudio del Profesorado de Magisterio los contenidos necesarios a efecto de cumplimentar la capacitación docente para lograr la integración.
CAPITULO III
RECURSOS PRESUPUESTARIOS
ARTICULO 10º: Facultase al Poder Ejecutivo a reasignar las partidas presupuestarias necesarias para el cumplimiento de los objetivos previstos en la presente Ley.-
ARTICULO 11º: De forma.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La Educación es el pilar fundamental de toda Nación, y debe ser integradora ante el principio de igualdad como derecho inalienable de los ciudadanos.
Este proyecto de Ley se funda ante todo en el Capítulo I "Declaraciones, Derechos y Garantías" de Nuestra Constitución Argentina, en cuyo Artículo Nº:14 expresa": Todos los habitantes de la Nación gozan de los siguientes derechos, conforme a las leyes que reglamentan su ejercicio: de trabajar y ejercer................, de enseñar y aprender"
Los habitantes de la República Argentina tienen idéntica dignidad social y son iguales ante la ley, la que da igualdad de oportunidades y es aplicada de manera uniforme para todos. El Estado debe instrumentar políticas de prevención, protección, rehabilitación e integración de los discapacitados físicos y mentales, incluidas las acciones que apunten a la toma de conciencia de la sociedad respecto de los deberes de solidaridad para con ellos.
Este proyecto de Ley prevé la Capacitación y Actualización del docente, más aun cuando se pretende integrar a los alumnos con Necesidades Educativas Especiales cuyas patologías son muy diversas, El Estado atiende el perfeccionamiento profesional permanente del docente a través de equipos interdisciplinarios de actualización y capacitación docente, integrados por especialistas en ciencias, artes y filosofía.
Se legisla en general para la "Educación Común" y para la "Educación Especial" omitiendo en todo su articulado la legislación correspondiente para aquellos alumnos con Necesidades Educativas Especiales.
El Estado Nacional debe comprometerse con este desafío, como así también los docentes para comprender que el mismo no abarca solo lo pedagógico sino también lo humano y afectivo.
Si tenemos en cuenta los parámetros "normales" de la Educación Común, deberían excluirse de la misma no solo a los alumnos con NEE considerados por debajo de esa llamada normalidad, sino también a aquellos que están por encima llamados alumnos Índigos. Tanto unos como otros tienen capacidades diferentes que necesitan adecuación al proceso de enseñanza - aprendizaje y a la metodología a aplicar.
Es un derecho de los educandos "en condiciones de hacerlo" acceder a una educación común y una obligación del Estado hacer que esto se cumpla y que no sean solo renglones escritos dentro de una ley.
Debemos revalorizar la Educación y la labor docente que comprende también atender aquellas diferencias individuales para lo cual están preparados, ejerciendo así una labor integradora.
Por todo lo expuesto y dada la relevancia del tema, es que solicito a los Señores Legisladores me acompañen en el presente proyecto.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
MARINO, ADRIANA DEL CARMEN SAN JUAN FRENTE PRODUCCION Y TRABAJO
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
EDUCACION (Primera Competencia)
DISCAPACIDAD
PRESUPUESTO Y HACIENDA