PROYECTO DE TP
Expediente 2656-D-2014
Sumario: BEBIDAS ANALCOHOLICAS, GASEOSAS O NO, DE FABRICACION NACIONAL. SE PROHIBE ESTABLECER UNA ALICUOTA DIFERENCIAL POR EL ENDULZANTE QUE UTILICEN.
Fecha: 21/04/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 29
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1.- No podrán
establecerse alícuotas diferenciales a las bebidas analcohólicas, gaseosas o
no de fabricación nacional, en razón del endulzante que utilicen.
Artículo 2.- Comuníquese
al Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
En la Cámara de Diputados se
hallan en trámite sendos proyectos de modificación de la ley de impuestos
internos (Expedientes 2872-D-2013 y 6703-D-2013) de los cuales se
infiere una palmaria inequidad en ambas dos iniciativas.
En los proyectos presentados
se plantea establecer alícuotas diferenciales a las bebidas sin alcohol,
según sea el endulzante que utilicen. Esto implicaría favorecer
injustamente a un sector (mosto proveniente de la industria vitivinícola) en
detrimento de otros (industria azucarera, industria de la fructosa y demás
endulzantes artificiales, incluido el stevia).
Ambos proyectos alegan
proteger una economía regional, pero lo hacen en desmedro de una
industria eficiente, competitiva y de alto valor agregado como lo es la de la
molienda húmeda de maíz. De hecho, fábricas de fructosa ubicadas en
Baradero y Chacabuco (provincia de Buenos Aires), Villa Mercedes
(provincia de San Luis), Arroyito (provincia de Córdoba), Lules (provincia
de Tucumán) y Carcarañá y Esperanza (provincia de Santa Fe) se verían
afectadas y correrían un serio riesgo de supervivencia. Si bien se ayudaría
a un producto natural, como lo es el mosto, se perjudicaría a otro también
natural, como lo es la fructosa.
Si prospera el proyecto de ley
que impulsan las provincias de San Juan y Mendoza para obligar a las
bebidas colas a utilizar mosto de uva para endulzar sus productos, unas
100.000 toneladas de azúcar se quedarían sin mercado. La iniciativa que
hoy mantiene en vilo a la industria azucarera tucumana pretende
modificar un artículo de la Ley Nacional de Impuestos Internos para elevar
de un 8% a un 28% el tributo sobre las bebidas analcohólicas, gaseosas o
no, entre las que se encuentran las elaboradas con azúcar. En cambio,
apunta a reducir el impuesto para las bebidas que utilicen el mosto
derivado de la uva o la manzana, de un 4% a un 2,8%. Sectores de
Mendoza y San Juan presionan para que la ley se apruebe este año y,
como estrategia, ya acordaron destinar un 18% de su producción
vitivinícola a la elaboración de mosto.
La propuesta pretende generar
un impuesto interno mayor para las bebidas endulzadas con azúcar, lo
que significará más inflación que deberán soportar los argentinos. Y todo
esto es para que las provincias productoras de vino puedan colocar el
mosto de uva, que tiene en el mundo un precio muy superior al del
azúcar.
Sin imponer tratamientos
especiales, este proyecto garantiza la competencia en igualdad de
condiciones todos los productos naturales. No puede soslayarse, que la
línea de productos del sector que intenta ser desfavorecido con los
proyectos ut supra indicados, son principalmente el azúcar de caña y los
jarabes de maíz de alta fructosa (JMAF). Su destino principal son las
gaseosas (bebidas carbonatadas) y aguas saborizadas). Este destino
representa alrededor del 45 % de las ventas del sector. Es un mercado
altamente competitivo, la fructosa representa a nivel país casi la mitad de
los endulzantes empleados en las bebidas gaseosas, con un volumen de
aproximadamente 500 mil toneladas por año. El resto se endulza con
azúcar de caña y edulcorantes hipocalóricos (sacarinas, ciclamatos,
aspartame, acesulfame, sucralosa y stevia).
En la elaboración de las
bebidas sin alcohol se usan distintos endulzantes:
Energéticos o calóricos, unas
700 mil ton/año, de las que
Fructosa de maíz 400 mil
Azúcar de caña 300 mil
Hipocalóricos o sintéticos,
unas 150 mil ton/año (medidas como equivalente en azúcar)
Son sacarinas, ciclamatos,
aspartamo, acesulfame, sucralosa, stevia, etcétera.
La fructosa y el azúcar son de
producción nacional, no asi la sacarina, ciclamato, aspartamo, acesulfame
y sucralosa que son importados en su totalidad.
No se emplea jugos de frutas
(mosto de uva, jugo de manzana o pera, etc.) en la elaboración de bebidas
gaseosas. El mosto no ha sido nunca empleado para endulzar bebidas
gaseosas y no se conoce entre los fabricantes de esas bebidas la aptitud
del mosto para su uso en las gaseosas. El costo del mosto lo hace no
competitivo frente a los demás endulzantes.
Desde hace más de 30 años se
conserva el régimen impositivo actual, que mantiene tasas iguales entre
los distintos endulzantes. Sólo establece diferencias para el caso de usar
"jugos naturales de fruta provenientes del mismo género botánico del
sabor sobre cuya base se vende el producto a través de su rotulado o
publicidad".
La facturación anual de las
empresas del sector de la molienda húmeda de cereales asciende a
aproximadamente 5.500 millones de pesos, con un consumo de maíz de
1,5 millones de toneladas, lo cual representa una cuarta parte del
consumo del grano comercializado en el mercado interno.
Las inversiones ascienden a
700 millones de dólares ya instalados y otros 100 millones de la misma
moneda, en proyectos en desarrollo. El sector exporta anualmente por 80
millones de dólares, ocupa a 2000 personas y es una actividad antigua con
arraigo de muchos años, ya que la primera fábrica se instaló hace 86 años
en Baradero.
La producción de fructosa
genera un importante valor agregado zonal o en origen, el proceso
transforma el maíz, que tiene un precio inferior a los 200 dólares/tonelada
en fructosa que vale alrededor de 500 dólares/tonelada.
Los productos son: fructosa
(JMAF), almidones comunes y modificados, glucosas, maltodextrinas,
dextrinas, adhesivos vegetales, colorante caramelo, jarabes para
cervecería, dextrosa cristalina, gluten meal, gluten feed y aceite de maíz.
Los principales mercaos son: en la alimentación (gaseosas, jugos, cervezas,
licores, dulces y mermeladas, alimentos para bebés, conservas, golosinas,
etc.); en la industria del papel, del cartón corrugado, textil, petróleo y
minería. También en la nutrición animal.
Con sustento en la propia
Constitución Nacional (arts. 10 y 14) y de los principios de igualdad ante la
ley y no confiscatoriedad, como el de no establecer impuestos distorsivos o
confiscatorios, propiciamos la aprobación de la presente ley para que sean
de interés nacional desde el punto de vista económico y productivo ambas
industrias, la de la molienda húmeda de cereales, como la del mosto
proveniente de la vitivinicultura, sin desmerecer a la de la del azúcar de
caña, evitando así establecer alícuotas diferenciales a las bebidas sin
alcohol ni discriminarlas en razón del endulzante que utilicen.
Este proyecto está inspirado en
el bien común, buscando el equilibrio entre intereses contrapuestos. No se
trata, el arte de gobernar, de otorgar ventajas y desventajas, sino de hallar
la equidad. Para este proyecto, es tan válido y legítimo el trabajo regional
de Mendoza y San Juan, como el de la Provincia de Buenos Aires,
Tucumán o San Luis. Todos merecen tutela y la vara más apta es la
igualdad de tratamiento.
Por lo expuesto solicito el
respaldo para esta iniciativa de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
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ASSEFF, ALBERTO | BUENOS AIRES | UNIR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia) |