PROYECTO DE TP
Expediente 2646-D-2012
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO NACIONAL SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON EL CONSEJO NACIONAL DE LAS MUJERES, DEPENDIENTE DEL CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS SOCIALES.
Fecha: 02/05/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 39
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar a la Presidencia de la
Nación para que, respecto del Consejo Nacional de las Mujeres, dependiente del
Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales, informe:
1) Si el Consejo Nacional de
las Mujeres se encuentra tomando a su cargo la tarea que le fuera
encomendada como organismo rector encargado del diseño de las políticas
publicas para lograr los objetivos y hacer efectivas las disposiciones contenidas
en la ley 26.485 sancionada el 11 de marzo de 2009.
2) Si de conformidad con lo
previsto en la mencionada ley 26.485 respecto de las obligaciones impuestas al
Consejo Nacional de las Mujeres, el mismo ha creado y puesto en marcha el
Plan Nacional de Acción para la Prevención, Asistencia y Erradicación de la
Violencia contra las Mujeres; en su caso, cuales son las características del
mismo, iniciativas que contiene y objetivos cumplidos a la fecha. Asimismo,
respecto del mismo plan si se han llevado a cabo por parte del Consejo las
tareas encomendadas al mismo conforme los incisos 1 a 4 del Decreto 1011/10.
En caso negativo, explique razones.
3) Si el Consejo Nacional de
las Mujeres ha cumplido a la fecha con la articulación y coordinación de las
acciones para el cumplimiento de la ley 26.485 con las distintas áreas
involucradas a nivel nacional, provincial y municipal, y con los ámbitos
universitarios, sindicales, empresariales, religiosos, las organizaciones de
defensa de los derechos de las mujeres y otras de la sociedad civil. En su caso
explique cuales han sido esas acciones, con que áreas y/o ámbitos se han
desarrollado; y cuales han sido los objetivos trazados y efectivamente
cumplidos.
4) Si en el marco de los
dispuesto por el articulo 9 inciso c) de la ley 26.485, el Consejo Nacional de las
Mujeres ha convocado y constituído el Consejo Consultivo Ad Honorem
integrado por representantes de las organizaciones de la sociedad civil y el
ámbito académico especializadas, cuya función sea la de asesorar y recomendar
sobre los cursos de acción y estrategias adecuadas para enfrentar el fenómeno
de la violencia. En su caso, cuales han sido esas organizaciones, y que tareas
ha desarrollado a la fecha el consejo consultivo mencionado, y objetivos
trazados y cumplidos por el mismo. Asimismo, informe que opiniones ha
elevado el Consejo Consultivo mencionado. En caso de no haberse constituído
el mismo, explique razones.
5) Si a través del Consejo
Nacional de las Mujeres se ha promovido la creación de servicios de asistencia
para las mujeres victimas de violencia; y en su caso que servicios y en que
jurisdicciones existen con la promoción activa del Consejo, y características de
los servicios que brindan los mismos. Especifique, en su caso, si los mismos
brindan asistencia integral y gratuita. En caso de que no se hayan promovido
servicios de asistencia, explique razones.
6) Si se han desarrollado
programas de asistencia técnica para las distintas jurisdicciones destinados a la
prevención, detección precoz, asistencia temprana, reeducación, derivación
interinstitucional y a la elaboración de protocolos para los distintos niveles de
atención. En su caso, que características y contenidos tiene esos programas; en
que jurisdicciones funcionan y cuales han sido los objetivos alcanzados. En caso
negativo, explique razones.
7) Si el Consejo Nacional de
las Mujeres brinda capacitación, formación y entrenamiento en la temática de
violencia de genero hacia las mujeres, dirigida a funcionarios públicos en el
ámbito de la justicia, las fuerzas policiales y de seguridad, y las fuerzas
armadas. En su caso, en que instituciones se han llevado a cabo las mismas;
con que periodicidad en cada una de ellas; y cuales son los lineamientos
básicos que abordan en general y en relación a la especificidad de cada área de
actuación.
8) Si el Consejo Nacional de
las Mujeres coordina la formación especializada en materia de violencia contra
las mujeres en el ámbito legislativo, destinada a legisladores/as y asesores/as;
y en su caso cuales han sido esas iniciativas de formación, trazadas y
concretadas.
9) Si el Consejo Nacional de
las Mujeres ha diseñado e implementado Registros de situaciones de violencia
contra las mujeres de manera interjurisdiccional e interinstitucional; y en su
caso desde cuando funcionan los mismos; cuales son los datos que dicho
registro arroja; que políticas y/o iniciativas han sido creadas en función de los
datos analizados provenientes de los registros y cuales de ellas se encuentran
alcanzadas en su caso.
10) Cuales son los datos que
arroja el Observatorio de Violencia contra las mujeres que funciona en el
ámbito del Consejo Nacional de las Mujeres, desde su funcionamiento, y cuales
son las fuentes monitoreadas por dicho observatorio.
11) De que manera se cumple
la publicación de la Guía Nacional de recursos y servicios de atención en
violencia; especificando jurisdicciones, instituciones, publicas y/o privadas
donde se realiza, como asimismo todo otro lugar y modalidad a través de la
cual se efectúa la publicación de la misma.
12) Si se ha implementado a
través del Consejo Nacional de las Mujeres una línea telefónica gratuita,
destinada a dar contención, información y asesoramiento en cuanto a recursos
en materia de prevención de la violencia contra las mujeres y asistencia; y en
su caso, cual es ella, desde cuando funciona; que información brinda y cuales
son los datos estadísticos que arroja.
13) Cuales son las campañas
de sensibilización y concientización sobre la violencia contra las mujeres que ha
desarrollado el Consejo Nacional de las Mujeres desde la sanción de la ley
26.485; y en su caso con que periodicidad se han desarrollado, por que medios
y las características de las mismas.
14) Cuales son los informes y
conclusiones a los que ha arribado, en materia de violencia hacia las mujeres
y/o discriminación hacia las mismas, el Observatorio de la discriminación en
Radio y Televisión, que entre otros organismos es integrado por el Consejo
Nacional de las Mujeres, y que monitorea el formato y contenido de las
publicaciones de radio y televisión, como así mismo publicidades en los mismos
medios.
15) Cual es el presupuesto
con que cuenta el Consejo Nacional de las Mujeres; como se ha ejecutado el
mismo hasta el momento, y en que proporción.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La violencia contra las mujeres en
razón de las desigualdades de genero, es un flagelo que ya es considerado a
nivel mundial, de características epidémicas. Nuestro país no es por supuesto la
excepción, poniéndose de manifiesto ello en una creciente cantidad de
denuncias ante los organismos pertinentes efectuadas por mujeres de todas las
provincias, y de todas la clases sociales.
Por su parte, el femicidio, como se
califica al asesinato de una mujer por su condición de genero y como
consecuencia de la violencia de genero, es precisamente la más terrible y
extrema expresión de esa violencia, y es de resaltar que a él se llega en la
mayoría de los casos, sino en todos, como culminación de una historia previa y
repetida de violencia de la cual la mujer ha sido victima. Sobre todo cuando se
trata del femicidio dentro de los vínculos más cercanos de la mujer.
En este sentido, digo que estos
femicidios pueden ser evitados, en su mayoría, si la violencia es atendida a
tiempo, y de la manera integral que requiere.
Pero además, es necesario y
urgente atender a estas situaciones de violencia, como dije crecientes, pues es
deber del estado argentino garantizar a las mujeres sus derechos humanos
básicos, entre los que se encuentran, el derecho a vivir una vida libre de toda
violencia, el derecho a la libertad, el derecho a la autonomía, el derecho a la
salud integral, entre otros.
Para adecuar nuestra legislación
vigente a los tratados internacionales y regionales suscriptos por nuestro país
(Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra
la mujer CEDAW, 1979; y Convención interamericana para prevenir, sancionar y
erradicar la violencia contra la mujer (Convención de Belem de Pará, 1994)), en
materia de discriminación y violencia contra las mujeres, este Congreso ha
sancionado la ley 26.485 del año 2009 llamada "De protección integral para
prevenir, erradicar y sancionar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en
que desarrollen sus relaciones interpersonales", que ha significado un
importante avance en la materia.
No solo porque puso en evidencia
que la violencia de genero atraviesa una cantidad amplia de modalidades y
tipos, y no solamente la violencia domestica como era tenida en cuenta por la
legislación anterior, sino que además, ha dispuesto un extenso e integral elenco
de políticas publicas que deben ponerse en practica a los fines de prevenir,
erradicar y atender la violencia contra las mujeres.
El diseño, implementación,
seguimiento y coordinación de esas políticas, como asimismo, la generación y
obtención de datos estadísticos para contribuir al armado de estas políticas fue
encomendado por la ley al Consejo Nacional de las Mujeres, que debe cumplir
este rol fundamental.
La importancia central del
desarrollo de estas políticas a través del Consejo, consiste nada más ni nada
menos en atender el problema de la violencia de modo integral,
interdisciplinario, interinstitucional e interjurisdiccional, de manera de concretar
en la realidad la erradicación y prevención de la violencia y asegurar una vida
libre de ella a las mujeres.
Por ello, resulta necesario conocer
cual ha sido desde la sanción de la ley el trabajo que ha cumplido el Consejo
Nacional de las Mujeres como órgano rector de la ley 26.485, de modo de
advertir los avances obtenidos y poner atención en las tareas aún
pendientes.
Por todo lo expuesto, es que
solicito la aprobación del presente Proyecto de Resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
DONDA PEREZ, VICTORIA ANALIA | BUENOS AIRES | LIBRES DEL SUR |
RIESTRA, ANTONIO SABINO | SANTA FE | UNIDAD POPULAR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA (Primera Competencia) |