PROYECTO DE TP
Expediente 2643-D-2006
Sumario: EXPRESAR PREOCUPACION POR ALGUNAS DE LAS PROPUESTAS DEL PLAN NACIONAL CONTRA LA DISCRIMINACION, DECRETO 1086/05.
Fecha: 18/05/2006
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 53
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
Su preocupación por algunas de las propuestas del Plan Nacional contra la Discriminación instrumentado por el Decreto 1086/2005 que afectan el derecho a la vida o que proponen un reconocimiento legal de las uniones de personas del mismo sexo, contradiciendo la Constitución Nacional que ampara tanto a la vida desde su concepción, como a la familia fundada en el matrimonio del varón y la mujer.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El Decreto 1086/2005 que aprueba el Plan Nacional contra la Discriminación, ha provocado el rechazo de amplios sectores de la sociedad argentina porque se ha recurrido a un lenguaje confuso que puede dar lugar a todo tipo de interpretaciones., muchas de ellas pueden resultar en violaciones al derecho a la vida de las personas por nacer o al derecho a la integridad física, ambos amparados por nuestra Constitución Nacional. Asimismo en sus propuestas desdeña el derecho primario de los padres a la educación sexual de sus hijos, propone la unión civil de parejas del mismo sexo, aconseja la revisión de la Ley de Ejercicio de la Medicina para legalizar el cambio de sexo. No solamente transgrede la normativa vigente sino que orienta a que se produzca un cambio profundo en la mentalidad y en la realidad social argentinas.
Por coincidir totalmente con las reflexiones de la 143° reunión de la Comisión Permanente Conferencia Episcopal Argentina las transcribimos:
El Decreto 1086/2005, aprobó el documento titulado "Hacia un Plan Nacional contra la Discriminación"- La discriminación en la Argentina. Diagnóstico y Propuestas". Se trata de un extenso y complejo texto, que aborda una enorme variedad de materias y se presenta vinculado con la Declaración y el Programa de Acción de la III Conferencia Mundial contra el Racismo, la Discriminación racial, la Xenofobia y las formas conexas de intolerancia.
Manifestamos con firmeza que "toda forma de discriminación en los derechos fundamentales de la persona, ya sea social o cultural, por motivos de sexo, raza, color, condición social, lengua o religión, debe ser superada y eliminada por ser contraria al designio divino" (Concilio Vaticano II, Constitución sobre la Iglesia en el mundo actual, GS 29). Por ello valoramos el propósito de desterrar toda forma de discriminación y el esfuerzo desarrollado por quienes han elaborado el documento.
El trabajo para eliminar toda discriminación se ha de fundamentar en dos grandes principios: la dignidad de cada persona y la unidad del género humano en su origen y en su vocación. De ellos brota el compromiso por edificar una convivencia que no se reduzca a una mera "tolerancia" sino que esté animada por un amor sin ninguna "acepción de personas" St 2,1)
Firmes en este compromiso y destacando que la tarea de luchar contra la discriminación ha de involucrarnos activamente a todos, nos vemos en la obligación de precisar que el documento "Hacia un Plan Nacional contra la Discriminación" contiene afirmaciones y propuestas que no se corresponden con tal objetivo, por cuanto reflejan una concepción de la persona y la familia de un acentuado individualismo, que desfigura la vocación comunitaria del ser humano. En particular, nos referimos a la gravedad de las propuestas contenidas en el mismo que afectan el derecho a la vida - que es el primero de los derechos humanos-, la institución matrimonial, la dignidad de la mujer y la libertad religiosa.
El referido documento utiliza de una manera ambigua el concepto "discriminación". De este modo llegarían a imponerse criterios que no reconocen la dignidad y la valiosa complementariedad del ser humano: varón y mujer. El uso tan equívoco del término "discriminación" podrá servir para acusar de intolerantes a quienes no coincidan con las perspectivas que se proponen. Cabe señalar que "el no discriminar" no equivale a "igualar" silenciando el relieve propio de las legítimas diversidades.
Desde el ángulo constitucional, las propuestas que afectan el derecho a la vida o que proponen un reconocimiento legal de las uniones de personas del mismo sexo, contradicen la Constitución Nacional que ampara tanto a la vida desde su concepción, como a la familia fundada en el matrimonio del varón y la mujer.
Por otra parte, contiene afirmaciones discriminatorias hacia los argentinos del interior del país. Dichas afirmaciones responden a lo que suele llamarse discriminación "liberal", mencionada en el documento, En efecto, se da a entender, por ejemplo, que las provincias deberían importar el modelo cultural del Código de convivencia urbana o de la Ley de unión civil del mismo sexo, que rigen en la ciudad de Buenos Aires.
Asimismo , existen pasajes en el referido documento que aluden a la historia de la Iglesia Católica en la Argentina y no son fieles a la verdad, soslayando las distintas contribuciones que los hijos e hijas de la Iglesia han realizado a favor de la no discriminación de las personas en el proceso de conformación de nuestro país.
Con la intención de un Plan Nacional contra la Discriminación, se estaría imponiendo por Decreto a la sociedad argentina una ideología de construcción cultural que discrimina la natural y legítima ecología humana, prescinde de una comprensión federal de las diversidades, y potencia un arbitrario individualismo que diluye la vocación y el compromiso social de las personas. De persistir en su actual redacción, denunciamos que el Plan contradice los objetivos que postula alcanzar.
Por todo lo expuesto solicito la aprobación de este proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
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DE MARCHI, OMAR | MENDOZA | DEMOCRATA DE MENDOZA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS (Primera Competencia) |
FAMILIA, MUJER, NIÑEZ Y ADOLESCENCIA |