PROYECTO DE TP
Expediente 2636-D-2012
Sumario: PROGRAMA DE CAPACITACION ELECTORAL DE AUTORIDADES DE MESA: CREACION EN EL AMBITO DEL MINISTERIO DEL INTERIOR DE LA NACION.
Fecha: 02/05/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 39
El Senado y Cámara de Diputados...
Programa de
Capacitación Electoral de Autoridades de Mesa
Artículo 1º.- Crease en el ámbito
del Ministerio del Interior el Programa de Capacitación Electoral, destinado a los
alumnos del último año de la educación secundaria o equivalente, de
establecimientos educativos de gestión pública y/o privada.
Artículo 2.- El objetivo del
programa será formar ciudadanos responsables y capacitados para
desempeñarse como autoridades de mesa durante los actos electorales.
Artículo 3º.- La asistencia de los
alumnos al Programa de Capacitación Electoral será voluntaria y lo habilitará a
recibir una certificación que acredite su participación.
Articulo 4º.- Los ciudadanos que
obtengan el certificado de participación al Programa de Capacitación Electoral
podrán ser incorporados al Registro Público de Postulantes a Autoridades de
Mesa.
Artículo 5º.- Los gastos que
demande el cumplimiento de la presente ley serán imputados a la Dirección
Nacional Electoral del Ministerio de Interior.
Artículo 6º.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El articulo 75 bis de la ley 19.945
establece que la Justicia Electoral llevará a cabo la capacitación de autoridades
de mesa, en forma presencial o virtual, debiendo la Dirección Nacional Electoral
del Ministerio del Interior prestar el apoyo necesario.
En este sentido, el Programa de
Capacitación Electoral tiene como fundamento proveer a los jóvenes
ciudadanos y ciudadanas los conocimientos y prácticas para ejercer su pleno
derecho como sujeto cívico-social pero sobre todo otorga garantía y
tranquilidad ciudadana.
El objetivo de este proyecto de ley
es obligar al Estado Nacional, a través del Ministerio de Interior a brindar
formación y capacitación electoral a los alumnos del último año de la escuela
secundaria o su equivalente, de establecimientos públicos y/o privados de todo
el país para desempeñarse como futuras autoridades en los actos
electorales.
Esta capacitación, permitirá un
mejor desarrollo del acto electoral y fundamentalmente del escrutinio; así como
aumentar la responsabilidad ciudadana frente a las elecciones, en especial de
los jóvenes, quienes no sólo serán los futuros electores sino también los futuros
dirigentes políticos.
Con respecto a la asistencia al
programa cabe aclarar que es voluntaria, pero el Registro Público de
Postulantes a Autoridades de Mesa considerará en primera instancia a quienes
hayan asistido al Programa de Capacitación Electoral para integrar la nómina de
presidentes de mesa en caso de los actos electorales.
Consideramos que este proyecto
de ley contribuirá a la necesaria vinculación de los jóvenes con la política.
Promoviendo, desde el Estado, la revalorización de la misma a fin de recuperar
el verdadero sentido que esta debe tener: la consecución del bien común.
Por ello, en virtud de las razones
expuestas, venimos a solicitar a nuestro pares la aprobación del presente
proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
OCAÑA, GRACIELA | BUENOS AIRES | UNIDAD PARA EL DESARROLLO SOCIAL Y LA EQUIDAD |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
ASUNTOS CONSTITUCIONALES (Primera Competencia) |
EDUCACION |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |