PROYECTO DE TP
Expediente 2624-D-2014
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA REGLAMENTAR LA LEY 26045, DE CREACION DEL REGISTRO NACIONAL DE PRECURSORES QUIMICOS.
Fecha: 21/04/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 29
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Dirigirse al Poder Ejecutivo
Nacional para que reglamente la Ley Nº 26.045, Creación del Registro Nacional
de Precursores Químicos, promulgada el 6 de julio del año 2005, en
cumplimiento y de conformidad con lo dispuesto en el inciso 2º del artículo 99°
de la Constitución Nacional y del artículo Nº 20 de la citada Ley que instruye
que la norma empiece a regir a partir de los 60 días corridos de su
publicación.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La Argentina es actualmente uno
de los países con mayor lavado de dinero a la vez de uno de los principales
productores de precursores químicos. Esto evidencia no sólo la falta de control
que existe actualmente, sino también la vulnerabilidad de nuestro país en esta
materia.
De este modo, considero
fundamental que la Argentina emplee los medios necesarios para combatir el
narcotráfico, el cual ha penetrado de manera preocupante a lo largo de los
últimos años en nuestro país.
Es menester que como parlamento
exijamos la reglamentación de las normas que se sancionan, a fin de garantizar
el cumplimiento efectivo de las mismas.
En ese sentido, es fundamental
destacar la importancia que tiene la reglamentación de la Ley 26.045 en lo que
refiere a la lucha contra el narcotráfico y las adicciones. El Estado debe, desde
todos los medios, emplear las herramientas que sirvan a este objetivo.
En vista del objeto de la Ley 26045
es la creación del Registro Nacional de Precursores Químicos, mediante el cual
se debe ejercer el control de la tenencia, utilización, producción, fabricación,
extracción, preparación, transporte, almacenamiento, comercialización,
exportación, importación, distribución o cualquier tipo de transacción con
sustancias o productos químicos autorizados y que por sus características o
componentes puedan servir de base o ser utilizados en la elaboración de
estupefacientes, en adelante denominados precursores químicos a todos los
efectos de la presente ley.
Así, la falta de reglamentación de
la Ley 26045 representa no sólo una falla en el sistema de control y prevención
del narcotráfico, sino que evidencia la falta de compromiso y herramientas
válidas implementadas desde el Poder Ejecutivo Nacional.
Entonces, considero que la
reglamentación de la mentada ley debe ser una prioridad para el Poder
Ejecutivo, a fin de comenzar a brindar respuestas y soluciones eficaces a las
problemáticas que aquejan a nuestro país cada vez con mayor intensidad.
Por todo lo expuesto, solicito la
aprobación del presente proyecto de resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
MAJDALANI, SILVIA CRISTINA | CIUDAD de BUENOS AIRES | UNION PRO |
TONELLI, PABLO GABRIEL | CIUDAD de BUENOS AIRES | UNION PRO |
TRIACA, ALBERTO JORGE | CIUDAD de BUENOS AIRES | UNION PRO |
DURAND CORNEJO, GUILLERMO MARIO | SALTA | CONSERVADOR POPULAR |
ALONSO, LAURA | CIUDAD de BUENOS AIRES | UNION PRO |
MARTINEZ, SOLEDAD | BUENOS AIRES | UNION PRO |
BULLRICH, PATRICIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | UNION PRO |
SCHMIDT LIERMANN, CORNELIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | UNION PRO |
CACERES, EDUARDO AUGUSTO | SAN JUAN | UNION PRO |
GRIBAUDO, CHRISTIAN ALEJANDRO | BUENOS AIRES | UNION PRO |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
PREVENCION DE ADICCIONES Y CONTROL DEL NARCOTRAFICO (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
01/07/2014 | INICIACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |