PROYECTO DE TP
Expediente 2616-D-2007
Sumario: DECLARAR LA EMERGENCIA ENERGETICA POR EL TERMINO DE DOS AÑOS, DEROGACION DE LOS DECRETOS 180/2004 Y 181/2004.
Fecha: 31/05/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 61
El Senado y Cámara de Diputados...
EMERGENCIA
ENERGÉTICA.
Artículo 1.-
Declárase en estado de Emergencia Energética la generación, transporte
y distribución de energía eléctrica en todo el territorio nacional.
Artículo 2.-
Declárase en estado de Emergencia Energética la producción, transporte
y distribución de gas en todo el territorio nacional.
Artículo 3.- La
Emergencia Energética tendrá un plazo de duración de 2 años pudiendo
ser prorrogado por el Poder Ejecutivo Nacional por un mismo
período.
Artículo 4.- Mientras
dure la emergencia, el Poder Ejecutivo Nacional fijará el precio de gas
natural en boca de pozo al que todos los productores deberán vender su
producción. Para fijar este precio deberá tenerse en cuenta los costos de
producción en su exacta incidencia y se aplicará el criterio de
razonabilidad en la retribución a las inversiones y en la repercusión en
las tarifas a los usuarios finales que del traslado de esos precios se
deriven.
Las modificaciones
tarifarias que en más o en menos puedan producirse deberán ser
determinadas únicamente en base a costos locales reales surgidos de
auditorías realizadas por profesionales independientes, y deberán
contemplar también una correcta distribución de los costos conjuntos
del petróleo y del gas por ser productos asociados.
Asimismo el Poder
Ejecutivo Nacional establecerá restricciones de aumento de tarifas a
usuarios de escaso consumo.
Artículo 5.- El Poder
Ejecutivo Nacional fijará montos mínimos de producción a cada
concesionario de forma tal que la oferta de gas satisfaga la
demanda.
Artículo 6.- Mientras
persista la emergencia el Poder Ejecutivo a través de la Secretaría de
Energía determinará y hará públicos los criterios de racionamiento que
aplicará a los sectores industriales, en el suministro a usinas, al GNC y
al sector doméstico, los que estarán regidos por criterios de
equidad.
Artículo 7.- El Poder
Ejecutivo Nacional, a través de la Secretaría de Energía, diseñará un
"Plan Energético Nacional" que contemple objetivos de corto, mediano y
largo plazo, las inversiones necesarias y su financiación.
Artículo 8.- El marco
legal aplicable a la presente ley será la Ley N° 17.319 de Hidrocarburos;
la Ley N° 15.336 Régimen de la Energía Eléctrica; la Ley N° 24.065 y la
Ley Nº 24.076 en lo que no se oponga a la presente.
Artículo 9.-
Deróganse los Decretos Nº 180/2004 y Nº 181/2004.
Artículo 10.-
Comuníquese al Poder Ejecutivo
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Nuevamente presentamos
un proyecto de ley para que se declare el estado de emergencia
energética en todo el territorio nacional.
Ya en el año 2004 tuvimos
esta misma iniciativa parlamentaria, que se expresó a través del Expte.
1749-D-04, de nuestra autoría.
Volvemos sobre el mismo
tema ya que el proyecto presentado en el año 2004 perdió estado
parlamentario por no haber tenido tratamiento en la comisión cabecera
de Energía y Combustibles.
La realidad de Argentina
en cuestión energética no varió desde el 2004 hasta ahora, en todo caso
empeoró...se han hecho muchos anuncios pero la realidad es que las
obras importantes no se han concretado.
Fundamos gran parte de
nuestra posición en el Informe "Evaluación de Riesgos Mediano y Largo
Plazo - Período 2005 - 2007" producido por Cammesa que es sigla con
que se conoce a la Compañía Administradora del Mercado Mayorista
Eléctrico Sociedad Anónima, al que sugerimos remitirse.
Lo venimos diciendo desde
la oposición y todos los especialistas del sector desde antes del 2004:
Argentina entró en una crisis energética de características inusitadas y
estructurales.
No tenemos provisión de
gas natural y como consecuencia no tenemos generación de electricidad
en la cantidad que el crecimiento económico experimentado en nuestra
economía esta demandando.
En nuestra matriz
energética el gas es el combustible con el que se genera el 50% de la
energía eléctrica, por lo tanto al faltar gas, falta electricidad.
Es difícil alcanzar a
comprender la verdadera dimensión del daño que se ha causado y que
hoy estamos comenzando a sufrir los argentinos. En el país en el que
hasta no hace muchos años se venteaba el gas hoy estamos declarando
el estado de Emergencia Energética Nacional.
Tenemos que hacer un
poco de historia. Privatizamos, se sancionaron las leyes marco que
regulan las actividades de la energía eléctrica y del gas.
En el caso de la
electricidad se estableció que el transporte y la distribución tienen
carácter de servicio público. La generación, en cualquiera de sus
modalidades, destinada total o parcialmente a abastecer de energía a un
servicio público se considera de interés general, afectada a dicho
servicio y encuadrada en las normas legales y reglamentarias que
aseguren el normal funcionamiento del mismo.
Con respecto al gas, se
regula el transporte y distribución otorgándoles el carácter de servicio
público nacional, mientras que la producción, captación y tratamiento
son regidos por la Ley Nº 17.319 de Hidrocarburos.
También las leyes
mencionadas crearon, dentro de la órbita estatal, los entes encargados
de controlar que las licenciatarias y concesionarias dieran cumplimiento
a los contratos tanto en lo referente a la prestación del servicio como a
la realización de las inversiones.
A más de 10 años de
iniciado este proceso estamos declarando el estado de Emergencia
Energética Nacional.
Es cierto que el horizonte
de las reservas de gas se redujo notablemente, producto de haberse
exportado a países limítrofes ya que al ser contratos internacionales se
vende a valor dólar, mientras que lo que se destine al mercado interno
se cobra en pesos, y luego de la devaluación de principios de 2002 dejó
de ser un negocio rentable para las empresas.
Y también es cierto que
con el alto nivel de reservas existente al momento de la privatización las
empresas no se preocuparon en explorar para mantener el nivel de
reservas.
Todo indica que no se
apostó a una estabilización y comienzo de recuperación de la economía,
no se previó un aumento de demanda de la magnitud de la actual. Y nos
encontramos frente a una fenomenal desinversión en gasoductos
troncales en el sistema de transporte nacional de gas.
Se hicieron las inversiones
para construir gasoductos para exportar. Entonces, aún teniendo gas,
no tenemos como traerlo desde su lugar de producción a los centros de
consumos que están todos a miles de kilómetros de distancia.
Por eso consideramos que
la crisis es estructural, porque este tipo de obras (la construcción de un
gasoducto) lleva mucho tiempo, no se resuelve en semanas ni
meses.
La red privatizada en 1992
no se amplía en la construcción de gasoductos troncales desde la
entrada en servicio del gasoducto Neuba II en 1988 construido por Gas
del Estado; la gestión privada se limitó en este lapso a ejecutar
ampliaciones poco intensivas de capital
Y sin embargo, la crisis
que hoy enfrentamos no puede tomar por sorpresa a nadie, podríamos
escribir la "Crónica de una Crisis Anunciada".
Dónde estaba el Estado,
representado en los organismos creados específicamente para controlar
que situaciones como las que hoy vivimos no sucedieran nunca?
Ausente.
Por eso nos preguntamos
dónde están las inversiones a las que se comprometieron las empresas
adjudicatarias de las concesiones y licencias. El Estado no controló y no
se hicieron.
Es verdad que la realidad
nos muestra que ningún sistema energético es infalible, pero somos
concientes que las fallas en este sector producen profundos daños en la
economía y en la sociedad, y está demostrado que las sociedades no
pueden desarrollarse sin un suministro confiable de energía.
En los países desarrollados
están impulsando fuertemente la concepción que el derecho a la energía
es un derecho inherente al ser humano, incluido en el grupo de los
derechos humanos de "tercera generación".
Mientras tanto en nuestro
país y ateniéndonos a los hechos estamos hablando de un gravísimo
deterioro en la prestación de servicios públicos esenciales; de un
estrangulamiento del proceso de recuperación y crecimiento de la
economía, todo lo cual traerá aparejados muy graves y concretos
perjuicios sociales y económicos para el país y todos sus
habitantes.
La realidad es que nuestro
país tiene una capacidad de generación eléctrica de entre
22.000/24.000 MW, lo cual significa que considerando las pérdidas que
se producen por un proceso natural en el transporte y distribución, y
para que el sistema funcione en óptimas condiciones puede entregar al
mercado un máximo de 18.700 MW.
Considerando esos
números, vemos en las tablas a continuación, cuya fuente es Cammesa,
que el día lunes 28 de mayo de 2007 alcanzamos el pico histórico de
demanda.
Máximos Históricos de
Potencia y Energía del SADI (incluyendo Patagonia)
Como sabemos, el gas es
utilizado por muchas centrales para generar electricidad, y por eso el
círculo es vicioso.
Extraemos del "Informe de
Riesgo de Cammesa 2005-2007" el siguiente párrafo, que nos exime de
mayores comentarios:
1.2.3 "El
sistema está estructuralmente preparado para cubrir el aumento de la
demanda en el corto plazo (2004), pero requiere que al menos se
mantenga la disponibilidad de máquinas y combustible (gas) históricas.
Si la disponibilidad cae, es esperable problemas/cortes del tipo eventual
en el invierno de 2004 y cortes, con profundidad creciente, a partir del
2005."
Por todo lo expuesto
consideramos que es imperativo reconocer la existencia de la crisis y
adoptar las medidas convenientes para evitar mayores perjuicios, por lo
tanto solicitamos a los señores diputados la aprobación del presente
proyecto de ley declarando la Emergencia Energética Nacional.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
GIUBERGIA, MIGUEL ANGEL | JUJUY | UCR |
NIEVA, ALEJANDRO MARIO | JUJUY | UCR |
NEGRI, MARIO RAUL | CORDOBA | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
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DEFENSA DEL CONSUMIDOR |