PROYECTO DE TP
Expediente 2609-D-2008
Sumario: CREACION DE LA AGENCIA NACIONAL EDUARG, EN EL AMBITO DE LA SECRETARIA DE POLITICAS UNIVERSITARIAS DEL MINISTERIO DE EDUCACION DE LA NACION: OBJETO, ATRIBUCIONES, COMPOSICION, AREAS, RECURSOS.
Fecha: 23/05/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 51
El Senado y Cámara de Diputados...
ARTICULO 1. - Créase la
Agencia Nacional EduArg como ente de derecho público no estatal en el ámbito
de la Secretaría de Políticas Universitarias del Ministerio de Educación de la
Nación.
ARTICULO 2. - Objeto.
Corresponde a la Agencia Nacional EduArg diseñar y ejecutar los planes,
programas y estrategias de promoción de la educación superior argentina en el
país y en el mundo, en articulación con el desarrollo del turismo y procurando
motorizar las economías regionales.
ARTICULO 3. -
Atribuciones. La Agencia Nacional EduArg tiene las siguientes atribuciones, sin
perjuicio de las no enunciadas y que le fueran inherentes para posibilitar el mejor
alcance de su objetivo:
a) Elaborar su reglamento
interno;
b) Diseñar los planes, programas y
prioridades en materia de promoción de la educación superior en la Argentina y
en el mundo y ejecutar la estrategia de promoción y mercadeo internacional para
fortalecer y sostener la imagen de la "Argentina" como marca y como destino
propicio para la realización de estudios superiores;
c) Administrar los fondos para la
promoción y el correcto funcionamiento de la Agencia y buscar formas para
percibir ingresos adicionales;
d) Realizar trabajos y estudios
relativos al cumplimiento de sus objetivos;
e) Organizar y participar en ferias,
conferencias, exposiciones y otros eventos promocionales en el extranjero;
f) Editar, producir y desarrollar toda
acción, material publicitario y promocional necesario para el cumplimiento de sus
objetivos;
g) Firmar convenios de cooperación
con organismos públicos y privados, del país y del mundo para lograr el
cumplimiento de sus objetivos.
ARTICULO 4. -
Composición. El gobierno y la administración de la Agencia EduArg estarán a
cargo de un Directorio integrado por un Presidente y ocho miembros. El
Presidente será designado por el Ministerio de Educación de la Nación y los ocho
miembros restantes serán:
a) un funcionario designado por el
Ministerio de Relaciones Exteriores, Comercio Internacional y Culto de la
Nación.
b) un funcionario designado por la
Secretaría de Turismo de la Nación
c) un miembro de la Comisión de
Educación de la Cámara de Diputados del Congreso Nacional
d) un miembro de la Comisión de
Economía y Desarrollo Regional de la Cámara de Diputados del Congreso
Nacional
e) un miembro de la Comisión de
Turismo de la Cámara de Diputados del Congreso Nacional
f) un representante de las
Universidades Públicas asociadas a la Agencia
g) un representante de las
Universidades Privadas asociadas a la Agencia
En caso de empate el presidente
contará con doble voto.
ARTICULO 5. - Duración
del mandato. Los miembros del directorio durarán DOS (2) años en sus funciones
y sus mandatos podrán continuar, aún vencidos, hasta tanto sean designados
sus reemplazantes o hasta que cesen en su representación o en el mandato que
les dio origen, no pudiendo extenderse esta prórroga por un período mayor a
SEIS (6) meses. La designación y remoción de los mismos se regirá por el
reglamento interno de la Agencia.
ARTICULO 6. - Créase en
el seno de la Agencia y bajo la dirección del Directorio, el Área de Coordinación
Administrativa y Soporte Legal, que tendrá a su cargo todos los aspectos
relacionados con las tareas administrativas, logísticas, operativas,
presupuestarias y legales de la Agencia.
ARTICULO 7. - Créase en
el seno de la Agencia y bajo la dirección del Directorio, el Área de Coordinación
Regional, que tendrá a su cargo la administración de los Espacios Locales,
ubicados a lo largo del territorio nacional y cuyas funciones serán: (1) trazar el
perfil institucional, educativo, productivo y turístico de sus zonas de influencia,
(2) detectar y firmar convenios con organismos públicos y privados que ayuden
al cumplimiento de los objetivos de la Agencia (3) difundir los programas de la
Agencia.
ARTICULO 8. - Créase en
el seno de la Agencia y bajo la dirección del Directorio, el Área de Coordinación
Externa, que tendrá a su cargo la administración de los Espacios Externos,
ubicados en las representaciones diplomáticas del país, y cuyas funciones serán:
(1) trazar el perfil de los estudiantes de sus zonas de influencia, (2) detectar y
firmar convenios con organismos públicos y privados que ayuden al cumplimiento
de los objetivos de la Agencia (3) difundir los programas de la Agencia.
ARTICULO 9. - Créase en
el seno de la Agencia y bajo la dirección del Directorio, el Área de Coordinación
Central, que tendrá a su cargo el diseño y la ejecución del plan integral de
promoción de los estudios superiores, con la información que a tales efectos le
suministren las áreas de coordinación citadas en los artículos precedentes
ARTICULO 10. - Recursos.
La Agencia Nacional EduArg cuenta con los siguientes recursos:
a) Los aportes que se reciban de la
Nación;
b) Los fondos que se perciban en
calidad de subsidios, legados, cesiones, herencias o donaciones;
c) Los aportes de sus asociados
privados que se fijarán oportunamente en el reglamento de la Agencia;
d) Los ingresos derivados de la
realización de conferencias, seminarios, cursos y publicaciones de la Agencia,
rentas, usufructos e intereses de sus bienes;
e) Los ingresos provenientes de
impuestos nacionales que pudieran crearse con el fin específico para el
cumplimiento de los objetivos de la Agencia;
f) Los ingresos provenientes de toda
otra fuente acorde al carácter legal y a los objetivos de la Agencia.
ARTICULO 11. -
Presupuesto. Anualmente, la Agencia Nacional EduArg elaborará el presupuesto
general del organismo, que incluirá la totalidad de los recursos y erogaciones
previstas, y se conformará por una asignación operativa y otra de
funcionamiento, el que integrará el Presupuesto de la Administración
Nacional.
ARTICULO 12. -
Limitación. Los fondos asignados a gastos de administración no podrán superar
el CINCO POR CIENTO (5%) de los gastos totales de la Agencia.
ARTICULO 13. -
Aprobación. El proyecto de presupuesto mencionado en los artículos precedentes
será oportunamente remitido al Poder Ejecutivo Nacional.
ARTICULO 14. -
Remanente presupuestario. En caso que existiera remanente presupuestario no
utilizado luego de cerrado el ejercicio anual, el mismo integrará automáticamente
el presupuesto del año siguiente. Este excedente será considerado intangible
para todo fin no relacionado con los objetivos de la Agencia Nacional
EduArg.
ARTICULO 15. -
Asignación. Los recursos que conformen el patrimonio de la Agencia Nacional
EduArg deben ser íntegramente destinados a sus objetivos.
ARTICULO 16. -
Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Hoy Argentina es considerada una
plaza atractiva para los estudiantes extranjeros por sus destinos turísticos, sus
costos competitivos, pero también por la reciente expansión de sus
universidades, sus institutos terciarios y sus centros de investigación.
Sin embargo, y a pesar de la calidad
de su enseñanza superior, la Argentina no ha desarrollado hasta el presente un
plan estratégico e integral para la promoción sistemática de su oferta académica
hacia el conjunto de sus provincias y mucho menos hacia el exterior.
Frente a este contexto, los
establecimientos académicos frecuentemente deben recurrir a estrategias ad-hoc
y aisladas, lo que insume muchos de sus recursos económicos e institucionales,
pero que no garantizan una efectiva llegada a sus interlocutores. Entre las
causas del escaso posicionamiento de la educación superior argentina, podemos
destacar,
- el
desconocimiento liso y llano, tanto de la existencia de las universidades como
de sus programas de estudio.
- la
desinformación, fundamentalmente porque la información es escasa y la
mayoría de las veces se encuentra dispersa (generalmente en páginas web o en
folletos aislados), no encontrándose un medio único que reúna toda la
información.
Así las cosas, existen cursos y
carreras de grado y posgrado de alto nivel académico e institucional, con
adecuada infraestructura, en zonas productivas que permiten desarrollar
programas en conjunto entre universidad, sectores productivos, municipios y
sociedad, pero que no logran atraer sistemáticamente a estudiantes de otros
distritos o del extranjero.
Con la creación de Agencia
Nacional EduArg, el Estado y los establecimientos de educación superior
públicos y privados podrán compartir medios y articular estrategias comunes de
largo plazo que sirvan para promover la educación terciaria y universitaria de la
Argentina en el país y en el mundo. Así, Argentina, además de fortalecer su
prestigio y su inserción internacional, pasará a contar con una oferta integral,
sistemática, fiable y de calidad en materia de estudios superiores.
Esta agencia
continuará con el excelente trabajo realizado por el Programa de Promoción de la
Universidad, jerarquizando su espíritu y procurando enriquecer sus estrategias y
extender su alcance. Para ello, actuará en estrecha colaboración con el gobierno
nacional, los gobiernos provinciales y municipales y con las representaciones
diplomáticas en el exterior. Su actividad se desarrollará en la red de Espacios
EduArg que se creará a tal efecto.
La agencia, en
conjunto con sus asociados públicos y privados, desarrollará una estrategia de
representación que integre todas las opciones y que sirva para dinamizar y
organizar la recepción de los alumnos del interior y exterior del país. Cabe
destacar, que un plan estratégico en materia de difusión de estudios superiores
supone (1) contar con un dispositivo institucional para comunicar y promover la
oferta global de estudios superiores del país, a través de una red propia de
Espacios EduArg ubicados en cada provincia, en cada municipio y en las
representaciones diplomáticas; (2) ofrecer a los estudiantes de estudios
superiores del país y del mundo una prestación personalizada de recepción,
estadía y vida cotidiana en la Argentina y (3) desarrollar un estudio por zona,
relacionando universidades, carreras, desarrollo público institucional y
oportunidades laborales para los futuros jóvenes profesionales, de manera de
articular la oferta de estudios superiores con el perfil productivo de los distritos
en los cuales se insertan los distintos establecimientos educativos, para atraer
estudiantes cuyos perfiles se adecuen a las características de su destino.
Este plan estratégico
significará para la Argentina, (1) prestigiar a sus universidades y elevar su
estándares académicos, (2) elevar el número de estudiantes universitarios
provenientes de otros países y de aquellos distritos cuya enseñanza superior aún
no se ha desarrollado, (3) dinamizar las economías regionales (a través del
alojamiento, la gastronomía, el consumo y otras actividades vinculadas al
turismo) y (4) formar cuadros profesionales que con su desarrollo in situ
elevarán la calidad de vida de la comunidad.
Es con este espíritu que ponemos
en consideración de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación nuestro
proyecto de Ley para la creación de la Agencia Nacional EduArg, en la convicción
de que la promoción nacional y internacional de nuestra oferta en materia de
educación superior, en combinación virtuosa con el desarrollo de las economías
regionales, representa un paso fundamental para la inserción competitiva de la
Argentina en el mundo.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
GRIBAUDO, CHRISTIAN ALEJANDRO | BUENOS AIRES | PRO |
PINEDO, FEDERICO | CIUDAD de BUENOS AIRES | PRO |
SATRAGNO, LIDIA ELSA | BUENOS AIRES | PRO |
MARTINEZ ODDONE, HERIBERTO AGUSTIN | CORDOBA | UCR |
HOTTON, CYNTHIA LILIANA | CIUDAD de BUENOS AIRES | PRO |
PASINI, ARIEL OSVALDO ELOY | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
EDUCACION (Primera Competencia) |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
17/09/2008 | INICIACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |
24/09/2008 | CONTINUACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |
08/10/2008 | INICIACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |