PROYECTO DE TP
Expediente 2588-D-2008
Sumario: CREACION DEL JUZGADO FEDERAL DE PRIMERA INSTANCIA DE CONCEPCION, PROVINCIA DE TUCUMAN.
Fecha: 22/05/2008
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 50
El Senado y Cámara de Diputados...
CREACION DE JUZGADO FEDERAL EN
CONCEPCION
PROVINCIA DE TUCUMAN
Articulo 1: Crease un
Juzgado Federal de Primera Instancia ,con asiento en la ciudad de
Concepción , provincia de Tucumán , con jurisdicción sobre los
departamentos de Monteros , Tafi del Valle, Simoca, Chicligasta, Rió
Chico. Juan B. Alberdi, Graneros y la Cocha.
Articulo 2: El Juzgado Federal de
Concepción funcionara con dos (2) Secretarias, una con competencia en materia
Criminal y Correccional y la otra con competencia en materia Civil, Comercial,
Contencioso - Administrativo y de Previsión Social de acuerdo con la legislación y
acordadas de la Cámara Federal de Apelaciones y de la Corte Suprema de Justicia que
por razones de superintendencia se hubiesen dictado.
La competencia electoral de
la provincia de Tucumán permanecerá asignada al Juzgado Federal Nº 1
con en asiento en la ciudad de San Miguel de Tucumán..
Articulo 3: Crease una (1) Fiscalia de
Primera Instancia y una (1) Defensoria de Pobres, Incapaces y Ausentes que
actuara ante el Juzgado Federal que se crea por la presente Ley.
Articulo 4: Créanse los cargos de
magistrados, funcionarios y Empleados a que se refiere el anexo que forma
parte de la presente Ley.
Articulo 5: Instalado
el nuevo juzgado le serán remitidas las causas pendientes, conforme a la
jurisdicción territorial que por esta ley se le asigna.
Articulo 6: Modificase la
competencia territorial de los Juzgados federales I y II, de Primera instancia con
asiento en la ciudad de san miguel de Tucumán, que abarcaran, a partir del momento
en que se ponga en funcionamiento el tribunal creado por el presente, los
departamentos de Trancas, Burruyacu, Tafi Viejo, Yerba Buena, Lules, Cruz Alta,
Capital, Famailla y Leales.
Articulo 7: La presente Ley se
aplicara una vez que se cuente con el crédito presupuestario necesario para la
atención del gasto que su objeto demande el que se imputara al Presupuesto del
Poder Judicial de la Nación.
Articulo 8: La Corte Suprema de
Justicia de la Nación en ejercicio de las funciones que le competen proveerá
lo necesario para la instalación y financiamiento del tribunal creado.
Articulo 9: De Forma.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Desde
que accediera por primera vez a la banca de Diputado Nacional, bregué
porque mi provincia, "mi patria chica", como me gusta llamarle, tuviera la
oportunidad de crecer en todos los aspectos, social, cultural, económico,
etc. Si para ello mi contribución en la labor legislativa le aprovechaba,
entonces el principal objetivo se cumplía.
Es con esa
premisa, que este proyecto fue presentado oportunamente y tiene como
antecedente inmediato el TP 6/06 (395-D-06). La necesidad subsiste y se
acrecienta, por ello es que solicito se le otorgue el correspondiente estado
parlamentario en este nuevo período de sesiones.
A partir
de Diciembre de 1983, con el restablecimiento de la democracia que operó
en nuestro país , se viene observando, tanto en el orden nacional como en
todos los territorios provinciales una preocupación constante por mejorar
el servicio de justicia . Mejora que nadie puede desconocer fue enfocada
desde la óptica de lo sustancial y muy especialmente desde lo
procesal.
Así desde el último de
los aspectos y desde la fecha señalada , el justiciable ha sido testigo
calificado de toda una corriente reformadora, a manera de ejemplo
pueden citarse las reformas a los sistemas procésales de las provincias de
Córdoba, Tucumán, Buenos Aires , Neuquen, Tierra del Fuego, etc. . Y
dentro de esa corriente reformadora , también ubicamos la nacional, con
su nuevo Código Procesal Penal con sus particularidades en cuanto al
sistema adoptado, también podemos hablar de la reforma al consejo de la
Magistratura en febrero de 2006
Conviene detenernos
en la problemática de la justicia Nacional , con jurisdicción en la Provincia
de Tucumán .
A los efectos de un
examen histórico , resulta expresar que desde hace bastante años la
provincia de Tucumán cuenta con la actual organización , salvo los
órganos necesarios que fueron creados con la sanción del actual Código
Procesal Penal , Fiscal ,Defensor y Tribunal oral y no puede desconocerse
que los últimos censos de población han arrojado un crecimiento
demográfico de singular importancia para la provincia, como asi también
no puede desconocerse la importancia que han adquirido algunas
circunscripciones provinciales a lo largo de las ultimas décadas ,
transformándose en municipios y grandes ciudades, para diferenciarse de
simples zonas rurales.
Sin embargo y a
pesar de ello la estructura judicial no fue modificada , con gran olvido del
preámbulo de la Constitución Nacional cuando reza " AFIANZAR LA
JUSTICIA "
Atento a esto,
Señor Presidente se hace necesario adecuar la organización Nacional a
los actuales tiempos de la Provincia de Tucumán , acorde con el proceso
Penal , delineado en el Código Procesal Penal de la Nación y acorde
también a la organización judicial de la justicia ordinaria de la Provincia
.
Surge entonces
como imperativo crear un Juzgado Federal de Primera Instancia , una
Fiscalía y una Defensoría con asiento en la ciudad de Concepción ,
Provincia de Tucumán .
Sr. Presidente , Sres.
Diputados:
Es necesario
hacer realidad el imperativo constitucional de garantizar el efectivo acceso
a la justicia de todos los sectores sociales de Tucumán .
Basta para ello
pensar solo en las distancias que debe recorrer un justiciable del
Departamento de La Cocha , o Tafi del Valle , para trasladarse a la ciudad
de San Miguel de Tucumán , con todo lo que ello significa : horas de viaje
, razones económicas , búsqueda de un letrado defensor en Concepción ,
Aguilares , Monteros, etc. Y de allí obligadamente a la ciudad capital.
Estructuralmente
debemos tener en cuenta que:
I.- El congestionamiento de
causas existentes con la actual organización , torna imposible dar
respuestas suficientes al justiciable ,impidiendo esta circunstancia hacer
realidad y cumplir con otro imperativo constitucional cual es el "...
Derecho de toda persona a ser juzgada en tiempo razonable y sin
dilaciones indebidas..." receptado en el Pacto de San José de Costa Rica,
de raigambre constitucional conforme al art. 75 inciso 22 de la
Constitución Nacional .
II.- La lentitud en el trámite
de los procesos excede el marco de cualquier explicación pues es uno de
los problemas que enfrentan hoy casi todos los sistemas procésales y su
organización judicial, juntamente con la dilación en dictar las resoluciones,
lo que inexorablemente hace recaer en la opinión publica la idea de que la
demora en resolver un proceso es sinónimo de impunidad.
FUNDAMENTOS PARTICULARES
REFERIDOS AL FUERO PENAL
Sr. Presidente:
No se desconoce que
la intervención de la justicia que tratamos es exclusiva, excluyente y
residual, pero he ahí que hoy no puede desconocerse que la competencia
asignada por leyes especiales, drogas, contrabando impuestos nacionales,
etc. Tiene incidencia directa en la tranquilidad y paz social y que las
ultimas estadísticas son harto elocuentes del crecimiento del índice
delictivo.
De allí, entonces, la
necesidad imperiosa de contar con los órganos jurisdiccionales en el teatro
de los sucesos, pues sabido es que con ese perfil se lleva tranquilidad a
los habitantes del lugar y por otra parte se evitan conflictos de
intervención entre las dos justicias que coexisten en todo territorio
provincial .
Si bien el Código Procesal
Penal de la Nación conserva la investigación preparatoria para el Juez de
Instrucción , esta investigación entendida como etapa preliminar cuyo
objeto es reunir los elementos probatorios que sirvan luego para una
acusación , conserva para si todos los caracteres que le son propios , y
que solo dos jueces como existen actualmente para todo el territorio
provincial y ambos con asiento en la capital, en la practica se ven diluidos
tales caracteres de inmediación , actuación rápida, asistencia al Juez al
lugar del hecho, colección de la prueba única irreproducible , etc. Todo lo
cual influye sensiblemente al momento de alcanzar la verdad objetiva para
poder sancionar si es el caso.
Con el funcionamiento del
Juzgado en zonas más cercanas a la del lugar del ilícito, se logrará una
mayor agilidad , economía y eficacia del proceso .El órgano judicial
cualquiera sea el Fiscal o Juez , habrá de llegar más rápidamente al lugar
donde se cometió el ilícito, con la obtención de los datos y elementos de
pruebas sin intermediarios algunos, se asegura también con la
intervención de estos el respeto de las garantías constitucionales para el
imputado, con lo que, entre otras, se le garantiza al mismo su inmediata
defensa.
Se hace efectiva la
intervención del defensor con lo que se evitará el apremio, o la coacción
que pudiere realizarse por parte de los efectivos de la prevención .
En síntesis :
1.-Los órganos
judiciales, a crearse , tendrán su asiento en la ciudad de Concepción ,
Departamento Chicligasta, Provincia de Tucumán.
2.-Conforme la
estructura del proceso penal, su segunda etapa, la oral, estará a cargo
del Tribunal Oral Federal de la ciudad de San Miguel de Tucumana ,
quien cuando la naturaleza del caso , o la distancia u otras causas lo
exijan podra trasladarse hasta la ciudad de Concepción a realizar la
audiencia oral.
3.- En materia de
recursos en otros fueros se tramitara por ante la Excelentísima Cámara
Federal de apelaciones con asiento también en la ciudad capital de la
provincia .
4.-Se posibilitara el
alojamiento de imputados privados de su libertad en la Unidad Carcelaria
de Concepción , recordemos que actualmente solo se los aloja en la
Unidad de San Miguel de Tucumán.
5.-Permitiría el
ejercicio profesional de abogados y/o Procuradores con mayor comodidad
, de igual manera a la organización a los litigantes el acceso a la justicia y
para la sociedad la resolución del conflicto.
6.-Estará mas
acorde con la organización judicial de la justicia y para la sociedad la
resolución del conflicto .
Sobre la base de lo " Ut
- supra" consignado, existen sobrados argumentos y fundamentos que
hacen viable la sanción del presente proyecto , motivo por el cual les
solicito a mis pares la aprobación del mismo.
ANEXO
ANEXO
Magistratura:
Juez de Primera Instancia
.......................................................1 (uno)
Secretario de
Juzgado..............................................................2 (dos)
Personal Administrativo y
Técnico
Prosecretario
Administrativo(Oficial de justicia).....................2 (dos)
Prosecretario
Administrativo(Oficial 1ro.)...............................2 (dos)
Auxiliar Superior (1
Habilitado)...............................................2 (dos)
Auxiliar Superior de 3ra
.(Notificador).....................................1 (uno)
Auxiliar Superior de 6ta .(1
Archivo ).......................................2 (dos)
Auxiliar Principal de
5ta............................................................2 (dos)
Auxiliar Principal de
6ta............................................................2 (dos)
Personal de Servicio
Auxiliar Principal de
7ma.......................................................... 2 (dos)
Fiscalía:
Fiscalía de Primera
Instancia.......................................................... 1 (uno)
Prosecretario Administrativo
(Oficial 1ra).................................... .1 (uno)
Auxiliar Superior de
6ta.................................................................. 2 (dos)
Defensoría:
Defensor
Oficial.............................................................................. 1(uno)
Prosecretario
Administrativo(Oficial 1ra)...................................... 1 (uno)
Auxiliar Superior de
6ta................................................................. 2 (dos)
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
HERRERA, ALBERTO | TUCUMAN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
ALFARO, GERMAN ENRIQUE | TUCUMAN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
CORDOBA, STELLA MARIS | TUCUMAN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
DATO, ALFREDO CARLOS | TUCUMAN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
DIAZ, SUSANA ELADIA | TUCUMAN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
ROSSI, AGUSTIN OSCAR | SANTA FE | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
RUIZ, RAMON | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
JUSTICIA (Primera Competencia) |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |