PROYECTO DE TP
Expediente 2587-D-2010
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LOS ALCANCES Y RESULTADOS DE LA IMPLEMENTACION DEL "PROGRAMA DE USO RACIONAL Y EFICIENTE DE LA ENERGIA - PUREE -".
Fecha: 27/04/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 42
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Solicitar al Poder Ejecutivo de la Nación, a
través del Ente Nacional Regulador de Electricidad (ENRE), informe sobre las
siguientes cuestiones vinculadas a los alcances y resultados de la implementación del
Programa de Uso Racional y Eficiente de la Energía (PUREE):
1. Si a la fecha se ha cerrado la
evaluación de los resultados alcanzados por el PUREE desde su implementación.
2. Si no se realizó, explicar los
motivos.
3. Si se realizó, informar sobre estos
resultados.
4. Si el ENRE ha resuelto a la fecha el
reintegro a los usuarios de importes facturados erróneamente en concepto de cargos
adicionales por EDELAP SA durante la ejecución del PUREE 2004, por una cifra
estimada en 3.451.550 pesos.
5. En caso negativo, explique por qué
motivos no se realizó
6. Si se han determinado los cargos
definitivos por incumplimiento a las empresas EDENOR SA, EDESUR SA y EDELAP
SA y cuáles fueron.
7. En caso negativo, informar los
motivos por los cuales no se determinaron.
8. Por qué no se incluyen en los
indicadores de gestión informados a través de la página web del ENRE
(www.enre.gov.ar) los reclamos originados por desvíos en la aplicación del
PUREE
9. Por qué motivos no se diseñaron
proyectos sobre procedimientos específicos ni se reglamentó la modalidad y los plazos
a los que deben ajustarse las distribuidoras para informar al ENRE el cumplimiento y
acreditación de las bonificaciones y cargos adicionales efectuados a los usuarios en
los períodos de facturación establecidos.
10. Por qué el ENRE no comprueba ni
verifica el cálculo del importe resultante entre los cargos adicionales por desahorro y
las bonificaciones por ahorro (sobre la cual se aplican las compensaciones), que son
efectuados por las distribuidoras.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El Programa Uso Racional y Eficiente de la
Energía (PUREE) fue implementado por el Poder Ejecutivo Nacional mediante la
Resolución N° 415/04 de la Secretaría de Energía con el fin de propender al uso
racional de la energía eléctrica y a la preservación de recursos naturales no
renovables, operando sobre la demanda de energía e incentivando su ahorro en el
marco de una política de mediano y largo plazo, con la finalidad de generar
excedentes y posibilitar la disposición de mayores saldos energéticos para el uso
industrial.
El PUREE es un programa basado en el
establecimiento de incentivos y cargos adicionales por excedentes de consumo para
propiciar el uso racional de la energía, diseñado en el marco de la emergencia
económica y social, y fue instrumentado a través del Ente Nacional Regulador de
Electricidad (ENRE), destinado tanto al cuidado como al uso adecuado de la
electricidad y el gas, como a la preservación de los recursos naturales.
Según la resolución publicada en el Boletín
Oficial del 30 de abril de 2004, se dispone la instrucción a los entes reguladores del
gas y la electricidad para promoverlo mediante campañas de ahorro de energía,
difundidas por los medios de comunicación masiva, y tomar las medidas necesarias
para su implementación.
En concreto, el programa prevé la
educación para el consumo racional de la energía a través de los medios de
comunicación masiva y un sistema basado en el otorgamiento de premios o
bonificaciones, o la aplicación de cargos adicionales para aquellos consumidores que
reduzcan o incrementen su demanda respecto del período de consumo anterior que se
determine.
De esta manera se pretendía asegurar el
abastecimiento de aquellos usuarios que, como las industrias, ven incrementadas sus
necesidades de energía, producto del crecimiento del nivel de actividad económica,
garantizando el crecimiento del empleo.
Un informe elaborado por la
Defensa de Usuarios y Consumidores, indica que la primera versión del PUREE se
aplicó durante el invierno de 2004 (junio a septiembre) solo en las áreas geográficas
reguladas por el ENRE, donde desarrollan la distribución de energía eléctrica las
empresas EDENOR SA, EDESUR SA y EDELAP SA. El ahorro mínimo que se
esperaba realizar era del 5% respecto del consumo energético del mismo período del
año anterior. Como surge del informe del ENRE correspondiente al período noviembre
2005/ junio 2006, el pretendido ahorro de energía no se logró, ya que se produjo un
desahorro con un saldo negativo de 1.600,90 Gw-h (diferencia entre el consumo en
exceso, reflejado en los Kw-h sancionados y el ahorro total, Kw-h bonificados) y
representó para los usuarios, dentro de ese período, un incremento acumulado en la
facturación de $201.443.746. Queda manifiesto que los objetivos del Programa no han
sido alcanzados y según indica el informe de prensa de la Auditoria General de la
Nación para este período "los antecedentes relevados evidencian que los reclamos de
usuarios presentados ante el Departamento de Atención de Usuarios (DAU), no son
tenidos en cuenta como indicadores de gestión por las áreas del ENRE que
intervienen en la aplicación del PUREE" (1) .
En mayo de 2005 la Secretaría de Energía
lanzó la segunda versión de este programa, dispuesto por la Resolución N° 745/05 de
la Secretaria de Energía y reglamentado por la Resolución ENRE N° 355/05. Luego se
incorporaron otras modificaciones.
La aplicación de esta nueva versión ha
generado distintos inconvenientes, como fue advertido por el Centro de Estudios del
Consumidor (CEC), las boletas de la luz estaban llegando con dos penalidades por
aumento del consumo en forma simultánea, por lo tanto el Gobierno decidió frenar el
PUREE 1 y se lo comunicaron a las empresas diciéndoles que deberían refacturar (2)
.
Para el período 2007, entre mayo y junio, el
consumo en exceso se ubicó en 333.747 MW/h. El programa no pudo desalentar el
consumo eléctrico. Con respecto a 2008, el desahorro entre febrero y marzo fue de
311.685 MW/h y los usuarios penalizados en el PUREE duplicaron a los beneficiados.
El total de la energía facturada por las empresas fue 2.000.067 mientras que el
consumo en exceso llegó a los 499.554 MW/h superando ampliamente al ahorro, que
alcanzó los 187.870 MW/h (3) .
En efecto, la Secretaria de
Energía y el ENRE no han implementado medidas de difusión y promoción suficientes
del programa. Como lo establece el informe de la Auditoria General de la Nación "la
implementación del Programa debe sustentarse en principios basados en el derecho
de los usuarios a una información adecuada, veraz, clara y completa sobre las
actividades del ENRE, entre las que se encuentra el Programa. Sin embargo, el
organismo regulador da a conocer la información del PUREE únicamente a través de
Internet, accesible solo a la población que utiliza medios informáticos conforme a sus
posibilidades y nivel socio-cultural" (4) .
El mismo informe de la
Auditoria General de la Nación establece que "el ENRE no ha resuelto a la fecha, el
reintegro a los usuarios de un importe erróneamente facturado en concepto de cargos
adicionales por Edelap S.A. durante la ejecución del PUREE 2004" (5) . Además los
reclamos de los usuarios, no son considerados en la construcción de los indicadores
de gestión de las áreas del ENRE que intervienen en la aplicación del PUREE.
Respecto a los deberes del ENRE, la
Auditoria General de la Nación señala que el Ente no ha cerrado la evaluación de los
resultados definitivos alcanzados por el PUREE 2004 ni la determinación de los cargos
definitivos por incumplimientos y la correspondiente Resolución Sancionatoria para las
tres distribuidoras.
Tampoco el ENRE ha realizado un
seguimiento o control de la información vinculada al PUREE 2005, ni ha establecido,
de corresponder, la pertinente formulación de cargos por incumplimientos de las
distribuidoras. Si bien se realizaron procedimientos parciales sobre la información
correspondiente a EDESUR S.A., no se han emitido informes técnicos finales que
reflejen el resultado de la tarea realizada ni evaluaciones que permitan confirmar la
correcta aplicación del Programa.
No se diseñaron proyectos sobre
procedimientos específicos ni se reglamentó la modalidad y los plazos a los que
deben ajustarse las distribuidoras para informar al ENRE el cumplimiento y
acreditación de las bonificaciones y cargos adicionales efectuados a los usuarios
en los periodos de facturación establecidos.
Entre otras falencias se señalan que el
cálculo del importe resultante de la diferencia entre los cargos adicionales por
desahorro y las bonificaciones por ahorro (sobre el cual se aplican las
compensaciones) lo efectúan las distribuidoras. El ENRE considera válido ese importe
sin comprobarlo o verificarlo, de manera que no existe certeza respecto de la exactitud
de los montos que las distribuidoras debieran depositar. Esto condiciona además la
confiabilidad de la información para la toma de decisiones de la Autoridad de
Aplicación con respecto a la gestión del Programa.
Porque consideramos fundamental
que el PUREE cumpla con sus funciones y objetivos establecidos al momento de
su creación y el ENRE disponga las medidas necesarias para instrumentar de
manera eficiente el Programa, es que solicitamos los diputados y diputadas la
aprobación del presente proyecto de Resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
CICILIANI, ALICIA MABEL | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
BARRIOS, MIGUEL ANGEL | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
CUCCOVILLO, RICARDO OSCAR | BUENOS AIRES | PARTIDO SOCIALISTA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
ENERGIA Y COMBUSTIBLES (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
13/07/2010 | DICTAMEN | Aprobado por unanimidad sin modificaciones |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 0946/2010 | CON MODIFICACIONES; ARTICULO 108 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION | 20/08/2010 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | CONSIDERACION Y APROBACION | 13/10/2010 | APROBADO |