PROYECTO DE TP
Expediente 2584-D-2007
Sumario: CONSULTA POPULAR SOBRE LA DESPENALIZACION DEL ABORTO: CONVOCAR EN LOS PLAZOS PREVISTOS POR EL ARTICULO 12 DE LA LEY 25432, A CONSULTA POPULAR NO VINCULANTE, EN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 40 DE LA CONSTITUCION NACIONAL Y 6 DE LA LEY CITADA, A FIN DE QUE LA POBLACION SE PRONUNCIE ACERCA DE LA DEROGACION O NO DEL INCISO 2) DEL ARTICULO 85, Y LOS ARTICULOS 86 Y 88 DEL CODIGO PENAL DE LA NACION.
Fecha: 30/05/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 60
El Senado y Cámara de Diputados...
CONSULTA
POPULAR SOBRE LA DESPENALIZACION DEL ABORTO.
Artículo 1º:
Convócase, en los plazos previstos por el art. 12 de la Ley 25.432, a
Consulta Popular No Vinculante, en los términos del art. 40 de la
Constitución Nacional y 6º de la Ley citada, a fin de que la población se
pronuncie acerca de la derogación o no del inciso 2º del art.85, y los arts.
86 y 88 del Código Penal de la Nación.
Artículo 2º: Las
propuestas que deberán consignar las boletas mediante las cuales se
expresará la voluntad sometida a consulta serán las siguientes:
a) SI, voto
afirmativamente para la despenalización del aborto, y la consecuente
derogación de los arts. 85 - inc. 2- , 86 y 88 del Código Penal de la
Nación.
b) NO, voto
negativamente para impedir la despenalización del aborto, y la
consecuente derogación de los arts. 85- inc. 2-, 86 y 88 del Código Penal
de la Nación.
Artículo 3º: El voto
femenino será computado como doble con respecto al voto
masculino.
Artículo 4º: De
forma.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Existe en nuestra
sociedad un debate crucial acerca de la posición que debe tomarse frente
al aborto, ante las trágicas consecuencias que devienen de las prácticas
del mismo en forma clandestina.
Creo firmemente
que este honorable cuerpo legislativo, donde hoy día se encuentran a
estudio varias decenas de proyectos presentados en relación a esta
trascendente cuestión, no puede seguir eludiendo abocarse al
tema.
Pero demás esta reconocer que no se trata de una cuestión
simple. Para peor, el enfoque que suele darse en los medios a esta
problemática, confunde mas en lugar de brindar luz, ya que se plantea la
divergencia en términos de si se está o no a favor del aborto, como si
alguien en su sano juicio pudiera estar a favor de semejante daño.
No Señor
presidente, lo que debe ponerse sobre el tapete es si se está o no a
favor de despenalizar esa práctica, con el fin de terminar con el
flagelo de las miles de muertes de jóvenes mujeres a causa de abortos
practicados en oscuros establecimientos o por inescrupulosos pseudo
galenos o curanderos varios sin las mas mínimas condiciones de higiene y
por métodos aberrantes, y brindar a los verdaderos profesionales de la
medicina un marco claro de seguridad jurídica, para que aquellos que
concuerden con esta visión del problema y no sientan objeción de
conciencia por esta práctica, puedan legalmente efectuar esta praxis, con
el consentimiento, claro está, de la paciente.
Por supuesto que
existen infinidades de opciones a tan drástica decisión, pero
lamentablemente la imposición legal que castiga el aborto, no está siendo
efectiva para desalentar esta práctica, que se realiza igual, cobrándose
cada año una enorme cantidad de víctimas, en una gran proporción
mujeres menores de edad provenientes de sectores de menores recursos,
muchas de las cuales, ante la imposibilidad incluso de pagar por un
aborto ilegal, recurren a la utilización de alambres o sondas, con el
espantoso resultado consabido.
Cuando se
instauró la ley de divorcio muchos fuimos los que supusimos que
aumentarían esas áridas desuniones. No fue así. Respetando las
inconmensurables diferencias, ¿Ocurrirá lo mismo con el desgraciado
aborto?.
En países
como Australia, Canadá, Cuba, EE.UU., Francia, Holanda, Inglaterra,
Italia, etc., donde el aborto no esta penado, y estos actos quirúrgicos se
realizan en los ámbitos médicos apropiados, la tasa de mortalidad por
esta practica es del 0,6 por cada 100.000 abortos. En nuestro país se
muestran cifras muy distintas, pero todas aterradoras. La clandestinidad,
y estúpidas inclinaciones ideológicas, de estas agobiantes practicas,
imposibilitan conocerlas con exactitud.
Pero el presente no es un proyecto de despenalización del aborto,
sino tan sólo uno que propone una consulta popular sobre esa
despenalización, y por tanto deviene superfluo traer a debate mayores
argumentos que serán agregados cuando sea oportuno. Frente a la
enorme cantidad de muy respetables opiniones en uno y otro sentido,
por parte de organismos oficiales, prestigiosas entidades de todo tipo,
confesiones religiosas, posiciones filosóficas y morales, y diversos grupos
de interés, y dada la innegable trascendencia de la materia a decidir,
aparece como imprescindible, antes de elaborar una norma definitiva en
tal sentido, auscultar directamente la voz del pueblo, en el marco
de las posibilidades que nuestro sistema constitucional nos brinda.
Muchas veces se
enmascara la causa real de la muerte de estas madres apelando a
diagnósticos falsos como hemorragias, septicemia, peritonitis, etc., para
evitar las complicaciones legales que le podría traer aparejada a los
médicos la denuncia de una muerte por aborto.
Las
diferencias entre maternidad y paternidad, sobre todo en este tema, son
tan abismales que el articulo 3ro de este proyecto de ley cree en la
justicia de valorar doble el voto femenino con respecto al masculino.
Contar con la
opinión directa de la sociedad a través de una consulta popular no
vinculante constituirá una formidable ayuda para que este cuerpo tome
una decisión.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
LORENZO BOROCOTO, EDUARDO | CIUDAD de BUENOS AIRES | MOVIMIENTO INDEPENDIENTE |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
ASUNTOS CONSTITUCIONALES (Primera Competencia) |
LEGISLACION PENAL |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 1047-D-09 |