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PROYECTO DE TP


Expediente 2584-D-2007
Sumario: CONSULTA POPULAR SOBRE LA DESPENALIZACION DEL ABORTO: CONVOCAR EN LOS PLAZOS PREVISTOS POR EL ARTICULO 12 DE LA LEY 25432, A CONSULTA POPULAR NO VINCULANTE, EN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 40 DE LA CONSTITUCION NACIONAL Y 6 DE LA LEY CITADA, A FIN DE QUE LA POBLACION SE PRONUNCIE ACERCA DE LA DEROGACION O NO DEL INCISO 2) DEL ARTICULO 85, Y LOS ARTICULOS 86 Y 88 DEL CODIGO PENAL DE LA NACION.
Fecha: 30/05/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 60
Proyecto
El Senado y Cámara de Diputados...


CONSULTA POPULAR SOBRE LA DESPENALIZACION DEL ABORTO.
Artículo 1º: Convócase, en los plazos previstos por el art. 12 de la Ley 25.432, a Consulta Popular No Vinculante, en los términos del art. 40 de la Constitución Nacional y 6º de la Ley citada, a fin de que la población se pronuncie acerca de la derogación o no del inciso 2º del art.85, y los arts. 86 y 88 del Código Penal de la Nación.
Artículo 2º: Las propuestas que deberán consignar las boletas mediante las cuales se expresará la voluntad sometida a consulta serán las siguientes:
a) SI, voto afirmativamente para la despenalización del aborto, y la consecuente derogación de los arts. 85 - inc. 2- , 86 y 88 del Código Penal de la Nación.
b) NO, voto negativamente para impedir la despenalización del aborto, y la consecuente derogación de los arts. 85- inc. 2-, 86 y 88 del Código Penal de la Nación.
Artículo 3º: El voto femenino será computado como doble con respecto al voto masculino.
Artículo 4º: De forma.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Existe en nuestra sociedad un debate crucial acerca de la posición que debe tomarse frente al aborto, ante las trágicas consecuencias que devienen de las prácticas del mismo en forma clandestina.
Creo firmemente que este honorable cuerpo legislativo, donde hoy día se encuentran a estudio varias decenas de proyectos presentados en relación a esta trascendente cuestión, no puede seguir eludiendo abocarse al tema.
Pero demás esta reconocer que no se trata de una cuestión simple. Para peor, el enfoque que suele darse en los medios a esta problemática, confunde mas en lugar de brindar luz, ya que se plantea la divergencia en términos de si se está o no a favor del aborto, como si alguien en su sano juicio pudiera estar a favor de semejante daño.
No Señor presidente, lo que debe ponerse sobre el tapete es si se está o no a favor de despenalizar esa práctica, con el fin de terminar con el flagelo de las miles de muertes de jóvenes mujeres a causa de abortos practicados en oscuros establecimientos o por inescrupulosos pseudo galenos o curanderos varios sin las mas mínimas condiciones de higiene y por métodos aberrantes, y brindar a los verdaderos profesionales de la medicina un marco claro de seguridad jurídica, para que aquellos que concuerden con esta visión del problema y no sientan objeción de conciencia por esta práctica, puedan legalmente efectuar esta praxis, con el consentimiento, claro está, de la paciente.
Por supuesto que existen infinidades de opciones a tan drástica decisión, pero lamentablemente la imposición legal que castiga el aborto, no está siendo efectiva para desalentar esta práctica, que se realiza igual, cobrándose cada año una enorme cantidad de víctimas, en una gran proporción mujeres menores de edad provenientes de sectores de menores recursos, muchas de las cuales, ante la imposibilidad incluso de pagar por un aborto ilegal, recurren a la utilización de alambres o sondas, con el espantoso resultado consabido.
Cuando se instauró la ley de divorcio muchos fuimos los que supusimos que aumentarían esas áridas desuniones. No fue así. Respetando las inconmensurables diferencias, ¿Ocurrirá lo mismo con el desgraciado aborto?.
En países como Australia, Canadá, Cuba, EE.UU., Francia, Holanda, Inglaterra, Italia, etc., donde el aborto no esta penado, y estos actos quirúrgicos se realizan en los ámbitos médicos apropiados, la tasa de mortalidad por esta practica es del 0,6 por cada 100.000 abortos. En nuestro país se muestran cifras muy distintas, pero todas aterradoras. La clandestinidad, y estúpidas inclinaciones ideológicas, de estas agobiantes practicas, imposibilitan conocerlas con exactitud.
Pero el presente no es un proyecto de despenalización del aborto, sino tan sólo uno que propone una consulta popular sobre esa despenalización, y por tanto deviene superfluo traer a debate mayores argumentos que serán agregados cuando sea oportuno. Frente a la enorme cantidad de muy respetables opiniones en uno y otro sentido, por parte de organismos oficiales, prestigiosas entidades de todo tipo, confesiones religiosas, posiciones filosóficas y morales, y diversos grupos de interés, y dada la innegable trascendencia de la materia a decidir, aparece como imprescindible, antes de elaborar una norma definitiva en tal sentido, auscultar directamente la voz del pueblo, en el marco de las posibilidades que nuestro sistema constitucional nos brinda.
Muchas veces se enmascara la causa real de la muerte de estas madres apelando a diagnósticos falsos como hemorragias, septicemia, peritonitis, etc., para evitar las complicaciones legales que le podría traer aparejada a los médicos la denuncia de una muerte por aborto.
Las diferencias entre maternidad y paternidad, sobre todo en este tema, son tan abismales que el articulo 3ro de este proyecto de ley cree en la justicia de valorar doble el voto femenino con respecto al masculino.
Contar con la opinión directa de la sociedad a través de una consulta popular no vinculante constituirá una formidable ayuda para que este cuerpo tome una decisión.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
LORENZO BOROCOTO, EDUARDO CIUDAD de BUENOS AIRES MOVIMIENTO INDEPENDIENTE
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
ASUNTOS CONSTITUCIONALES (Primera Competencia)
LEGISLACION PENAL
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados REPRODUCIDO POR EXPEDIENTE 1047-D-09