PROYECTO DE TP
Expediente 2574-D-2015
Sumario: DIA NACIONAL DE LA IDENTIDAD DE GENERO. SE INSTITUYE COMO TAL EL 9 DE MAYO DE CADA AÑO. INCLUSION EN EL CALENDARIO ESCOLAR.
Fecha: 08/05/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 45
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1º.- Instituyese el día 9 de
Mayo como el "DIA NACIONAL DE LA IDENTIDAD DE GENERO", en conmemoración
de la fecha de sanción de la Ley 26.743 por la cual se reconoció el derecho a toda
persona, a ser tratada de acuerdo a su profundamente sentida experiencia interna e
individual del género.
Artículo 2º.- El Ministerio de Educación
de la Nación, en el marco del Consejo Federal de Educación, promoverá la
incorporación de la fecha mencionada en el artículo precedente en el calendario
escolar e implementará actividades tendientes a difundir entre los alumnos la
importancia de la identidad de género como un derecho humano y el proceso por el
cual la Argentina fue avanzando en el sentido de la consagración de este
derecho.
Artículo 3º.- Facúltese al Poder
Ejecutivo Nacional para disponer en los distintos ámbitos de su competencia la
implementación de actividades específicas, con el mismo fin que lo dispuesto en el
artículo 2° de esta Ley.
Artículo 4º.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo Nacional.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Motiva la presentación del presente
Proyecto de Ley el hecho de que el día 9 de mayo 2012 tuvo sanción en el Honorable
Congreso de la Nación, la iniciativa presentada por La Comunidad Homosexual
Argentina (CHA), la Asociación Lucha por la Identidad Travesti- Transexual (ALITT) y
el movimiento antidiscriminatorio de liberación (MAL), que junto con el apoyo y
adhesión de las distintas Ongs, lograron el objetivo de consagrar el derecho a la
identidad y no discriminación de travestis, transgéneros y transexuales de Argentina,
lucha por la cual exigió el derecho de poder optar y/o tener nombre y documentación
que las/os identifiquen ajustándose a su real identidad de género.
Por identidad de género se entiende
como la profundamente sentida experiencia interna e individual del género de cada
persona, que podría corresponder o no con el sexo biológico, incluyendo el sentido
personal del cuerpo (que, de tener la libertad para escogerlo, podría involucrar la
modificación de la apariencia o la función corporal a través de medios médicos,
quirúrgicos o de otra índole) y otras expresiones de género, incluyendo el vestido y
el modo de hablar.
Las identidades de género y sexuales se
abordan y surgen de una compleja red de experiencias particulares y colectivas en
las que se entrecruzan diferentes elementos simbólicos, prácticas sexuales, sociales y
creencias, que le dan sentido a los/as sujetos, en la que el mundo exterior no deja
de constituirse en otro elemento de singular importancia, al momento de entroncar la
puesta en ejercicio de la identidad elegida.
Creemos necesario recordar y entender
la importancia de este día, donde las políticas de género llevadas adelante por estos
grupos, que a pesar de constituir un colectivo estigmatizado y altamente vulnerado -
que sufre no solo la discriminación social sino que también han sido victimizados de
modo gravísimo, a través de malos tratos, apremios, violaciones y agresiones, e
inclusive con homicidios- pudo sobreponerse de manera pacífica y sin violencia a las
dificultades y obtener el reconocimiento legal de sus derechos, superando el
paradigma dicotómico hombre/mujer planteado como una realidad biológica y no
como una realidad simbólica o cultural.
"La trascendencia del pluralismo, la
tolerancia y la comprensión llevan a concluir que todo derecho es
constitucionalmente útil, en la medida en que acrecienta el respeto por las ideas y
sentimientos ajenos, aun aquellas con las que frontalmente se discrepa, favoreciendo
la participación de los ciudadanos en el proceso democrático y logrando una mayor
cohesión social que nace, precisamente, de compartir la noción fundacional del
respeto a la diversidad y de la interacción de personas y grupos con variadas
identidades, creencias y tradiciones, sean culturales, religiosas, artísticas, literarias,
sociales, económicas, políticas, étnicas, de género, etc." (Tribunal Europeo de
Derechos Humanos en "Gorzelik and others v Poland" Capplication n° 44.158/98C,
pronunciamiento del 17 de febrero de 2004, puntos 89 a 92)
El ser humano es un ser social, que
necesita de la convivencia de los demás para constituirse como personalidad
individual, en un nosotros colectivo. Las biografías personales se inscriben en el
marco de la coexistencia social, por lo que el derecho a más de fomentar la
protección individual, busca constituirse como garante de esa coexistencia en
serenidad.
Ese es el sentido que le da nuestra
Constitución a nuestro derechos, máxime con la incorporación de los tratados
internacionales en materia de derechos humanos, que ha venido a fortalecer y
profundizar en el respeto de la dignidad, las libertades humanas y el bien común.
Porque el bien común, no es una
abstracción independiente de las personas o un espíritu colectivo diferente de éstas y
menos aun lo que la mayoría considere "común" excluyendo a las minorías, sino que
simple y sencillamente es el bien de todas las personas con diferentes preferencias,
visiones del mundo, intereses, proyectos, ideas, etc.
De esta manera, con este día
trascendental, logramos entender que el bien común y la paz social, es decir, el
bienestar general de la nación, expresa el valor justicia en su más alta expresión,
esto es, la "justicia social", cuyo contenido actual consiste en ordenar la actividad
intersubjetiva de los miembros de la comunidad y los recursos con que ésta cuenta
con vistas a lograr que todos y cada uno de sus miembros participen de los bienes
materiales y espirituales de la civilización.
Por los fundamentos expuestos
solicitamos a nuestros pares acompañen con su firma el presente proyecto de
Ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
LARROQUE, ANDRES | CIUDAD de BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
CABANDIE, JUAN | CIUDAD de BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
CLERI, MARCOS | SANTA FE | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
SANTILLAN, WALTER MARCELO | TUCUMAN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
FERNANDEZ SAGASTI, ANABEL | MENDOZA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
GOMEZ BULL, MAURICIO RICARDO | SANTA CRUZ | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
MENDOZA, MAYRA SOLEDAD | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS (Primera Competencia) |
EDUCACION |
LEGISLACION GENERAL |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA MENDOZA MAYRA (A SUS ANTECEDENTES) |