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PROYECTO DE TP


Expediente 2536-D-2014
Sumario: REGLAMENTO DE LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION: MODIFICACION DEL ARTICULO 109, SOBRE REUNIONES DE LAS COMISIONES.
Fecha: 15/04/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 27
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Artículo 1: Modificar el artículo 109 del Reglamento de la Honorable Cámara de Diputados de la Nación, el que quedará redactado de la siguiente manera:
Las comisiones deben reunirse como mínimo una vez cada quince días durante el periodo ordinario de sesiones, sin perjuicio de las convocatorias a reuniones que se realicen por considerarse necesarias, de conformidad con lo establecido por el artículo 106. Las reuniones de comisión se harán siempre en horas que no coincidan con las de sesión de la Cámara.
Las citaciones sólo podrán ser dispuestas por el Secretario de la Comisión a pedido del Presidente de la misma o ante el requerimiento de la mayoría de sus miembros. .En ella se consignará los asuntos a tratar y se garantizará el conocimiento de los mismos mediante el envío de la documentación correspondiente.
Ante la omisión de esta periodicidad por más de dos meses, dicha citación podrá realizarse además a solicitud del Vicepresidente de la comisión.
A pedido de por lo menos tres diputados integrantes de una comisión, deberán incorporarse al temario a considerar por la misma los asuntos entrados que ellos indiquen.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


Este proyecto de mi autoría fue presentado por primera vez en el año 2009 bajo el número de expediente 2695-D- 2009.
Una responsabilidad primordial de las instituciones políticas y de sus integrantes es desarrollar estrategias que permitan un incremento de la confianza de los ciudadanos en el Congreso y sus representantes.
En este sentido, la crisis de representación política del 2001 ha puesto en evidencia que es necesario revertir la imagen negativa que tienen los ciudadanos sobre el funcionamiento del Poder Legislativo a través de mejoras concretas. Se trata de una cuestión fundamental que hace al fortalecimiento del régimen democrático y a los niveles de satisfacción respecto de él que posee la ciudadanía.
En los últimos años, nuestra Cámara ha llevado adelante distintas reformas tendientes a mejorar el vinculo representante - representado, a través de dinamizar y hacer más transparente la gestión parlamentaria, reformas tales como son las votaciones nominales, el acuerdo con el Senado para la apertura de la oficina de Atención Ciudadana, la publicidad de la agenda de las comisiones, la reducción del uso de la palabra en las sesiones, entre otras. El proyecto que aquí presentamos se propone continuar con esta línea y presentar una modificación del reglamento sobre el funcionamiento actual de la Cámara, en particular del trabajo en comisiones. Esta modificación se presenta en sintonía con avances que se han realizado al respecto en otros cuerpos legislativos pares como la Cámara de Diputados de Uruguay, el Honorable Senado de la Nación Argentina y la Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, entre otros. El primer cuerpo legislativo fija en su reglamento que la citación a las comisiones fuera de su régimen ordinario puede ser dispuesta por el Presidente o Vicepresidente o a solicitud firmada por la mayoría del cuerpo. Los otros dos cuerpos mencionados incluyen en sus regulaciones internas la fijación de al menos dos reuniones mensuales durante los periodos ordinarios.
El trabajo de las comisiones si bien no tiene gran repercusión pública constituye el motor principal de funcionamiento del Congreso pues es el ámbito deliberativo primogénito donde se analizan y se trabajan técnicamente los proyectos presentados por los legisladores para luego ser llevados al recinto.
Es nuestro objetivo encontrar una dinámica previsible y regular del funcionamiento de las comisiones permitiendo que sus miembros tengan instancias de iniciativa cuando circunstancias ordinarias no habilitaran su funcionamiento. Por eso planteamos la introducción de al menos dos instancias de reuniones de comisión al mes y la posibilidad de que si el Presidente de la comisión - a través del Secretario Administrativo -, no convocara a reuniones pero fuera la voluntad de la mayoría de sus miembros hacerlo, quedan habilitados a convocar y fijar temario si lo solicitan al Secretario. Asimismo y si en el plazo de dos meses no se cumple con la mencionada periodicidad, se habilita al Vicepresidente de la comisión a convocar reunión y fijar agenda.
Es necesario encontrar una mecánica de funcionamiento que permita que lleguen a analizarse proyectos más allá de los establecidos por la agenda del Poder Ejecutivo Nacional. A ello apunta nuestra contribución con este proyecto. En términos generales en nuestro país (y en América Latina) desde el periodo de apertura democrática, la actividad legislativa en todas sus fases (iniciativa, discusión, deliberación) se ha transformado en el fruto de una intervención conjunta del Poder Ejecutivo y el Poder Legislativo. Sin embargo no es por ello pertinente dejar librado, solo a uno de esos dos poderes (PE), la responsabilidad legislativa permitiendo que monopolice la agenda de cuestiones que se discute, sobre todo cuando ambos cuerpos somos portadores y representantes de la voluntad popular.
Este no es temor menor, si se toma en cuenta que en el período 126 de sesiones, solo 30 de un total de 119 leyes son de iniciativa de la Cámara de Diputados, lo que supone sólo un 25,2 % frente a un Poder Ejecutivo que en este último periodo (126 de sesiones) reúne el 56, 2 % de la iniciativa aprobada. (Fuente: Secretaría Parlamentaria, Dirección de Información Parlamentaria, Honorable Cámara de Diputados). A modo de comparación, La iniciativa legislativa del Poder Ejecutivo fue del 52,4% en el período 1983-1989 y del 46% en el período 1989-95, en tanto que, según datos de Mustapic y Goretti , el promedio para el período 1854-1989 fue del 49,5% (sin leyes de pensión).
No pretendemos con este proyecto abandonar el rol institucional político que manda al Poder Legislativo ser el aliado principal del Poder Ejecutivo en la elaboración de sus herramientas de gobierno. Lo que nos motiva, en cambio, es el interés de aportar a establecer aquellos mecanismos que nos permitan responder por nosotros mismos y de manera más cotidiana a los mandatos constitucionales que tenemos como cuerpo deliberativo.
En el entendimiento de que este proyecto de resolución no hace más que confirmar nuestro rol en la realización como Estado de los derechos fundamentales de todos y todas las personas que habitan en nuestro país, aportando a una democracia participativa y sólida, solicitamos a nuestros pares la aprobación de esta iniciativa.
Una vez que se logre concluir con las negociaciones salariales, se debería avanzar en los otros aspectos del sistema educativo, que hacen a reclamos elementales de las condiciones de la educación en nuestro país, sin embargo hoy lo urgente es lograr la convocatoria a las paritarias docentes, para evitar la demora en el inicio de las clases y las graves consecuencias en materia de educación y de organización cotidiana de las propias familias que ello origina.
Esperando ser acompañados en la presente iniciativa, elevamos el presente proyecto de Resolución a consideración de esta Honorable Cámara.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
PEREZ, ADRIAN BUENOS AIRES FRENTE RENOVADOR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO (Primera Competencia)
Trámite
Cámara Movimiento Fecha Resultado
Diputados SOLICITUD DE REPRODUCCION DEL PROYECTO PARA EL PERIODO 133 (2015), SEGUN LOS TERMINOS DEL ARTICULO 7 DE LA RESOLUCION DE LA HCD DEL 05/06/1996