PROYECTO DE TP
Expediente 2528-D-2010
Sumario: CODIGO PENAL: MODIFICACION DEL ARTICULO 84, SOBRE HOMICIDIO COMETIDO EN LA CONDUCCION DE UN AUTOMOTOR.
Fecha: 26/04/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 41
El Senado y Cámara de Diputados...
ARTICULO 1°:
Agréguese como último párrafo del Art. 84 del Código Penal.
"Cuando las
circunstancias del caso indiquen inequívocamente que el autor se
representó como posible el resultado mortal de su conducción e
igualmente haya incurrido o persistido en ella, la pena será la
prevista en el art 79."
ARTICULO 2°: De
forma.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Bien se ha dicho que
(Hans Welzel, Derecho Penal Aleman, - Editorial Jurídica de Chile 1976- pag. 101 y
ss) que "delimitar el dolo eventual de la culpa (conciente) es uno de los problemas
más difíciles y discutidos del Derecho Penal". La consecuencia de este fenómeno
es que "Las dificultades para trazar fronteras entre dolo eventual e imprudencia
han condicionado una jurisprudencia vacilante que unas veces utiliza la teoría de la
probabilidad y otras las del consentimiento" (Francisco Muñoz Conde, Teoría
General del Delito -Ed. Tirant Lo Blanch, Valencia 1991- pag. 60).
El Proyecto pretende agravar la
sanción del homicidio cometido en la conducción de un automotor, en los
supuestos que allí se describen, que lo apartan del obrar claramente imputable a
título de culpa ( art 84 CP), evitando a la vez eludir la aludida e interminable
discusión sobre si tales supuestos pueden ubicarse como típicos de la culpa
conciente ( tambien encuadrable en el art 84 CP) o son en cambio evidenciadores
del dolo eventual, propio del homicidio simple ( art 79 CP).
Por cierto que la mayor gravedad que
se propone en el castigo de la conducta descripta no pretende solucionar la
tremenda problemática que representa la importante y siempre creciente cantidad
de muertes acaecidas en el tránsito vehicular, problemática que debe ser abordada
por múltiples acciones de prevención, que lamentablemente lucen por su ausencia,
en todas las jurisdicciones.
Pero procura cumplir con el fin de
prevención general que se le asigna a la incriminación penal, reforzándolo
mediante la posibilidad de una punición más severa.
Por todo lo expuesto, Señor
Presidente, solicito la aprobación del presente proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
AGUAD, OSCAR RAUL | CORDOBA | UCR |
ALVAREZ, ELSA MARIA | SANTA CRUZ | UCR |
VEAUTE, MARIANA ALEJANDRA | CATAMARCA | UCR |
LANCETA, RUBEN ORFEL | BUENOS AIRES | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
LEGISLACION PENAL (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
02/11/2011 | CONTINUACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |