PROYECTO DE TP
Expediente 2522-D-2013
Sumario: HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS. SE DISPONE LA INSTALACION DEL DENOMINADO "ARO MAGNETICO" EN EL RECINTO, SALAS DE REUNION DE COMISIONES Y EN TODOS LOS SECTORES DESTINADOS A BRINDAR INFORMES EN SUS DEPENDENCIAS.
Fecha: 29/04/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 38
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Disponer la instalación del
denominado sistema de aro magnético en el recinto de esta Honorable
Cámara, en las salas de reunión de comisiones, y en toda oficina o
sector destinado a brindar informes en sus dependencias.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La
Declaración Universal de los Derechos Humanos en el Artículo 19
expresa que "cada persona tiene el derecho a la libertad de expresión y
de opinión; este derecho incluye la libertad de tener opiniones sin
interferencia y a recibir e impartir información e ideas a través de
cualquier medio, sin que medien fronteras". Este artículo, al establecer
la comunicación como derecho humano, reconoce el impacto y la
incidencia fundamental que la comunicación tiene en la vida política,
cultural y económica de las sociedades. Por lo tanto la falta de acceso de
las personas al ejercicio de sus derechos comunicativos vulnera los
derechos humanos, por lo cual es imprescindible el diseño e
implementación de políticas de comunicación e información que los
garanticen.
Por su
parte, la Convención sobre los Derechos de las Personas con
Discapacidad entiende a la Comunicación como aquella que "incluirá los
lenguajes, la visualización de los textos, el braille, la comunicación táctil,
los macrotipos, los dispositivos multimedia de fácil acceso, así como el
lenguaje escrito, los sistemas auditivos, el lenguaje sencillo, los medios
de voz digitalizada y otros modos, medios y formatos aumentativos o
alternativos de comunicación, incluida la tecnología de la información y
las comunicaciones de fácil acceso".
Nuestra Constitución
Nacional establece como derecho básico de todos los ciudadanos, la
igualdad ante la ley, que representa la igualdad de oportunidades para
todos los habitantes. Con la reforma de 1994, la misma en su artículo
75, inciso 23 establece (en cuanto a las Atribuciones del Congreso):
"legislar y promover medidas de acción positiva que garanticen la
igualdad real de oportunidades y de trato, y el pleno goce y ejercicio de
los derechos reconocidos por esta Constitución y por los tratados
internacionales vigentes sobre, derechos humanos, en particular
respecto de los niños, las mujeres, los ancianos y las personas con
discapacidad....".
Es por ello que siguiendo
este precepto constitucional básico y en concurrencia con la ley 23.592
dirigida a remover toda forma de discriminación, es que se hace
extensiva la aplicabilidad de la norma en este proyecto de resolución
que intenta otorgar la igualdad de oportunidades a la población de
sordos e hipoacúsicos.
El sistema de aro
magnético es un amplificador adaptado para entregar su señal de salida
a un cable que se instala rodeando el perímetro de una sala. Como
resultado se produce en la superficie un campo magnético que es
recogido por la bobina telefónica de un audífono o un implante coclear,
cuando éste es colocado en la posición T. Es una tecnología muy simple
y accesible, que se instala por única vez y cambia de raíz y para siempre
la experiencia de las personas con audición reducida.
Afortunadamente, ya hay
experiencias en nuestro país en la utilización de este sistema. Desde
2005, en la ciudad de Buenos Aires está en vigor la ley 1.870 que obliga
a los cines y teatros a proceder con su instalación. Según un informe del
Diario La Nación, las salas del Paseo La Plaza y los teatros La Comedia,
Del Globo, Gran Rex, Colón, Maipo, La Galera Encantada, el Actors
Studio Teatro, la sala Carlos Carella, el Fray Mocho, el Teatro San
Martín, De la Ribera, Presidente Alvear, Regio y Sarmiento ya poseen el
sistema de aro magnético en funcionamiento
Y en 2012 el Gobierno de
la Ciudad de Buenos Aires avanzó en la instalación de este sistema en
todas las Sedes Comunales y edificios centrales de la Ciudad. Asimismo,
se han instalados aros en escuelas en la provincia de Santa Fe.
Señor Presidente, con la
aprobación de la presente esta Cámara estará dando un paso más hacia
la inclusión de las personas con discapacidad, por ello le solicito a los
Sres. Legisladores acompañen el presente proyecto de resolución.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
PIEMONTE, HECTOR HORACIO | BUENOS AIRES | COALICION CIVICA - ARI |
STORANI, MARIA LUISA | BUENOS AIRES | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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