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PROYECTO DE TP


Expediente 2522-D-2013
Sumario: HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS. SE DISPONE LA INSTALACION DEL DENOMINADO "ARO MAGNETICO" EN EL RECINTO, SALAS DE REUNION DE COMISIONES Y EN TODOS LOS SECTORES DESTINADOS A BRINDAR INFORMES EN SUS DEPENDENCIAS.
Fecha: 29/04/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 38
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Disponer la instalación del denominado sistema de aro magnético en el recinto de esta Honorable Cámara, en las salas de reunión de comisiones, y en toda oficina o sector destinado a brindar informes en sus dependencias.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


La Declaración Universal de los Derechos Humanos en el Artículo 19 expresa que "cada persona tiene el derecho a la libertad de expresión y de opinión; este derecho incluye la libertad de tener opiniones sin interferencia y a recibir e impartir información e ideas a través de cualquier medio, sin que medien fronteras". Este artículo, al establecer la comunicación como derecho humano, reconoce el impacto y la incidencia fundamental que la comunicación tiene en la vida política, cultural y económica de las sociedades. Por lo tanto la falta de acceso de las personas al ejercicio de sus derechos comunicativos vulnera los derechos humanos, por lo cual es imprescindible el diseño e implementación de políticas de comunicación e información que los garanticen.
Por su parte, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad entiende a la Comunicación como aquella que "incluirá los lenguajes, la visualización de los textos, el braille, la comunicación táctil, los macrotipos, los dispositivos multimedia de fácil acceso, así como el lenguaje escrito, los sistemas auditivos, el lenguaje sencillo, los medios de voz digitalizada y otros modos, medios y formatos aumentativos o alternativos de comunicación, incluida la tecnología de la información y las comunicaciones de fácil acceso".
Nuestra Constitución Nacional establece como derecho básico de todos los ciudadanos, la igualdad ante la ley, que representa la igualdad de oportunidades para todos los habitantes. Con la reforma de 1994, la misma en su artículo 75, inciso 23 establece (en cuanto a las Atribuciones del Congreso): "legislar y promover medidas de acción positiva que garanticen la igualdad real de oportunidades y de trato, y el pleno goce y ejercicio de los derechos reconocidos por esta Constitución y por los tratados internacionales vigentes sobre, derechos humanos, en particular respecto de los niños, las mujeres, los ancianos y las personas con discapacidad....".
Es por ello que siguiendo este precepto constitucional básico y en concurrencia con la ley 23.592 dirigida a remover toda forma de discriminación, es que se hace extensiva la aplicabilidad de la norma en este proyecto de resolución que intenta otorgar la igualdad de oportunidades a la población de sordos e hipoacúsicos.
El sistema de aro magnético es un amplificador adaptado para entregar su señal de salida a un cable que se instala rodeando el perímetro de una sala. Como resultado se produce en la superficie un campo magnético que es recogido por la bobina telefónica de un audífono o un implante coclear, cuando éste es colocado en la posición T. Es una tecnología muy simple y accesible, que se instala por única vez y cambia de raíz y para siempre la experiencia de las personas con audición reducida.
Afortunadamente, ya hay experiencias en nuestro país en la utilización de este sistema. Desde 2005, en la ciudad de Buenos Aires está en vigor la ley 1.870 que obliga a los cines y teatros a proceder con su instalación. Según un informe del Diario La Nación, las salas del Paseo La Plaza y los teatros La Comedia, Del Globo, Gran Rex, Colón, Maipo, La Galera Encantada, el Actors Studio Teatro, la sala Carlos Carella, el Fray Mocho, el Teatro San Martín, De la Ribera, Presidente Alvear, Regio y Sarmiento ya poseen el sistema de aro magnético en funcionamiento
Y en 2012 el Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires avanzó en la instalación de este sistema en todas las Sedes Comunales y edificios centrales de la Ciudad. Asimismo, se han instalados aros en escuelas en la provincia de Santa Fe.
Señor Presidente, con la aprobación de la presente esta Cámara estará dando un paso más hacia la inclusión de las personas con discapacidad, por ello le solicito a los Sres. Legisladores acompañen el presente proyecto de resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
PIEMONTE, HECTOR HORACIO BUENOS AIRES COALICION CIVICA - ARI
STORANI, MARIA LUISA BUENOS AIRES UCR
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
PETICIONES, PODERES Y REGLAMENTO (Primera Competencia)