PROYECTO DE TP
Expediente 2518-D-2007
Sumario: SOLICITAR AL PODER LEGISLATIVO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES DISPONGA LAS MEDIDAS CONDUCENTES PARA MODIFICAR EL ARTICULO 18 DE LA LEY 5827, ORGANICA DEL PODER JUDICIAL, AMPLIANDO LA COMPETENCIA TERRITORIAL DEL DEPARTAMENTO JUDICIAL DE PERGAMINO.
Fecha: 28/05/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 58
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:
Que vería con agrado
que en las Honorables Cámara de Diputados y Senadores de la
Legislatura de la provincia de Buenos Aires se modifique el inciso a) del
artículo 18 de la Ley Nº 5.827 Orgánica del Poder Judicial, el cual
quedará redactado del siguiente modo: "Artículo 18.- (Texto según Ley
Nº 12.060) Departamento Judicial de Pergamino. Su asiento será en la
ciudad de Pergamino y tendrá competencia territorial en los siguientes
partidos: Colón, Pergamino y Salto".-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Estamos en presencia
de una clara necesidad de los justiciables de la zona Norte de la
provincia de Buenos Aires. La localidad de Salto, la cual depende del
Departamento Judicial de Mercedes, se encuentra a sólo 40 km. de
Pergamino mientras y que la distancia a la ciudad de Mercedes es de
120 km.; además las localidades de Pergamino y Salto se encuentran
comunicadas por servicios de transporte público directo y frecuente lo
que contribuye a que los habitantes de Salto puedan acceder más
fácilmente al Departamento Judicial de Pergamino a fin de que se les
provea justicia.
Existen además razones
de orden administrativo que establecen una clara relación entre ambos
distritos. La delegación de Anses de Salto pertenece a Pergamino. La
subdelegación del Ministerio de Trabajo de Salto depende de
Pergamino. La Inspección General de Escuelas de Salto corresponde al
Tribunal descentralizado N° 7 de Pergamino. La policía de Salto
pertenece a la Distrital Policial de Pergamino. Desde sus inicios la
Justicia de Trabajo de Salto es competencia del Tribunal de Trabajo Nº
1 del Departamento Judicial de Pergamino y que abarca Colón,
Arrecifes, Capitán Sarmiento, San Antonio de Areco, Salto y Rojas.-
En esta
cuestión viene trabajando el Colegio de Abogados de Pergamino desde
hace tiempo, impulsando esta modificación que implicará un claro
beneficio para todos quienes aspiran a que se les imparta Justicia en
esta vasta zona de la provincia de Buenos Aires.-
Por otra parte, el Concejo
Deliberante de Pergamino ha aprobado la Resolución N° 1.630/07 por unanimidad,
la cual en su Artículo 1° establece: "dirigirse a la Honorable Cámara de Diputados
y Senadores de la Provincia de Buenos Aires a fin de solicitarles: se rechace el
proyecto de ley que propugna la incorporación de la ciudad de Salto al
Departamento Judicial de Junín.
Se modifique el
artículo 18 de la ley 5827 ampliando la competencia territorial del
Departamento Judicial de Pergamino quedando integrado por:
Pergamino, Colón y Salto.-
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
TULIO, ROSA ESTER | BUENOS AIRES | PERONISTA FEDERAL |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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JUSTICIA (Primera Competencia) |