PROYECTO DE TP
Expediente 2509-D-2012
Sumario: PROGRAMA NACIONAL DE GESTION Y PREVENCION DE LA VIOLENCIA EN LAS ESCUELAS: CREACION EN EL AMBITO DEL MINISTERIO DE EDUCACION DE LA NACION; MODIFICACION DEL ARTICULO 119 DE LA LEY NACIONAL DE EDUCACION.
Fecha: 25/04/2012
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 36
El Senado y Cámara de Diputados...
PROGRAMA NACIONAL DE
GESTION Y PREVENCION DE LA VIOLENCIA EN LAS ESCUELAS.-
Artículo 1°.- Crease el Programa
Nacional de Gestión y Prevención de la Violencia en las Escuelas dentro del
ámbito del Ministerio de Educación de la Nación.
Artículo 2°.- Será Autoridad de
Aplicación del Programa Nacional de Gestión y Prevención de la Violencia en las
Escuelas, el Ministerio de Educación de la Nación, por intermedio del organismo
que disponga.-
Artículo 3°.- Incorpórase como
inc. d) del art. 119 de la ley Nacional de Educación el siguiente:
d) El Consejo de Gestión y Prevención
de la Violencia en las Escuelas, a cargo de proponer medidas pedagógicas,
didácticas y aquellas que considere necesarias para el cumplimiento efectivo de
los objetivos establecidos en el art. 4° de la presente ley. El mismo estará
integrado por autoridades educativas del Comité Ejecutivo del Consejo Federal de
Educación y por representantes de Organizaciones No Gubernamentales que
propendan al cumplimiento de dichos fines.
Artículo 4°.- Objetivos:
a) promover la buena convivencia
escolar y prevenir toda forma de violencia física o psicológica, agresiones u
hostigamientos de manera de prevenir violencia en las escuelas;
b) concientizar a alumnos, padres,
docentes, directivos y en general a todos los estamentos que conforman la
comunidad educativa, en relación a la problemática social de la violencia;
c) Formar y capacitar a docentes,
directivos, supervisores; y perfeccionar y profundizar los conocimientos de
quienes ya los acrediten, en políticas, estrategias y técnicas tendientes a prevenir
y eliminar la violencia o su riesgo;
d) promover medidas técnico
pedagógicas, didácticas y culturales, que permitan eliminar la violencia en sus
múltiples expresiones en el ámbito educativo;
e) promover campañas de información
sobre el fenómeno de la violencia y su riesgo, que contribuyan a su prevención y
erradicación;
f) Promover la creación de equipos
interdisciplinarios en las distintas jurisdicciones, que realicen un estudio de campo
respecto de la problemática, y elaboren estrategias para su abordaje y
prevención, asesorando a las autoridades escolares y a los docentes en los temas
de su incumbencia;
g) Promover la incorporación
curricular de la materia "Medios de Resolución Alternativa de Conflictos";
h) Promover medidas pedagógicas y
didácticas que permitan la toma de conciencia respecto de la violencia de género,
así como también promover la conformación de equipos interdisciplinarios
abiertos a la comunidad educativa que trabajen interrelacionados esta
problemática.-
Artículo 5°.- El programa, para el
logro de los objetivos previstos en la presente ley, se implementará a través de
cursos, talleres, encuentros, mesas redondas, jornadas, así como cualquier otra
técnica, a propuesta de las diferentes jurisdicciones que poseen representación
en el Consejo Federal de Educación ante la Autoridad de Aplicación. Asimismo,
se solicitará semestralmente a la autoridad de aplicación provincial, un informe
respecto del abordaje de la problemática y las estrategias adoptadas para la
gestión y prevención de la violencia en las escuelas.
ARTICULO 6°.- La Autoridad de
Aplicación deberá:
a) Convocar a las Organizaciones No
Gubernamentales y a las entidades académicas especializadas en la temática de
la violencia escolar y de género, a fin de conformar el Consejo de Gestión y
Prevención de la Violencia en las Escuelas que establece el artículo 3º de la
presente y reglamentar su funcionamiento.
b) Realizar una evaluación periódica
de la eficacia del programa, a los efectos de ratificar o rectificar medidas y
acciones puestas en marcha, haciendo públicos sus resultados.
c) Recopilar toda la información
emergente de la aplicación del Programa para su sistematización y posterior
evaluación.
d) Formalizar Convenios de
Intercambio y Cooperación con Organizaciones Internacionales dedicadas al
tema.
Artículo 7°.- Autorizase al Poder
Ejecutivo Nacional a realizar las adecuaciones necesarias del presupuesto del
Ministerio de Educación, para la implementación del presente Programa Nacional
de Gestión y Prevención de la Violencia en las Escuelas.
Artículo 8°.- Invitase a las
provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a adherir a la presente
ley.
Artículo 9°.- De forma
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
En los últimos veinte años, se ha
acentuado en nuestro país y en el mundo la problemática de la violencia escolar,
conocida internacionalmente como "bullying". Este problema que aqueja a cientos
de miles de niños y jóvenes en la Argentina ha sido objeto de varios estudios
cuantitativos y cualitativos que buscan encontrar las causas del mismo.
La primera causa que
aflora, y que ha contado con mayor repercusión en los medios de comunicación,
radica en la relación entre violencia escolar y contexto social. Un estudio realizado
por el Observatorio Argentino de Violencia en las Escuelas, coordinado por el
Ministerio de Educación y la Presidencia de la Nación, titulado "La violencia en las
escuelas desde una perspectiva cualitativa" del año 2009, señala que exista "una
fuerte vinculación entre aquello que puede encuadrarse como 'violencia' en las
escuelas y las profundas transformaciones económicas y sociales
experimentadas por la sociedad argentina en las últimas décadas del siglo XX.
Desde estas perspectivas, la violencia que se produce en las escuelas seria
resultado de una multiplicidad de factores que, gestados en las condiciones
sociales que rodean el espacio escolar, desbordan esos ámbitos particulares e
inciden en las instituciones educativas." (1)
Esta línea
argumentativa ha sido preponderante dentro de la visión mediática, política y
popular de los últimos tiempos. Ahora bien, el hecho de que exista una correlación
entre un contexto social complejo y el nivel de violencia escolar no significa que
tal causa sea la única existente. Posteriormente, el mismo informe indica la
presencia de un segundo factor que influye en los niveles de "bullying" dentro de
una institución educativa: "las formas que asumen las interacciones en el interior
de las comunidades escolares tienen una notable incidencia en los grados y
niveles de violencia que existen en ellas." Y agrega posteriormente: "la
conflictividad y la violencia en las escuelas parecerían estar relacionados con
escenarios en donde la regulación de las vinculaciones entre pares (niños y /o
jóvenes) y entre estos y los miembros adultos de la comunidad escolar se
enfrentan a dificultades para su desarrollo armónico." (2) .
Luego de analizar las anteriores
referencias, estamos en condiciones de afirmar que las interacciones en el interior
de las instituciones educativas, y las diversas formas en que estas interacciones
se generan y regulan, constituyen un pilar clave para la solución de la violencia
escolar y, por lo tanto, es atribución del Congreso Nacional y sus representantes
legislar en pos de aportar mecanismos institucionales que mejoren tales
interacciones.
Así pues, es el objetivo del
presente proyecto de ley generar, mejorar y regular los mecanismos de
interacción entre alumnos, entre estos y sus docentes, y entre los diversos
actores dentro del espacio escolar, con el único objetivo de reducir los niveles de
conflictividad y lograr así una mayor calidad de aprendizaje para todos los niños,
niñas y adolescentes de nuestro país.
Previo a presentar los
argumentos que fundamentan tales intervenciones, es necesario definir el término
"violencia escolar" o "bullying", para entender claramente cuál es el problema que
se busca solucionar. Generalmente, se asocia la violencia con su forma más
evidente: la utilización de la fuerza física y las amenazas asociadas a su uso. De
hecho, la definición es más amplia que aquella existente en el imaginario popular,
y Heritier la define como "toda restricción de naturaleza física o psíquica
susceptible de conllevar el terror, el desplazamiento, la infelicidad, el sufrimiento o
la muerte de un ser animado; todo acto de intrusión que tiene por efecto voluntario
o involuntario la desposesión de otro, el daño o destrucción de objetos
inanimados" (3) .
En otras palabras, debemos
entender el concepto de violencia no sólo como la imposición física, sino también
como la presión psicológica, emocional o simbólica que produce un daño
arbitrario sobre un individuo y un objeto. Tal concepto no sólo amplía el alcance
de la propia definición, sino también la percepción del problema y la magnitud de
la solución propuesta en este proyecto.
Pasando ahora a los argumentos
que sostienen la necesidad de aprobación de esta ley, debemos mencionar en
primer lugar la relación entre nivel de conflictividad de las interacciones escolares
y cantidad de actos de violencia en la institución educativa.
Tal argumento surge como
conclusión del estudio cualitativo y cuantitativo realizado por el Ministerio de
Educación a través del Observatorio de Violencia en las Escuelas. Luego de un
extenso relevamiento, se logró comprender que, más allá del contexto en el que
los jóvenes se encuentren, es necesario generar mecanismos de mejora para los
vínculos entre los diferentes actores de la comunidad escolar. Para ello, el
presente proyecto plantea trabajos de concientización de los alumnos,
capacitación docente, promoción de técnicas pedagógicas, campañas
informativas y creación de equipos interdisciplinarios para solucionar el problema
planteado por los últimos estudios en la materia.
El segundo argumento que
sostiene este proyecto se encuentra basado en un estudio realizado en conjunto
entre el United Nations International Children's Emergency Fund (UNICEF) y la
Facultad Latinoamericana de Ciencias Sociales (FLACSO), titulado "Clima,
conflictos y violencia en las escuelas" del año 2009 sobre violencia escolar en la
Argentina.
Luego de un amplio
estudio se alcanzó una conclusión realmente interesante sobre el "bullying" en
nuestro país: el trabajo menciona que exista una "contraposición entre la
"narrativa colectiva y el caso particular de la propia escuela". Todos los actores
involucrados en el estudio, y desde los diversos abordajes, nos muestran un
contraste sobre el que es necesario reflexionar. Se muestra la problemática del
conflicto y la violencia en las escuelas como algo muy preocupante, pero a nivel
general, abstracto. En cuanto se comienza a hablar de la propia escuela el
discurso cambia radicalmente, tornándose menos grave o incluso no
problemático." (4)
Esta es una situación
realmente interesante, ya que los estudiantes reconocen la existencia del
problema en el resto de las escuelas del país pero no en la propia, resaltando una
preocupante negación del problema. Asimismo, el análisis en cuestión ejemplifica:
"entre los alumnos, el 52% opinan que es un problema muy grave en las escuelas
de la zona en que se encuentra su propia escuela. En general, y en contraste,
aparece una visión particular de la propia escuela, en la cual el problema tiende a
ser visualizado como mucho menos grave (sólo el 19% opina que el problema es
grave o muy grave)." (5)
Finalmente, el informe
hace referencia al rol de los medios de comunicación en la construcción errónea
que se ha generado en el imaginario popular y de los propios actores sobre el
tema, y a la necesidad de intervención del Estado en tal conflicto: "La gravedad
del problema como algo general de las escuelas está muy ligado no sólo a lo que
se construye externamente desde los medios de comunicación, tal como es
destacado en la síntesis del análisis cualitativo, sino que se aprecia también una
reciprocidad con la percepción de una falta de políticas públicas sobre la materia:
se aprecia en el imaginario de los diversos actores una formulación de gravedad
de la problemática, con una correspondiente ausencia (también en el imaginario)
de respuestas acordes a la magnitud del problema." (6)
El tercer y último argumento es
puramente ejemplificador, y refiere a la enorme cantidad de casos de violencia
escolar que se han producido en los últimos tiempos, imponiendo una necesidad
casi urgente de aprobación de este proyecto.
Para dar una imagen
a nivel estadístico, dentro del espacio muestral del área metropolitana de la
Ciudad de Buenos Aires, el estudio realizado por UNICEF y FLACSO arroja datos
sorprendentes: "de los alumnos en el año 2009 han presenciado situaciones de
humillación entre los mismos y el 22,7% ha estado preocupado de resultar víctima
de tal situación. (...)
Al considerar el
conjunto de situaciones de maltrato entre alumnos, y teniendo en cuenta las
menciones de ocurrencia habitual o más de una vez, se observan en orden
decreciente: burlas por alguna característica física (18,1%); comentarios
desagradables en público (16,4%, con mayores proporciones en escuelas
privadas); fueron evitados o no quisieron compartir alguna actividad con él
(10,2%); tratados de manera cruel (9,5%), con mayor nivel en escuelas privadas,
y haber sido obligados a hacer algo contra su voluntad (5%). Respecto de
situaciones discriminatorias planteadas entre alumnos, se observa que un 7,6%
se sintió discriminado habitualmente o más de una vez por su vestimenta o
apariencia física y que un 5,6% se sintió discriminado por cuestiones étnicas o
religiosas. (...)
El 6,2% de los alumnos
afirma haber visto que se haya llevado un arma de fuego a la escuela y un 25,5%
afirma haber visto que alguien llevó un arma blanca. Finalmente, en este apartado
sobre armas, un 9,7% afirma haber visto que algún alumno haya amenazado o
agredido con un útil escolar utilizándolo como arma. Asimismo, el 70% de los
alumnos ha presenciado peleas entre pares, el 18% ha tenido temor de verse
involucrado en las mismas y un 15% ha participado en ellas." (7)
En conclusión, estamos en
condiciones de afirmar que el presente proyecto busca solucionar las tres
problemáticas planteadas anteriormente: en primer lugar, interviene en el ámbito
escolar buscando generar mejores niveles de interacción entre los diversos
actores de la institución educativa a través de políticas pro-activas, atacando de
tal manera una de las principales causas del "bullying" en nuestro país, como lo
son los problemas de interacción internos; en segundo lugar, este proyecto
plantea procesos de capacitación y concientización, buscando así solucionar el
desfasaje entre la imagen externa y el imaginario interno que poseen los
estudiantes sobre la violencia en sus propias instituciones; y finalmente, busca
aportar soluciones al apremiante status quo que se vive en torno a la violencia
escolar en nuestro país.
Welsh afirma que "Algo
similar ocurre respecto del contexto regulativo y del contexto de calidad del
aprendizaje. Consistentemente con lo señalado por la investigación internacional
(WELSH y otros, 1999), allí donde los alumnos sienten que conocen cuáles son
las normas, que han participado en su elaboración, que las consideran adecuadas
y que se sienten escuchados por algún adulto cuando se presentan problemas,
encontramos también menores niveles de conflictividad y violencia. Igualmente,
cuando los alumnos piensan que las clases están bien planificadas por los
profesores, cuando se sienten motivados a estudiar, cuando sienten que los
profesores se esfuerzan por explicarles, y cuando sienten que han aprendido
mucho, los niveles de conflictividad y violencia resultan inferiores. Por el contrario,
cuando estas condiciones no se producen debemos esperar consecuentemente
peores condiciones de conflictividad y mayores niveles de violencia." (8)
Por lo tanto, al solucionar los
problemas planteados con anterioridad, se resuelven o al menos disminuyen los
casos de violencia escolar en nuestro país a través de un trabajo conjunto de
concientización, capacitación y generación de normas entre alumnos, docentes y
Estado. De tal manera, mejora el dialogo, se reduce el conflicto y mejora la
calidad del aprendizaje, logrando así un avance en la calidad educativa para
todos los niños, niñas y adolescentes de la República Argentina
Señor Presidente, por los motivos
expuestos, solicito la aprobación del presente proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
ARENA, CELIA ISABEL | SANTA FE | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
FORCONI, JUAN CARLOS | SANTA FE | SANTA FE EN MOVIMIENTO |
BERTONE, ROSANA ANDREA | TIERRA DEL FUEGO | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
EDUCACION (Primera Competencia) |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
09/10/2012 | INICIACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 1495/2012 | ESTE EXPEDIENTE HA SIDO TENIDO A LA VISTA EN EL O/D 1495/12 | 28/11/2012 |