PROYECTO DE TP
Expediente 2502-D-2009
Sumario: CREACION DE UNA DEFENSORIA OFICIAL ANTE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACION.
Fecha: 20/05/2009
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 51
El Senado y Cámara de Diputados...
CREACION DE UNA (1)
DEFENSORIA OFICIAL ANTE LA CORTE SUPREMA DE JUSTICA DE LA
NACION.-
Artículo 1: Créase en el ámbito del
Ministerio Público de la Defensa una (1) Defensoría Oficial ante la Corte Suprema de
Justicia de la Nación con competencia en materia civil, comercial, laboral, previsional,
tributaria, y electoral, a la que se identificará ordinalmente con el número 2.-
Artículo 2: Créanse los cargos que se
detallan en los Anexo 1 que forman parte integral de la presente.-
Artículo 3: La actual Defensoría Oficial
ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, a la que se designará en adelante con el
número 1, retendrá para sí la competencia en materia penal.-
Artículo 4: La presente ley se
implementará una vez que se cuente con el crédito presupuestario necesario para la
atención del gasto que su objeto demande, el que se imputará a los presupuestos del
Ministerio Público de la Defensa, una vez asignada la partida específica, que deberá ser
incluido de conformidad con las previsiones de ley.-
Los magistrados, funcionarios y empleados
que se designen en los cargos creados, sólo tomarán posesión cuando se cumpla con la
mencionada condición financiera.-
Artículo 5: Comuníquese al Poder
Ejecutivo Nacional.-
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Desde la vigencia de la ley 24.946, existe
en el ámbito el Ministerio Público de la Defensa una única defensoría con competencia
universal que actúa ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.-
El Defensor Oficial ante el máximo
tribunal interviene en todas las actuaciones con trámite por competencia originaria (art.
117 de la Constitución Nacional y art. 2 de la Ley Nro. 21.708 incorporado al art. 24
incs. 1 y 6 del Decreto-Ley Nro. 1285/1958) como así también, en todas las causas en
las que se han interpuesto recursos ordinarios (arts. 254 y 259 Código Procesal Civil y
Comercial de la Nación) o extraordinarios (art. 14 Ley Nro. 48) o quejas por denegación
del recurso extraordinario, ello siempre y cuando sean impugnantes sin patrocinio
letrado.-
A su vez, en esta última instancia judicial
la defensa oficial interviene también tras el agotamiento de las instancias ordinarias y
extraordinarias previas, en todos los casos que arriben desde la jurisdicción nacional,
provincial y federal del interior del país instruidos tanto en el fuero penal, civil,
comercial, laboral, de seguridad social y contencioso administrativo federal.-
El ejercicio del Ministerio Pupilar integra
también el espectro de atribuciones del Defensor ante la Corte en tanto ejerce la
presentación en última instancia de los menores, incapaces y ausentes deslindándose en
este aspecto la representación técnica promiscua y directa que establece los artículos 59
y 491 a 494 del Código Civil.-
Asimismo el Defensor ante la Corte, de
acuerdo a lo establecido por el art. 53 de la Ley Nº 24.946 tiene entre sus funciones la de
"sustituir o reemplazar al Defensor General en las causas sometidas a su intervención o
dictamen cuando por necesidades funcionales éste así lo resuelva y en caso de licencia,
excusación, recusación, impedimento o vacancia; entre otras".-
La labor de la Defensoría Oficial ante la
Corte Suprema de Justicia de la Nación ha ido en constante aumento en todos los fueros
que integran su amplio espectro de competencia. En esa línea, en el informe anual del
Ministerio Público de la Defensa correspondiente al año 2007 -presentado al Honorable
Congreso de la Nación de conformidad con el artículo 32 de la Ley de Ministerio
Publico- se dio cuenta de un incremento del 19,70 % de intervenciones en materia no
penal de la defensoría con respecto al periodo anterior, cifra que se encuentra compuesta
de un total de 152 causas, (104 por apelación extraordinaria y 48 por competencia
originaria de la Corte). Por su parte, en materia penal el incremento de causas ingresadas
fue del 43%, compuesto por un total de 173 causas, mientras que en el ciclo 2006 la
cifra fue de 121.-
La creación de esta nueva defensoría, sería
una medida que permitiría equilibrar los recursos humanos de este Ministerio Público
con los del Ministerio Público Fiscal, que cuenta con cuatro (4) Procuradores Fiscales
ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, de los cuales dos (2) tienen competencia
exclusiva en materia penal, uno (1) en derecho público, y el restante en derecho
privado.-
Otro argumento importante para impulsar
la creación de la defensoría que se propone es la conveniencia de que cada magistrado
que ejerza una función tenga la correspondiente especialización en ella. En este caso,
con la composición actual de la Defensoría Oficial ante la Corte Suprema de Justicia de
la Nación, es decir un solo magistrado debiendo asumir una competencia tan amplia,
resulta prácticamente imposible que éste pueda tener preparación y actualización
constante en cada una de las ramas del derecho mencionadas.-
Por todo lo aquí expuesto, solicito de mis
pares la aprobación de este proyecto.-
ANEXO
ANEXO 1
Magistrados y Funcionarios:
Defensor Oficial ante la Corte Suprema de
Justicia
de la Nación
Uno
Secretario Letrado
Uno
Personal Administrativo y
Técnico
Escribiente Auxiliar
Uno
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
CIGOGNA, LUIS FRANCISCO JORGE | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
RECALDE, HECTOR PEDRO | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
CESAR, NORA NOEMI | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
CONTI, DIANA BEATRIZ | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
JUSTICIA (Primera Competencia) |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
28/07/2009 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia con modificaciones |
17/11/2009 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia sin modificaciones |
18/11/2009 | DICTAMEN | Aprobado con modificaciones con disidencias |
09/11/2010 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia con modificaciones |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 2353/2009 | CON MODIFICACIONES; CON 3 DISIDENCIAS PARCIALES | 25/11/2009 |