PROYECTO DE TP
Expediente 2477-D-2007
Sumario: APROBACION DE LA CONVENCION SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD, ADOPTADA EL 13 DE DICIEMBRE DE 2006 POR LA ASAMBLEA GENERAL DE LAS NACIONES UNIDAS.
Fecha: 24/05/2007
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 57
El Senado y Cámara de Diputados...
Artículo 1º: Apruébese la
Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad,
adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas , el día 13 de
diciembre de 2006 que consta de cincuenta (50) artículos, cuya fotocopia
autenticada en idioma español forma parte de la presente ley.
Artículo 2º: Comuníquese al
Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Las
convenciones internacionales tienen por objeto proteger y promover los
derechos humanos de los grupos vulnerables, uno de estos grupos es el de
las personas con discapacidad.
Alrededor del
10% de la población mundial, 650 millones de personas con discapacidad,
según datos de Naciones Unidas carecen de las oportunidades que tiene la
población en general. La Asamblea de Naciones Unidas adoptó el 13 de
diciembre de 2006 la Convención sobre los derechos de las personas con
discapacidad con la finalidad de corregir aquellas carencias. El propósito de
esta Convención es promover, proteger y asegurar el goce pleno y en
condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades
fundamentales por todas las personas con discapacidad, y promover el
respeto de su dignidad inherente.
El 30 de
marzo de 2007 nuestro país ratificó la Convención y, por lo tanto se
comprometió a acepta las obligaciones jurídicas que le corresponden en
virtud del tratado, y a adoptar la legislación adecuada para hacerlas
cumplir.
La Convención
compromete a los Estados Parte a:
a. Adoptar todas las
medidas legislativas, administrativas y de otra índole que sean pertinentes
para hacer efectivos los derechos reconocidos en la presente Convención;
b. Tomar todas las medidas
pertinentes, incluidas medidas legislativas, para modificar o derogar leyes,
reglamentos, costumbres y prácticas existentes que constituyan
discriminación contra las personas con discapacidad;
c. Tener en cuenta, en
todas las políticas y todos los programas, la protección y promoción de los
derechos humanos de las personas con discapacidad;
d. Abstenerse de actos
o prácticas que sean incompatibles con la presente Convención y velar por
que las autoridades e instituciones públicas actúen conforme a lo
dispuesto en ella;
e. Tomar todas las medidas
pertinentes para que ninguna persona, organización o empresa privada
discriminen por motivos de discapacidad;
f. Emprender o promover
la investigación y el desarrollo de bienes, servicios, equipo e instalaciones
de diseño universal, con arreglo a la definición del artículo 2 de la presente
Convención, que requieran la menor adaptación posible y el menor costo
para satisfacer las
necesidades específicas de
las personas con discapacidad, promover su disponibilidad y uso, y
promover el diseño universal en la elaboración de normas y directrices;
g. Emprender o promover la
investigación y el desarrollo, y promover la disponibilidad y el uso de
nuevas tecnologías, incluidas las tecnologías de la información y las
comunicaciones, ayudas para la movilidad, dispositivos técnicos y
tecnologías de apoyo adecuadas para las personas con discapacidad,
dando prioridad a las de precio asequible;
h. Proporcionar información
que sea accesible para las personas con discapacidad sobre ayudas a la
movilidad, dispositivos técnicos y tecnologías de apoyo, incluidas nuevas
tecnologías, así como otras formas de asistencia y servicios e instalaciones
de apoyo;
i. Promover la formación
de los profesionales y el personal que trabajan con personas con
discapacidad respecto de los derechos reconocidos en la presente
Convención, a fin de prestar mejor la asistencia y los servicios garantizados
por esos derechos.
Señor
Presidente, la incorporación de esta Convención a nuestra legislación es de
suma importancia para garantizar el ejercicio de los derechos de las
personas con discapacidad y por ese motivo vengo a proponer la
aprobación del presente Proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
MONTI, LUCRECIA | CIUDAD de BUENOS AIRES | JUSTICIALISTA NACIONAL |
ZANCADA, PABLO V. | SANTA FE | PARTIDO SOCIALISTA |
ARTOLA, ISABEL AMANDA | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
GORBACZ, LEONARDO ARIEL | TIERRA DEL FUEGO | ARI |
OSORIO, MARTA LUCIA | LA PAMPA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
RELACIONES EXTERIORES Y CULTO (Primera Competencia) |
DISCAPACIDAD |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 0267/2008 | COMUNICACION DEL H. SENADO CON 1 FE DE ERRATAS; LA COMISION HA TENIDO A LA VISTA LOS EXPEDIENTES 2477-D-07, 4201-D-07 Y 4518-D-07 | 22/05/2008 |