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PROYECTO DE TP


Expediente 2465-D-2015
Sumario: PEDIDO DE INFORMES AL PODER EJECUTIVO SOBRE DIVERSAS CUESTIONES RELACIONADAS CON LA TRATA DE PERSONAS CON FINES LABORALES.
Fecha: 05/05/2015
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 42
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo para que, a través de los organismos pertinentes, se sirva informar todas las cuestiones relacionadas a distribución, disponibilidad y comercialización de la monodroga Acetato de Ciproterona combinado con Etinilestradiol:
1-¿Existe un relevamiento que nos permita conocer qué medidas se adoptaron por parte del Ministerio de Salud de la Nación en función a la fármaco- vigilancia para controlar la distribución, disponibilidad y comercialización de la monodroga Acetato de Ciproterona combinado con Etinilestradiol en nuestro país? En caso afirmativo, detallar cada medida de prevención , en qué periodo de aplico y en que jurisdicciones se aplicaron. En caso negativo, explique los motivos.
2-¿Existe un registro que nos permita conocer si estas monodrogas continúan comercializándose inclusive después de su prohibición en el territorio de nuestro país?
3- ¿Qué tipo de información exclusiva se le brinda a los profesionales de la salud, en virtud de la prohibición y prevención de la utilización de estas monodrogas?
4-¿Qué medidas se adoptaron paran minimizas los riesgos en los pacientes que consumieron dichos medicamentos? En caso afirmativo, indique cuales y en caso negativo, explique los motivos.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


En el año 2013 en Francia , la agencia francesa de medicamentos decidido suspender la comercialización del producto "Diane 35" y sus genéricos, luego de realizar un estudio del perfil beneficio-riesgo del uso de esa combinación de drogas y considerarlo desfavorable dado el aumento del riesgo de tromboembolismos arteriales y venosos.
En dicho país , los productos que combinan ciproterona con etinilestradiol se encuentran indicados únicamente para el tratamiento del acné. A partir de la decisión adoptada por la ANSM, la agencia europea de medicamentos (EMA) comunicó el inicio formal de la revisión de las autorizaciones de comercialización en el resto de Europa.
En el resto del mundo inclusive en nuestro país es utilizado aparentemente para combatir el acné y como anticonceptivo.
El inconveniente con dicho producto surgió inicialmente en Francia luego de que la justicia francesa imputara a varios profesionales por la muerte de una joven mujer y se unieran otros casos de muertes de mujeres por trombosis asociadas al consumo del fármaco.
El Comité para la Evaluación de Riesgos en Fármaco y Vigilancia de la Unión Europea (PRAC), emitió una resolución modificando el contenido de los prospectos de todos los productos que contienen Etinilestradiol y acetato de ciproterona. También dispuso que tengan el triángulo negro invertido, símbolo de que esos medicamentos están sujetos aun seguimiento adicional, tal como figura en la "List of medicinal products under additional monitoring" publicada por la Agencia Europea de Medicamentos.
La Resolución del PRAC recuerda que el tromboembolismo venoso y/o arterial es un riesgo ya identificado y ampliamente conocido para los medicamentos que contienen acetato de ciproterona en combinación con etinilestradiol. En base a los resultados de estudios epidemiológicos se estima que dicho riesgo es entre 1,5 y 2 veces superior al asociado a los anticonceptivos combinados orales que contienen levonorgestrel, mientras que podría ser similar al que presentan los que contienen desogestrel, gestodeno o drospirenona.
En términos de eficacia los datos disponibles avalan el uso de estos medicamentos para el tratamiento del acné andrógeno-dependiente de moderado a severo y/o hirsutismo. Sin embargo, para el tratamiento de los trastornos cutáneos no andrógeno dependientes y de la alopecia, los datos existentes hasta la fecha son limitados y no concluyentes.
Además el tiempo de tratamiento con este medicamento no debe de exceder los 3 meses y en caso de que así fuere debe ser evaluado y aprobado por el médico.
Indico que estas condiciones de utilización se incluirán en las fichas técnicas de todos los medicamentos que contienen acetato de ciproterona en combinación con etinilestradiol. Asimismo, se agregan una serie de advertencias adicionales encaminadas fundamentalmente a tratar de minimizar el riesgo del TEV, por lo que se amplían no sólo las advertencias sino también las contraindicaciones en los prospectos. Además se distribuyó información ampliada dirigida tanto a los profesionales sanitarios como a los pacientes.
En nuestro país la Administración Nacional de Medicamentos y Tecnología (ANMAT), en base a este panorama inicio la revisión de las condiciones de autorización de comercialización , indicaciones, aspectos de seguridad e información contenida en los prospectos de los productos que contienen etinilestradiol + acetato de ciproterona.
Lo dispuesto por el ANMAT consiste en la modificación de un párrafo de las Indicaciones y elagregado de otro en las Advertencias.
Como podemos ver estas medidas adoptadas por el organismo son muy escasas en relación con lo que el Comité Europeo propone , y una vez los mas perjudicados son los ciudadanos de nuestro país. Inclusive en el prospecto con el que se comercializa actualmente el Diane 35 en nuestro país no se han
implementado los cambios dispuestos por la ANMAT.
Situación que merece un tratamiento urgente en protección a la salud de las personas.
Por todo lo expuesto, le solicito a los Sres. Diputados que me acompañen en la aprobación del presente proyecto de resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
BIANCHI, IVANA MARIA SAN LUIS COMPROMISO FEDERAL
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
LEGISLACION DEL TRABAJO (Primera Competencia)