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PROYECTO DE TP


Expediente 2457-D-2014
Sumario: SOLICITAR AL PODER EJECUTIVO DISPONGA LAS MEDIDAS NECESARIAS PARA IMPULSAR LA ELIMINACION DEL ROAMING ENTRE LOS PAISES PERTENECIENTES AL MERCOSUR.
Fecha: 14/04/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 26
Proyecto
La Cámara de Diputados de la Nación
RESUELVE:


Solicitar al Poder Ejecutivo que disponga, a través de los organismos que corresponda, impulsar la eliminación del roaming entre los países pertenecientes al Mercosur.

FUNDAMENTOS

Proyecto
Señor presidente:


El roaming o itinerancia es un servicio que consiste en que los usuarios de telefonía móvil puedan circular con total libertad a través de las distintas fronteras nacionales e internacionales sin temor a perder la cobertura de su señal. Es decir, consiste en que aquellos usuarios que se trasladen fuera del área de cobertura que contrataron, puedan recibir y realizar llamadas asi como también utilizar su paquete de datos, sin necesidad de efectuar un trámite previo. Esto se da en razón del acuerdo de itinerancia que tienen las empresas prestadoras del servicio de telefonía móvil entre sí.
De esta manera, en el acuerdo de itinerancia van a participar la compañía prestadora original del servicio y la propietaria de la red en la que el cliente esta itinerando. Este servicio tiene un costo diferenciado al contratado originalmente por el usuario, porque está considerado un servicio adicional, y los costos y las condiciones van a variar de acuerdo a la empresa prestadora del servicio.
La particularidad del roaming es que el costo adicional lo paga quien se traslade del área de cobertura, más allá de ser ese usuario quien recibió la llamada, porque se considera que quien realiza la comunicación no tiene por qué saber dónde se encuentra la persona con quien intenta comunicarse.
Esto genera para los usuarios una clara desventaja, porque las compañías, encargadas de prestar el servicio de comunicación, trasladan el costo de la itinerancia con otras empresas al consumidor final, en este caso, el usuario. Asimismo, dicho costo es mayor si el servicio de roaming es internacional.
Por otra parte, el tratado de Asunción de 1991 dió inicio al Mercado Común del Sur (MERCOSUR) que está integrado por la República Argentina, la República Federativa de Brasil, la República del Paraguay, la república Oriental del Uruguay, la República Bolivariana de Venezuela y el Estado Plurinacional de Bolivia. Según el Artículo 1° de dicho tratado, el MERCOSUR implica:
1. La libre circulación de bienes, servicios y factores productivos entre los países, a través, entre otros, de la eliminación de los derechos aduaneros y restricciones no arancelarias a la circulación de mercaderías y de cualquier otra medida equivalente;
2. el establecimiento de un arancel externo común y la adopción de una política comercial común con relación a terceros Estados o agrupaciones de Estados y la coordinación de posiciones en foros económico-comerciales regionales e internacionales;
3. la coordinación de políticas macroeconómicas y sectoriales entre los Estados Partes: de comercio exterior, agrícola, industrial, fiscal, monetario, cambiaria y de capitales, de servicios, aduanera, de transportes y comunicaciones y otras que se acuerden, a fin de asegurar condiciones adecuadas de competencia entre los Estados Partes;
4. el compromiso de los Estados Partes de armonizar sus legislaciones en las áreas pertinentes, para lograr el fortalecimiento del proceso de integración.
En este sentido, consideramos que la eliminación del roaming entre los Estados Partes del Mercosur implica la profundización de los objetivos que llevaron a su creación, fortaleciendo los lazos, en este caso comunicacionales, entre nuestros ciudadanos que podrán circular libremente sin la preocupación por los costos adicionales a sus servicios de comunicaciones móviles.
Es necesario destacar que actualmente la Comunidad Europea, integrada por 28 Estados, se encuentra legislando en el mismo sentido. El parlamento europeo ha dado media sanción al proyecto de eliminación de roaming. De esta manera los usuarios europeos podrán utilizar sus teléfonos móviles para llamadas, mensajes y descarga de datos, sin abonar costos adicionales.
Es por todo lo expuesto que solicito a los Señores Diputados la aprobación de la presente resolución.
Proyecto
Firmantes
Firmante Distrito Bloque
AVOSCAN, HERMAN HORACIO RIO NEGRO FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ
Giro a comisiones en Diputados
Comisión
COMUNICACIONES E INFORMATICA (Primera Competencia)
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha Movimiento Resultado
01/07/2014 DICTAMEN Aprobado con modificaciones como proyecto de declaración
Dictamen
Cámara Dictamen Texto Fecha
Diputados Orden del Dia 0364/2014 CON MODIFICACIONES; LA COMISION ACONSEJA APROBAR UN PROYECTO DE DECLARACION; ARTICULO 114 DEL REGLAMENTO DE LA H. CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION, BAE 18/2014; OBSERVACIONES: 1 SUPLEMENTO 14/07/2014