PROYECTO DE TP
Expediente 2454-D-2014
Sumario: PROMOCION DE PUEBLOS RURALES TURISTICOS. REGIMEN.
Fecha: 14/04/2014
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 26
El Senado y Cámara de Diputados...
PROMOCIÓN DE PUEBLOS
RURALES TURÍSTICOS
Artículo 1º: La presente ley tiene por
objeto promover el desarrollo sustentable de las actividades turísticas de los
pueblos rurales, mediante la implementación de acciones que contribuyan a
obtener un mejor aprovechamiento de su potencial.
Artículo 2º: A los fines de la presente
ley, se entenderá por "pueblo" a la concentración espacial de edificios conectados
entre sí por calles que conforman un ejido urbano, exclusivamente en el sentido de
aglomeración, independientemente de los límites provinciales, departamentales,
municipales o de partidos.
Artículo 3º: Las provincias elegirán
hasta tres pueblos en su jurisdicción que deberán cumplir las siguientes
características:
a) Que las autoridades de la
comunidad autodefinan al pueblo como pueblo rural, y que dicha autodefinición
sea avalada por las autoridades provinciales.
b) Poseer algún atractivo para el
desarrollo de un proyecto turístico, fundamentando su viabilidad y sustentabilidad,
y estableciendo las pautas a través de las cuales el mismo beneficiará a la
población local.
Artículo 4º: La autoridad de aplicación
gestionará el acceso de los pueblos rurales turísticos a los siguientes
beneficios:
a) Identificación de necesidades de
inversión pública, vinculadas a obras de infraestructura, recuperación del
patrimonio cultural y/o arquitectónico y sus posibles fuentes de financiamiento.
b) Apoyo en la gestión para obtener
financiamiento en entidades públicas y/o privadas para emprendimientos
turísticos- productivos a desarrollarse en el pueblo rural turístico.
c) Asesoramiento en temas de
promoción turística y de desarrollo de la producción local.
d) Inclusión de catálogos, directorios,
guías, publicidades, página Web, que promueva y desarrolle el Ministerio de
Turismo de la Nación y/o del Instituto Nacional de Promoción Turística
(INPROTUR).
e) Participación en los programas de
promoción y capacitación turística que promueva y desarrolle el Ministerio de
Turismo de la Nación.
Artículo 5º: Cada cinco años se podrán
seleccionar e incorporar nuevos pueblos rurales a la ley de promoción,
acreditando las características previstas en el artículo 3º.
Artículo 6º: Las autoridades
provinciales, garantizando la participación de instituciones intermedias del sector
turístico, comisiones legislativas específicas y autoridades municipales o
comunales, presentarán ante el Consejo Federal de Turismo la nómina de pueblos
que, dentro de su jurisdicción, cumplan con los requisitos establecidos en el
artículo 3º.
Artículo 7º: Es autoridad de aplicación
de la presente ley el Ministerio de Turismo de la Nación.
Artículo 8º: Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El fenómeno mundial de decrecimiento
de la población rural se manifiesta en nuestro país en dos escalas: la primera, de
la Región Metropolitana con respecto a las provincias; y en las provincias, entre
las ciudades capitales, generalmente populosas, y el interior despoblado.
Los datos del último censo son
elocuentes, mientras el Aglomerado Gran Buenos Aires (AGBA) cuenta con 2681
hab. / km2 según las estimaciones censales a partir del Censo 2010, distintos
departamentos provinciales no llegan a tener medio habitante por kilómetro
cuadrado.
Hacia el año 1930 se produce un punto
de inflexión con respecto a la evolución de la población rural, es decir que a partir
de allí la emigración rural empieza a crecer ininterrumpidamente.
Si bien el decrecimiento de la población
rural es un fenómeno mundial, nuestro país careció de políticas eficientes de
estado para contener, e incluso repoblar el interior de nuestro extenso
territorio.
La crisis de las economías regionales,
la infraestructura radial con centro en Buenos Aires, el desmantelamiento del
ferrocarril, el crecimiento industrial estructurado en el eje Buenos Aires - Córdoba
son algunas de las causas de la concentración geográfica de la población,
considerando que el 46,1% de los habitantes vive en la provincia de Buenos Aires
o Capital Federal según datos del Censo 2010. Al mismo tiempo, se ha observado
una tendencia al despoblamiento de las zonas rurales.
Ya en los estudios del CEUR se
planteaba el problema de la "emergencia cada vez más generalizada de centros
urbanos de crecimiento explosivo, que requiere un estudio y tratamiento
especiales para controlar tal expansión y adecuar la oferta de infraestructura y
equipamiento social a la
desbordante demanda en tales centros
planteada" (CEUR, 1982 (1) ). En la mayoría de los casos se observa un déficit en
el sector público para ordenar adecuadamente la expansión demográfica
verificada, con incapacidad del equipamiento social instalado en acceder con
satisfacción a la demanda explosiva de la población.
Dentro de este contexto se encuentran
un gran número de pueblos que día a día ven emigrar a sus pobladores hacia
ciudades de mayor porte, expulsados por la falta de oportunidades laborales, la
dependencia de sus jóvenes a estudiar en otras ciudades, la relación entre la gran
urbe y el progreso, a pesar que muchos de estos pueblos están emplazados en
sitios con potencial en recursos tanto naturales como culturales para el desarrollo
turístico.
Población en localidades de menos de
2.000 habitantes. Fuente: Situación y Evolución Social (Síntesis Nº4); INDEC.
De acuerdo a los datos del Censo 2010
existen en Argentina (considerando la definición estadística de población rural
como población con menos de 2000 habitantes) un total de 3.599.764 pobladores
rurales, es decir alrededor de un 9,0% de la población total del país.
Según la organización no
gubernamental "Responde" (Recuperación Social de Poblados Nacionales que
desaparecen, http://responde.org.ar), entidad dedicada a identificar y aportar
soluciones a pequeños pueblos, existen 602 pueblos en riesgo de desaparición,
con una población estimada de 276.664 habitantes en total, o sea el 40% de la
población rural de la Argentina. Sólo para citar algunos ejemplos podemos
mencionar a los pueblos de Alonso (Córdoba), Ingenio Fronterita y Villa
Chicligasta (Tucumán), Agua Escondida, Punta de Vacas, Cacheuta
(Mendoza).
Al mismo tiempo, la actividad turística
tiene una importante capacidad de generar empleos, e indirectamente así influir
sobre la posibilidad de lograr objetivos de distribución demográfica de la población.
En otras palabras, la actividad turística puede lograr que establecer poblaciones
en regiones menos integradas a los circuitos productivos centrales del país (por
ejemplo el eje agropecuario en la pampa húmeda). Aglomerados urbanos como
Bariloche o Mar del Plata, han crecido bajo el influjo de la actividad turística.
Estas propiedades de creación de empleo y contribuir a establecer poblaciones
generando empleos, puede ser extensiva a las poblaciones rurales.
Si bien existe una
definición estadística de población rural, la definición operativa genera
problemáticas en los casos particulares, por lo cual se considera necesario que las
autoridades de la comunidad autodefinan al pueblo como pueblo rural, y que tal
autodefinición sea avalada por las autoridades provinciales.
El presente proyecto pretende
proporcionar un régimen de promoción a los pueblos rurales que tenga vigencia en
el tiempo, y que permita consolidar distintas poblaciones rurales a lo largo y ancho
del país.
El proyecto propone seleccionar hasta
tres localidades por provincia que cuenten con potencial turístico para ser
apoyados en su desarrollo.
Es por ello, que con el financiamiento
de proyectos productivos o de inversión, de infraestructura, capacitación, y el
aporte de una amplia difusión a través de catálogos específicos de los Pueblos
Rurales Turísticos Argentinos, se puede lograr, en parte, que dichas poblaciones
sean sustentables y no desaparezcan.
Es importante mencionar los
antecedentes parlamentarios de proyectos sobre promoción de Pueblos Rurales
Turísticos: en el año 2002, el diputado Acavallo y otros señores diputados
presentaron un proyecto que obtuvo media sanción de la Cámara de Diputados,
pero no tuvo tratamiento en el H. Senado. En el año 2004, 2006, y 2008 se
presentaron proyectos de ley del mismo tema y, si bien fueron considerados, no se
logró acordar un dictamen conjunto con las comisiones de competencia. Durante
el período legislativo 2010 los diputados Mansur, Salim y otros presentaron un
proyecto de la misma temática que nuevamente logró media sanción de la Cámara
de Diputados.
Por lo expresado, solicito a los señores
diputados su acompañamiento en la aprobación del presente proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
GIMENEZ, PATRICIA VIVIANA | MENDOZA | UCR |
VILARIÑO, JOSE ANTONIO | SALTA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
GIUBERGIA, MIGUEL ANGEL | JUJUY | UCR |
BIELLA CALVET, BERNARDO JOSE | SALTA | UDESO SALTA |
BALDASSI, HECTOR W. | CORDOBA | UNION PRO |
MALDONADO, VICTOR HUGO | CHACO | UCR |
ABRAHAM, ALEJANDRO | MENDOZA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
TORROBA, FRANCISCO JAVIER | LA PAMPA | UCR |
DUCLOS, OMAR ARNALDO | BUENOS AIRES | GEN |
PRADINES, ROBERTO ARTURO | MENDOZA | DEMOCRATA DE MENDOZA |
COBOS, JULIO | MENDOZA | UCR |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
TURISMO (Primera Competencia) |
ECONOMIAS Y DESARROLLO REGIONAL |
POBLACION Y DESARROLLO HUMANO |
Giro a comisiones en Senado
Comisión |
---|
TURISMO |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
19/11/2014 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia con modificaciones |
11/06/2015 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia sin modificaciones |
25/08/2015 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia sin modificaciones |
25/08/2015 | DICTAMEN | Aprobado por unanimidad con modificaciones |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 2271/2015 | CON MODIFICACIONES | 31/08/2015 |
Senado | Orden del Dia 0914/2016 | 03/11/2016 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DEL DIPUTADO COBOS (A SUS ANTECEDENTES) | ||
Diputados | RESOLUCION DE PRESIDENCIA - AMPLIACION DE GIRO A LA COMISION DE POBLACION Y DESARROLLO HUMANO. SE SUPRIME EL GIRO A LA COMISION DE PRESUPUESTO Y HACIENDA. | 27/08/2014 | |
Diputados | CITACION SESION ESPECIAL | 23/09/2015 | |
Diputados | CONSIDERACION Y APROBACION | 23/09/2015 | MEDIA SANCION |
Senado | PASA A SENADO - | ||
Senado | CONSIDERACION Y SANCION | 16/11/2016 | SANCIONADO |