PROYECTO DE TP
Expediente 2452-D-2010
Sumario: MATRIMONIO ENTRE PERSONAS DEL MISMO SEXO. CONVOCAR CONSULTA POPULAR NO VINCULANTE.
Fecha: 22/04/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 39
El Senado y Cámara de Diputados...
CONSULTA POPULAR
MATRIMONIO GAY
Artículo 1°. Convocase a consulta
popular no vinculante al electorado de la Nación a los efectos de que se pronuncie
acerca del matrimonio entre personas del mismo sexo.
Artículo 2°. Las propuestas que
deberán consignar las boletas mediante las cuales se expresará la voluntad
sometida a consulta serán las siguientes:
a) SI, VOTO AFIRMATIVAMENTE LA
MODIFICACIÓN DEL CODIGO CIVIL DE LA NACIÓN PARA ADMITIR EL
MATRIMONIO ENTRE PERSONAS DEL MISMO SEXO.
b) NO, VOTO NEGATIVAMENTE LA
MODIFICACIÓN DEL CODIGO CIVIL PARA ADMITIR EL MATRIMONIO ENTRE
PERSONAS DEL MISMO SEXO.
Artículo 3°. La consulta popular será
realizada conforme los procedimientos y plazos previstos en la Ley 25.432.
Artículo 4°. Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
El presente proyecto
de ley persigue la convocatoria a una consulta popular no vinculante a fin de que
el pueblo de la Nación exprese su voluntad respecto a la legalización del
matrimonio entre personas del mismo sexo.
La Consulta Popular se
encuentra reglada por el Artículo 40° de la Constitución Nacional, incorporado por
la Reforma de 1994 y por varios tratados internacionales. Finalmente este instituto
fue reglamentado por la Ley 25.432 en el año 2001.
El matrimonio entre
personas del mismo sexo constituye un tema de trascendencia para la sociedad
que puede ser analizado desde distintos ángulos, donde se contraponen factores
morales, religiosos y de igualdad ya que se modifica la estructura de la
familia.
Esta relevante
modificación en la organización social requiere consensos que permitan alcanzar
una solución sin herir susceptibilidades.
Cabe destacar que la
mayoría de los partidos políticos representados en ambas Cámaras no contienen
en sus plataformas políticas definiciones sobre este tema, con lo que el voto en un
sentido u otro terminará siendo una cuestión de conciencia de cada diputado que
no representará la conciencia de la sociedad, al no habernos sido emitido un
mandato específico sobre esta cuestión.
Por esto considero necesario la
realización de una consulta popular no vinculante que permita expresar la voluntad
del pueblo otorgándonos un claro mandato.
Por los motivos expuestos
solicito a mis pares la pronta aprobación del presente proyecto de ley.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
DE MARCHI, OMAR | MENDOZA | DEMOCRATA DE MENDOZA |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
ASUNTOS CONSTITUCIONALES (Primera Competencia) |
LEGISLACION GENERAL |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | MOCION DE PREFERENCIA PARA LA PROXIMA SESION CON DICTAMEN (AFIRMATIVA) | 30/06/2010 |