PROYECTO DE TP
Expediente 2450-D-2013
Sumario: LEY 24411, DE BENEFICIOS PARA CAUSAHABIENTES DE PERSONAS DESAPARECIDAS O FALLECIDAS COMO CONSECUENCIA DEL ACCIONAR DE LAS FUERZAS ARMADAS, DE SEGURIDAD, O DE CUALQUIER GRUPO PARAMILITAR CON ANTERIORIDAD AL 10/12/83: INCORPORACION DEL ARTICULO 10 QUATER, SOBRE COBERTURA POR PARTE DEL ESTADO NACIONAL DEL GASTO DE SEPELIOS Y SEPULTURA A LOS RESTOS DE FAMILIARES QUE HAYAN ESTADO EN SITUACION DE DESAPARICION FORZADA.
Fecha: 25/04/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 36
El Senado y Cámara de Diputados...
El Senado y Cámara
de Diputados, ...
Modificación a la Ley
N° 24.411
ARTICULO 1.-
Incorporase a continuación del artículo 10 TER de la Ley 24.411 el siguiente
artículo.
ARTICULO 10 QUATER.-
Las personas que encuentren restos mortales de sus familiares que hayan
estado en situación de desaparición forzada conforme al artículo 1° de la
presente Ley, podrán solicitar al Estado nacional la cobertura necesaria con el
objeto de solventar los gastos de sepelios y sepultura. Sin perjuicio de ello, las
contribuciones correspondientes para el mantenimiento de las mismas serán a
cargo de los beneficiarios.
La Secretaría de Derechos
Humanos dependiente del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
de la Nación podrá firmar convenios con provincias y/o municipios para
instrumentar el acceso gratuito a una parcela en cementerios públicos a los
fines de la actual normativa.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La incorporación de este Articulo
en materia de derechos humanos, ha sido vista proporcionalmente sobre el
gran número de desaparecidos que hubo durante la última dictadura cívico
militar.
Es así que esta norma acompaña
a familiares de desaparecidos que luego de más de 30 años, encuentran los
restos de su ser querido, es un beneficio optativo y universal, pero con el
mismo se pretende dar prioridad a aquellos familiares que no pueden afrontar
estos gastos económicos, como son los de los gastos de sepelio y cementerio.-
Teniendo en cuenta el informe de
la Comisión Nacional sobre la Desaparición de Personas "CONADEP", sobre los
30.000 desaparecidos durante la última dictadura militar, a pesar del arduo
trabajo que realiza nuestro Estado solo se recuperó un porcentaje ínfimo de
victimas las cuales fueron devueltas a sus familiares, lo cual demuestra según
este informe la necesidad de seguir trabajando, en estas cuestiones.-
Debemos reconocer la
responsabilidad que le cabe al Estado Nacional de resarcir, los daños causados
como consecuencia del Terrorismo de Estado que sufrió nuestro país entre los
años 1976- 1983, del cual las heridas, hasta nuestros días, siguen abiertas. Ya
que son los Estados los que tienen la obligación de garantizar los Derechos
Humanos, no hay Estado de Derecho sin compromiso y vigencia de los
Derechos Humanos, ya que estos implican una concepción del hombre, del
Estado mismo, de la Nación, y de la Patria. Es decir de una democracia
moderna, equitativa y organizada.
Los derechos Humanos están
contemplados en nuestra Constitución Nacional, y es a partir de la reforma de
1994 que se incorporan los instrumentos internacionales sobre la materia.
Sentimos la obligación de cumplir
con la demanda de Memoria, Verdad y Justicia, ya que no podemos desconocer
o ignorar estas necesidades que deben afrontar las familias de las víctimas de
desaparición forzada, para poder realizar el sepelio y sepultura de los restos
recientemente encontrados y de esta manera acompañar, y cumplir con la
obligación que nos compete como parte del Estado del cual formamos parte.-
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
SANTILLAN, WALTER MARCELO | TUCUMAN | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
CLERI, MARCOS | SANTA FE | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
PIETRAGALLA CORTI, HORACIO | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
FERNANDEZ SAGASTI, ANABEL | MENDOZA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
MENDOZA, MAYRA SOLEDAD | BUENOS AIRES | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
ALONSO, MARIA LUZ | LA PAMPA | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
MENDOZA, SANDRA MARCELA | CHACO | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
---|
DERECHOS HUMANOS Y GARANTIAS (Primera Competencia) |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Giro a comisiones en Senado
Comisión |
---|
JUSTICIA Y ASUNTOS PENALES |
PRESUPUESTO Y HACIENDA |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
19/11/2013 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia con modificaciones |
06/05/2014 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia con modificaciones |
24/06/2014 | ANÁLISIS DE PROYECTOS DE COMPETENCIA MIXTA | Aprobado por unanimidad en la parte de su competencia con modificaciones |
24/06/2014 | DICTAMEN | Aprobado por unanimidad con modificaciones |
Dictamen
Cámara | Dictamen | Texto | Fecha |
---|---|---|---|
Diputados | Orden del Dia 0335/2014 | CON MODIFICACIONES | 27/06/2014 |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | SOLICITUD DE SER COFIRMANTE DE LA DIPUTADA MENDOZA SANDRA (A SUS ANTECEDENTES) | ||
Diputados | CITACION SESION ESPECIAL | 06/08/2014 | |
Diputados | CONSIDERACION | 06/08/2014 | |
Diputados | APROBACION | 06/08/2014 | MEDIA SANCION |
Senado | PASA A SENADO - |