PROYECTO DE TP
Expediente 2444-D-2013
Sumario: EXPRESAR PREOCUPACION POR LAS PERMANENTES INTERRUPCIONES Y FALLAS RECURRENTES DE LOS SERVICIOS DE TELEFONIA MOVILES DE TELECOMUNICACIONES POR PARTE DE LA EMPRESA TELECOM PERSONAL S.A., DESDE EL 3 AL 24 DE ABRIL DE 2013, EN LA CIUDAD DE SAN JAVIER, PROVINCIA DE SANTA FE.
Fecha: 24/04/2013
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 35
La Cámara de Diputados de la Nación
DECLARA:
1º -Expresar su preocupación por
las permanentes interrupciones y las fallas recurrentes de los servicios móviles de
telecomunicaciones por parte de la empresa Telecom Personal S.A. desde el 3 hasta el
24 de abril del año 2013 inclusive en la ciudad de San Javier, departamento San Javier,
provincia de Santa Fe.
2º-Instar al Poder Ejecutivo
Nacional a aplicar con carácter urgente a la empresa Personal la correspondiente
sanción establecida en el marco regulatorio vigente, disponer las medidas resarcitorias
en favor de los clientes damnificados y exigirle a la misma prestadora que normalice
cuanto antes sus servicios en el norte de la provincia de Santa Fe.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Desde los primeros días del mes de abril
del año 2013 hasta la fecha (24/04/2013) inclusive, se registran cortes intermitentes y
fallas permanentes en la prestación de servicios móviles por parte de la empresa de
telefonía móvil Telecom Personal S.A. en la ciudad de San Javier, provincia de Santa Fe.
Vemos con preocupación que sigan
ocurriendo estos desperfectos y no es menor poner énfasis sobre estos asuntos ya que
el servicio de telefonía celular es sumamente necesario en cualquiera de los niveles de
las relaciones humanas y, como legisladores, es nuestro deber respetar ante todo el
mandato de la Constitución Nacional, la que claramente establece en su artículo 42 que
"los consumidores y usuarios de bienes y servicios tienen derecho, en la relación de
consumo, a la protección de su salud, seguridad e intereses económicos; a la
información adecuada y veraz; a la libertad de elección y a condiciones de trato
equitativo y digno(...)".
Lo que sucede en San Javier puede
trasladarse a otras zonas de nuestra provincia, donde la señal de celulares aparece de
manera aislada o directamente no llega, sobre todo a localidades del norte.
Por eso Señor Presidente, no podemos
tolerar que sucedan estos episodios, que no solo vulneran claramente las garantías
constitucionales de los consumidores, sino que también ocasionan un gran perjuicio en
la posibilidad de desempeñar con normalidad las ocupaciones tanto particulares como
laborales de los ciudadanos.
Estas anomalías severas ponen en alerta a
los dispositivos de control que deben asegurar la estabilidad y eficacia del servicio de
telefonía celular, por lo que no se debe especular ni un instante en la aplicación de las
sanciones que sean necesarias, contempladas claramente en el mismo artículo 42 de la
Carta Magna nacional pero también por la Ley 24.240 de "Defensa al Consumidor".
Hemos escuchado múltiples reclamos por
estos sucesos y sabemos que las empresas prestadoras de telefonía móvil no dudan en
sancionar a los usuarios que incumplen con su parte contractual cada vez que así
ocurre. Por eso es que también pedimos que la prestadora haga un resarcimiento a los
clientes afectados por las fallas del servicio, ya que esta relación contractual es de dos
partes: del usuario con la empresa y de la empresa con el consumidor.
Es por eso que traigo a consideración el
presente proyecto de Resolución, solicitando a mis pares la aprobación del mismo.
Firmante | Distrito | Bloque |
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MARTINEZ, OSCAR ARIEL | SANTA FE | FRENTE PARA LA VICTORIA - PJ |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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COMUNICACIONES E INFORMATICA (Primera Competencia) |