PROYECTO DE TP
Expediente 2443-D-2010
Sumario: DEVOLUCION DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO " - IVA -". SE ESTABLECE EN FAVOR DE LAS PERSONAS FISICAS QUE COMPREN ALIMENTOS Y BEBIDAS, UTILIZANDO TARJETAS DE DEBITO EMITIDAS POR ENTIDADES HABILITADAS POR LA LEY 21526 Y SUS MODIFICACIONES.
Fecha: 22/04/2010
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 39
El Senado y Cámara de Diputados...
Devolución
de IVA
ARTICULO 1º:
Instrúyase al Ministerio de Economía a reintegrar el Impuesto al Valor
Agregado correspondiente a alimentos y bebidas, a las personas físicas
que, en carácter de consumidores finales, los adquieran mediante la
utilización de transferencias bancarias cursadas por tarjetas de débito
emitidas por las entidades habilitadas por la Ley Nº 21.526 y sus
modificaciones, o por aquellos para la acreditación de sueldos,
beneficios laborales, asistenciales o de la seguridad social.
ARTICULO 2º: El
monto máximo del reintegro mensual por persona física será
equivalente a CIENTO CINCUENTA PESOS ($150) y se ajustará en
función de la variación que muestre el Salario Mínimo Vital y Móvil
fijado por el Consejo Nacional de Empleo, la Productividad y el
Salario.
ARTICULO 3ª: De
forma.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
La inflación fue el gran drama de la
economía Argentina del siglo XX.
El país tiene una triste historia en
materia inflacionaria, que se agravó a
Partir de mediados de la década del
'70 y alcanzó su máximo con los picos
Hiperinflacionarios de finales de los
'80 y principios de los '90. De hecho, entre 1975 y 1991 la variación anual
promedio del IPC fue en todos los años superior al 100% (con la única excepción
de 1986, que tuvo una variación del 90%)
Si bien se trataba de un mundo que
funcionaba con una inflación más alta que en los años recientes (de hecho, países
como Brasil y Bolivia también vivieron episodios hiperinflacionarios), nuestro país
se destacó por la persistencia y la prefundid del fenómeno inflacionario.
Los costos económicos que genera
una alta inflación son variados (acorta el horizonte económico de las empresas-
con el consecuente impacto sobre la inversión-, desincentiva el ahorro, etc.) pero
el mayor impacto negativo es en términos de la situación social.
En base a información Estadística
Provincial y de consultoras privadas, desde hace más de cuatro años la Argentina
convive con una inflación superior a los dos dígitos. Actualmente, supera el 20%
anual y sólo es superada por seis países (Congo, Etiopía, Venezuela, Pakistán,
Ghana y Egipto).
Es popularmente reconocido que el
precio del rubro alimentos y bebidas crece por encima del precio del resto de los
bienes. Incluso ha sido manifestado en reiteradas oportunidades por el Secretario
General de la CGT.
Justamente son los hogares de
menores ingresos los que destinan una mayor proporción de sus recursos al gasto
en alimentos y bebidas. En base a la Encuesta de Gasto de los Hogares del año
1996/97 elaborada por el INDEC, el primer decil de ingresos destina el 54% al
consumo de alimentos y bebidas. En el otro extremo, el decil 10 sólo destina el
24%.
Mientras los sectores de mayores
ingresos cuentan con mecanismos financieros más sofisticados para disminuir la
"base imponible" a la cual se le aplica el impuesto inflacionario, los estratos de
menores recursos son los que más sufren con la pérdida del poder de compra del
salario y de las transferencias públicas; lo que impacta de lleno sobre la pobreza y
la equidad distributiva: cada punto adicional de inflación genera 73.000 nuevos
pobres.
Si bien las políticas de estado llevadas
a cabo en el último tiempo han producido una mejora en el ingreso de muchos
hogares, por ejemplo a través de la Asignación Universal por Hijo, el aumento del
precio de los alimentos ha deteriorado marcadamente el poder de compra de todos
y, en particular, de quienes menos tiene. El poder adquisitivo de la Asignación
Universal por hijo se deterioró un 16% en sólo 4 meses.
Teniendo en cuanta ello, proponemos
instrumentar la restitución del IVA de los alimentos y bebidas, con un tope
mensual de $150, para aquellas personas físicas que abonen estos productos con
tarjetas de débito (emitidas por las entidades habilitadas para la acreditación de
sueldos, beneficios laborales, asistenciales o de la seguridad social).
El límite establecido surge del máximo
gasto mensual en alimentos y bebidas realizado por los hogares de menores
recursos (1er decil de ingresos).
Se estima que con esta propuesta, la
pobreza se reduciría en 3 puntos porcentuales (1.250.000 de pobres menos) y la
indigencia en 1,8 puntos porcentuales (720.000 menos de indigentes menos).
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
SOLA, FELIPE CARLOS | BUENOS AIRES | PERONISMO FEDERAL |
AGOSTO, WALTER ALFREDO | SANTA FE | PERONISMO FEDERAL |
MOUILLERON, ROBERTO MARIO | BUENOS AIRES | PERONISMO FEDERAL |
OBEID, JORGE ALBERTO | SANTA FE | PERONISMO FEDERAL |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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PRESUPUESTO Y HACIENDA (Primera Competencia) |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
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Diputados | MOCION DE PREFERENCIA PARA LA PROXIMA SESION CON DICTAMEN (AFIRMATIVA) | 12/05/2010 |