PROYECTO DE TP
Expediente 2443-D-2006
Sumario: CODIGO PENAL: MODIFICACION SOBRE ACCIDENTES DE TRANSITO.
Fecha: 11/05/2006
Publicado en: Trámite Parlamentario N° 48
El Senado y Cámara de Diputados...
ARTICULO 1°:Agréguese al Artículo 84 del Código Penal de la Nación como párrafo 3° y 4° respectivamente, el siguiente texto:
"La pena se agravará en cinco años el mínimo y diez años el máximo, e inhabilitación permanente, cuando quién produzca el accidente hubiese ingerido alcohol o estupefacientes. La misma pena se aplicará cuando el accidente se produzca en una competencia o carrera de vehículos que no esté autorizada".
"El máximo se elevará a doce años si al hecho se sumara el abandono de personas o la realización de hechos posteriores que obstruyan el accionar de la justicia".
ARTICULO 2°: Agréguese como párrafo 3° del Artículo 94 del Código Penal de la Nación, el siguiente:
"Si las lesiones fueran de las descritas en los artículos 90 ó 91 y concurriera alguna de las circunstancias previstas en el 3° y 4° párrafo del artículo 84, la pena será de tres años el mínimo y seis años el máximo e inhabilitación especial por tres años".
ARTICULO 3°: Comuníquese al Poder Ejecutivo.
FUNDAMENTOS
Señor presidente:
Con el presente proyecto se intenta motivar a la población a ser más diligentes al momento de manejar sus automóviles, tanto en la actividad en sí misma, como en un estado físico óptimo.
Esto es necesario ya que las encuestas realizadas por diferentes organismos nos colocan entre los países con mayor cantidad de muertes por accidentes de tránsito, sin contar las lesiones permanentes que se suman a estas cifras. Actualmente es la causa número uno de muertes en nuestro país y aún no se ha tomado conciencia de esta calamidad.
Lo que sucede es que los números son fríos y decir que hay 7.000 muertes por año y 120.000 heridos no nos genera tanto estupor como si nos imagináramos la caída sin sobrevivientes de un avión por semana, lo que haría que tomásemos cartas en el asunto de manera urgente, declarando un estado de emergencia.
A todo esto debemos agregarle la pérdida económica que representa al generar un gasto de 10.000 millones de dólares anuales, debido a los costos de los materiales de los vehículos, hospitalizaciones, gastos de gestión, sociales o indemnizaciones.
Por ello es necesario producir un cambio en nuestra legislación que permita corregir éstas conductas que sobrepasan lo negligente o imprudente, teniendo en cuenta que al poner a rodar un vehículo ya se crea un peligro y una responsabilidad que debe asumir el conductor y que al hacer caso omiso, se coloca en posición de autor de un delito doloso con dolo eventual, cuando aún sabiendo que debe conducir ingiere alcohol o estupefacientes que le producen una deficiencia física imposibilitando realizar el manejo en correctas condiciones.
También se está demostrando el desprecio jurídico, cuando en las famosas "picadas", se realizan competencias en la vía pública a excesos de velocidad sin importar el riesgo al que se expone a los peatones.
Si a ello le sumamos una actitud posterior de descompromiso con la vida, realizando el abandono de la víctima ó conductas que obstruyen el accionar de la justicia, expone claramente una posición desvaliosa que excluye la calificación culposa para estos casos.
Por todo ello, solicito a mis pares la aprobación del proyecto.
Firmante | Distrito | Bloque |
---|---|---|
DI LANDRO, OSCAR JORGE | BUENOS AIRES | PERONISTA FEDERAL |
PEREZ, MIRTA | BUENOS AIRES | PERONISTA FEDERAL |
Giro a comisiones en Diputados
Comisión |
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LEGISLACION PENAL (Primera Competencia) |
Trámite en comisión (Cámara de Diputados)
Fecha | Movimiento | Resultado |
---|---|---|
07/11/2006 | INICIACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |
14/11/2006 | CONTINUACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |
05/06/2007 | CONTINUACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |
13/06/2007 | CONTINUACIÓN DE ESTUDIO | Aprobado sin modificaciones con dictamen de mayoría y dictamen de minoría |
Trámite
Cámara | Movimiento | Fecha | Resultado |
---|---|---|---|
Diputados | MOCION DE PREFERENCIA PARA LA PROXIMA SESION CON DICTAMEN (AFIRMATIVA) | 17/05/2006 | |
Diputados | MOCION DE PREFERENCIA PARA LA PROXIMA SESION CON DICTAMEN (AFIRMATIVA) | 13/09/2006 | |
Diputados | MOCION DE PREFERENCIA PARA LA PROXIMA SESION CON DICTAMEN (AFIRMATIVA) | 27/09/2006 | |
Diputados | MOCION DE PREFERENCIA PARA LA PROXIMA SESION CON DICTAMEN (AFIRMATIVA) | 04/10/2006 | |
Diputados | MOCION DE PREFERENCIA PARA LA PROXIMA SESION CON DICTAMEN (AFIRMATIVA) | 11/10/2006 | |
Diputados | MOCION DE PREFERENCIA PARA LA PROXIMA SESION CON DICTAMEN (AFIRMATIVA) | 25/10/2006 | |
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